Bancos y cajas recuperar¨¢n los impuestos destinados a las pensiones de sus empleados
El Banco de Espa?a aprobar¨¢ una circular en la que fija que los impuestos anticipados por bancos y cajas destinados al pago de pensiones de sus empleados se podr¨¢n activar durante cinco a?os, seg¨²n fuentes del banco emisor y del Instituto de Contabilidad y Auditor¨ªa de Cuentas (ICAC). Esta medida afectar¨¢ a las entidades financieras que cubren las pensiones de su personal a trav¨¦s de un fondo interno.
Cuando se hizo p¨²blica la obligaci¨®n de proceder a una cobertura organizada de las pensiones, las entidades financieras pudieron elegir entre hacerlo a trav¨¦s de un fondo interno u optar por uno externo. La diferencia entre uno y otro estriba en que el dinero destinado al fondo interno est¨¢ sujeto al impuesto de sociedades (un 35%), y su control est¨¢ en manos de las entidades.Los fondos externos se caracterizan porque sus aportaciones est¨¢n exentas del impuesto de sociedades, y su gesti¨®n est¨¢ vigilada por la denominada comisi¨®n de control, en la que los representantes de los trabajadores tienen garantizada la mayor¨ªa.
La pr¨¢ctica totalidad de los bancos (excepci¨®n hecha del Banco Exterior y el Sabadell) y m¨¢s de una treintena de cajas de ahorros eligieron acogerse a un fondo interno. Una vez adoptada esta decisi¨®n, y aprovechando que el Plan General Contable estaba en periodo de redacci¨®n, las entidades financieras plantearon la posibilidad de activar los Impuestos dedicados a la cobertura de pensiones, que, con la normativa actual, se encuentran en reservas ocultas.
La raz¨®n esgrimida para justificar esta petici¨®n es que estos impuestos son rescatados una vez que se hacen efectivos los pagos de las correspondientes pensiones de los empleados. Por ello, y argumentando el trato fiscal desigual de las entidades que han optado por fondos externos, bancos y cajas solicitaron activar esos impuestos.
La activaci¨®n consiste en pasar los fondos de esas reservas ocultas a la parte del activo del balance de las diferentes entidades financieras. Este apunte contable supone en la pr¨¢ctica contar con unos mayores fondos para cubrir operaciones.
La petici¨®n realizada por las entidades financieras ha provocado la elaboraci¨®n de una disposici¨®n del Instituto de Contabilidad y Auditor¨ªa de Cuentas (ICAC) que servir¨¢ de base para la correspondiente circular del Banco de Espa?a.
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