A quien corresponda
Me sorprende ver c¨®mo se conceden ayudas por parte de la Seguridad Social. Ejemplo: prestaciones no contributivas, Inserso (minusval¨ªas, Lismi, etc¨¦tera) -puntualizo, todas ellas las considero justas-, prestaciones familiares (sin comentarios); todas ellas, al parecer, no cotizaron al citado organismo.El Motivo de mi sorpresa es ver c¨®mo a un aut¨®nomo, que durante a?os viene cotizando religiosamente a la Seguridad Social, se le niegue una simple invalide::, al haber sufrido un infarto hace cuatro a?os, motivo que le impide desarrollar su trabajo habitual. Ahora bien, al ser aut¨®nomo tiene derecho a percibir la prestaci¨®n por incapacidad laboral transitoria (ILT), con una duraci¨®n m¨¢xima de 18 meses. Pasado. ese per¨ªodo, el INSS da el alta a efectos de prestaci¨®n (autom¨¢ticamente se deja de percibir la misma), pero se puede seguir cobrando, pasados seis meses, por la misma enfermedad.
Por tanto, y resumiendo, en ese periodo (seis meses). si no se percibe prestaci¨®n alguna, se tiene que seguir cotizando al organismo citado, y, por supuesto, pagar los medicamentos que la citada enfermedad requiere y dem¨¢s gastos que no enumero, pero de primera necesidad. D¨ªganme ustedes si esa persona no merece ser, por lo menos, asesor de econom¨ªa, con el permiso del ministro.
Tampoco veo l¨®gico que los aut¨®nomos paguen el 60% de las medicinas (entendiendo que hay aut¨®nomos pudientes y otros que se las ven y se las desean para poder cotizar), y jubilados con 60 a?os, con jubilaci¨®n anticipada y una n¨®mina m¨¢s elevada, las tengan gratis.- Manuel Pando Molt¨®
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