En Alemania s¨®lo se registra una casa si lo ordena el juez o el fiscal
L¨ªmites y condiciones a la 'patada en la puerta' en las democracias occidentales
Entre los l¨ªmites y condiciones de las democracias occidentales a la patada en la puerta, en Alemania -donde nunca se permite la iniciativa policial-, a falta de autorizaci¨®n judicial para la entrada y registro de un domicilio sin permiso de su titular, se exige el control de la fiscal¨ªa.El art¨ªculo 13 de la Ley Fundamental de Bonn [Constituci¨®n alemana] dice: "El domicilio es inviolable. Los registros s¨®lo podr¨¢n ser ordenados por la autoridad judicial y, cuando sea peligroso demorarlos, por los dem¨¢s ¨®rganos previstos en las leyes, y ¨²nicamente podr¨¢n realizarse en la forma establecida".
La ley Procesal Penal alemana justifica el registro personal o domiciliario del sospechoso de hechos delictivos concretos, si existe la presunci¨®n concreta de que el registro conducir¨¢ hacia ellos, pero siempre con previa orden judicial. No obstante, el art¨ªculo 105 prev¨¦ que "en caso de peligro de demora en su consecuci¨®n y urgencia, tambi¨¦n es competente el fiscal o un funcionario ayudante del fiscal". Nunca cabe la mera iniciativa policial.
El catedr¨¢tico de Derecho Penal Enrique Gimbernat resalta este aspecto de la legislaci¨®n alemana, dada la diferencia de que los registros domiciliarios los realice la polic¨ªa administrativa -los meros "agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad", seg¨²n la ley Corcuera- o se hagan bajo control del fiscal. En Estados Unidos, la IV Enmienda a la Constituci¨®n establece que "no ser¨¢ violable el derecho de los individuos a la seguridad de sus personas, domicilios, papeles y efectos contra registros y privaciones de libertad irrazonables", y la regla general es no librar ning¨²n mandamiento. Est¨¢ admitida la detenci¨®n en caso de delitos flagrantes, que seg¨²n el Common Law (derecho consuetudinario) son los "perceptibles sensorialmente".
La 'buena fe' policial
La entrada en un domicilio sin mandamiento judicial se permite "cuando el polic¨ªa justifique que concurr¨ªa una situaci¨®n de urgencia tal que no permit¨ªa pedirlo al juez sin riesgo de dispersi¨®n, alteraci¨®n o p¨¦rdida de material probatorio". ?ltimamente los jueces convalidan las entradas irregulares cuando la polic¨ªa demuestra haber obrado "de buena fe". En este mismo marco de pragmatismo, en el Reino Unido se permite a la polic¨ªa entrar en un domicilio particular sin mandamiento judicial para detener a una persona por un delito grave.
En Francia, los registros domiciliarios requieren consentimiento expl¨ªcito y "manuscrito" de la persona afectada o mandamiento judicial, salvo en caso de flagrancia. En tal supuesto, seg¨²n el C¨®digo de Procedimiento Penal franc¨¦s, el oficial de la polic¨ªa judicial proceder¨¢ al registro, del que levantar¨¢ acta.
El derecho italiano parte de un contexto constitucional similar al espa?ol -el art¨ªculo 14 dice "el domicilio es inviolable"-, pero menos taxativo, en cuanto permite registros polic¨ªales en los casos establecidos por la ley y conforme a las garant¨ªas necesarias para salvaguardar la libertad personal.
El C¨®digo Procesal Penal italiano autoriza el registro domiciliario sin autorizaci¨®n judicial en los casos de delito flagrante por parte de "los oficiales de la polic¨ªa judicial". El catedr¨¢tico de Derecho Penal Jos¨¦ Manuel G¨®mez Ben¨ªtez observa que, a diferencia de lo que ocurre en el caso de la detenci¨®n, el c¨®digo no habilita a "la fuerza p¨²blica", sino s¨®lo a la polic¨ªa judicial.
La definici¨®n de flagrancia en el C¨®digo Procesal Penal italiano es la siguiente: 'Se hallar¨¢ en estado de fiagrancia el sujeto que sea sorprendido en el momento de cometer un delito, o si, inmediatamente despu¨¦s de haber cometido el delito, es sorprendido por la polic¨ªa judicial (...). En los delitos permanentes, el estado de flagrancia durar¨¢ hasta que no haya cesado la permanencia".
El prestigioso penalista italiano Carnelutti explica as¨ª la fiagrancia: "...Flagrante es el delito, en general, mientras se ve, esto es, por quien lo ve cometer; en otras palabras, por quien est¨¢ presente en su perpetraci¨®n...".
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