Sobre la oportunidad y necesidad del mecenazgo
La importancia y trascendencia que los sistemas democr¨¢ticos confieren a la cultura como expresi¨®n de los aspectos m¨¢s profundos de la persona y factor impulsor del desarrollo social tiene fiel reflejo en los modernos textos constitucionales. As¨ª, la Constituci¨®n espa?ola de 1978 eleva el derecho a la cultura a la categor¨ªa de principio rector de la pol¨ªtica social y econ¨®mica, exigiendo a los poderes p¨²blicos la generalizaci¨®n del acceso a la misma de todos los ciudadanos. De esta manera se sit¨²a este derecho al mismo nivel que otros tan fundamentales como el derecho a la educaci¨®n o a la salud. La cultura se entiende, no ya como algo inmaterial, sino como servicio p¨²blico.En el cumplimiento de este mandato, los poderes p¨²blicos no pueden limitarse al desarrollo de funciones ya tradicionales tales como la creaci¨®n y mantenimiento de infraestructura cultural o la conservaci¨®n del patrimonio hist¨®rico, sino que, adem¨¢s, han de actuar directamente respecto a aquellas manifestaciones a las que, por su envergadura o rentabilidad econ¨®mica, la iniciativa privada no acude y, no obstante, revisten un claro inter¨¦s social. Esta l¨ªnea de actuaci¨®n de las diferentes administraciones ha hecho que la evoluci¨®n de la vida espa?ola durante la ¨²ltima d¨¦cada se haya caracterizado por la progresiva ampliaci¨®n de la oferta cultural y la creciente demanda de bienes culturales.
Pero el derecho a la cultura no se agota en el acceso de todos los ciuddadnos a los bienes culturales, sino que obliga a los poderes p¨²blicos a crear las condiciones para el desarrollo en libertad de la creaci¨®n art¨ªstica y para su m¨¢xima difusi¨®n.
Tambi¨¦n a lo largo de esta ¨²ltima d¨¦cada, los foros europeos han sido escenarios de un largo y complejo debate sobre la financiaci¨®n p¨²blica o privada de la cultura. El crecimiento sostenido de la demanda cultural a que hac¨ªamos referencia, tanto en Espa?a como en los pa¨ªses de nuestro entorno, no ha ido, por lo general, acompa?ado por un aumento proporcional de los presupuestos p¨²blicos culturales. Existe adem¨¢s una preocupante tendencia, en ¨¦pocas de recesi¨®n econ¨®mica, a iniciar el recorte por los departamentos culturales, quiz¨¢ porque no est¨¢ totalmente erradicado, ni siquiera de las mentalidades de los pol¨ªticos m¨¢s progresistas, el prejuicio de considerar la cultura como una especie de lujo.
Y, sin embargo, no existe ningrun sector cultural importante que no dependa, en mayor o menor grado, de la financiaci¨®n p¨²blica. Los museos, las bibliotecas, el teatro, la m¨²sica, o son financiados ¨ªntegramente por las administraciones p¨²blicas o necesitan importantes subvenciones. Asimismo en la dinamizaci¨®n de la cultura es decisiva la actuaci¨®n de la Administraci¨®n.
Esta situaci¨®n conlleva un claro desequilibrio entre sector p¨²blico y privado y, en consecuencia, la pol¨ªtica cultural ha de propiciar el fortalecimiento econ¨®mico de la industria privada, salvaguardando la autonom¨ªa de la cultura y la libertad de creaci¨®n y producci¨®n art¨ªsticas. Se trata adem¨¢s de definir la f¨®rmula adecuada para coordinar y completar los sistemas p¨²blicos y privados de financiaci¨®n de la cultura.
Democratizar la cultura
Pero la llamada de los poderes p¨²blicos a la colaboraci¨®n de la sociedad no se justifica s¨®lo en t¨¦rminos estrictamente econ¨®micos, sino tambi¨¦n, y m¨¢s prioritariamente, por las preocupaciones de avanzar en la de democratizaci¨®n de la cultura. Adem¨¢s de asegurar el acceso de los ciudadanos a los bienes y servicios p¨²blicos culturales, se pretende fomentar sus propias iniciativas en este campo e implicarles en el desarrollo de los proyectos culturales de inter¨¦s general.Por todo ello, el Gobierno se ha planteado la necesidad de crear incentivos fiscales para fomentar la participaci¨®n privada en actividades de inter¨¦s general, a partir de la experiencia obtenida en la aplicaci¨®n de medidas dispersas contenidas, fundamentalmente, en leyes promulgadas en estos ¨²ltimos a?os (como las del patrimonio hist¨®rico espa?ol, de los actos conmemorativos de 1992, de publicidad y de entidades carentes de fines de lucro).
El objetivo es reforzar la participaci¨®n de asociaciones, fundaciones y empresas en la promoci¨®n de la cultura, mediante el desarrollo de sus propios proyectos y la colaboraci¨®n de la sociedad en general en la realizaci¨®n de los proyectos de las administraciones p¨²blicas, as¨ª como dar respuesta al creciente inter¨¦s de las empresas por utilizar el hecho cultural como elemento de comunicaci¨®n con su entorno social.
Pese al mandato constitucional y a todo lo reconocido en foros internacionales europeos, en nuestro pa¨ªs algunos sectores conservadores, que todav¨ªa confunden la acci¨®n p¨²blica en cultura con la censura o el dirigismo oficial, proclaman la abstenci¨®n de los poderes p¨²blicos en este ¨¢mbito, en aras de una ret¨®rica defensa de la libertad de expresi¨®n y de la iniciativa privada, al tiempo que pretenden reducir el gasto p¨²blico a costa de la organizaci¨®n y el funcionamiento de los servicios p¨²blicos culturales.
Sus argumentos son falaces, porque, en una sociedad democr¨¢tica, que se asienta sobre la libertad de empresa en el marco de la econom¨ªa de mercado, la libertad del artista para crear y de la sociedad para conocer y disfrutar de esa creaci¨®n art¨ªstica resulta coartada por los intereses econ¨®micos que confluyen en la producci¨®n cultural. En mi opini¨®n, no se trata tanto de cuestionar la intervenci¨®n p¨²blica en el ¨¢mbito cultural, por entender que la verdadera garant¨ªa de la autonom¨ªa cultural reside en la existencia de la m¨¢s amplia pluralidad de iniciativas y de fuentes de financiaci¨®n, como de que exista una mayor iniciativa privada en beneficio del pluralismo cultural y de allegar recursos privados para la realizaci¨®n de proyectos p¨²blicos como financiaci¨®n complementaria. En nig¨²n caso el mecenazgo privado debe sustituir ni la iniciativa p¨²blica ni los recursos p¨²blicos
La ley de incentivos fiscales a la participaci¨®n privada en actividades de inter¨¦s general, m¨¢s conocida como la ley del mecenazgo, ha de interpretarse como un instrumento m¨¢s para movilizar y coordinar los recursos financieros y establecer unas reglas de juego a fin de que la coexistencia de la iniciativa p¨²blica y privada sea armoniosa, coherente y eficaz para el desarrollo y enriqqecimiento cultural de nuestra sociedad.
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