S¨®lo el Grupo Socialista renuncia a mejorar la 'ley Corcuera' en el Senado
El Grupo Parlamentario Socialista del Senado es el ¨²nico que no ha formulado ninguna enmienda al proyecto de ley org¨¢nica sobre Protecci¨®n de la Seguridad Ciudadana aprobado por el Congreso de los Diputados y que se debatir¨¢ en la C¨¢mara Alta en enero de 1992. El PP, IU y el CDS han presentado sendos vetos globales, y tales grupos, junto al resto de la oposici¨®n, han planteado un total de 157 enmiendas parciales para tratar de mejorar la pol¨¦mica ley Corcuera, que la mayor¨ªa de los enmendantes considera contraria a la Constituci¨®n.
BONIFACIO DE LA CUADRA La decisi¨®n de los senadores socialistas de no presentar enmiendas -ni en grupo ni a nivel individual, tanto de fondo como de car¨¢cter t¨¦cnico o gramatical- se considera "poco frecuente" en medios parlamentarios. El motivo, seg¨²n fuentes socialistas del Congreso, es la presi¨®n del Ministerio del Interior "para que no se desdibuje m¨¢s su inicial anteproyecto de ley", que fue duramente criticado, entre otras instituciones, por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y mejorado en la C¨¢mara Baja.En contraste con la actitud. socialista, PP, IU y el CDS han pedido que se devuelva el proyecto de ley. Los tres vetos se discutir¨¢n en primer lugar el pr¨®ximo 8 de enero en la Comisi¨®n de Presidencia e Interior del Senado (un diputado ha estimado significativa la denominaci¨®n de esta comisi¨®n para debatir esta ley, en lugar de la de Justicia e Interior del Congreso).
El PP veta la ley Corcuera "por cuestionar derechos y libertades fundamentales", IU porque, adem¨¢s, "pretende crear un ,espacio aut¨®nomo policial' ajeno al necesario control judicial" y el senador del CDS Alberto Dorrego porque "no garantiza la seguridad ciudadana en los t¨¦rminos previstos en la Constituci¨®n".
Las 157 enmiendas parciales plantean la modificaci¨®n de toda la ley y, en especial, sus art¨ªculos 20 -sobre la identificaci¨®n policial- y 21 -que regula la entrada en domicilio sin orden judicial- Adem¨¢s del PSOE, s¨®lo el grupo de senadores del PNV no plantea ninguna enmienda a ambos preceptos. En cambio, el grupo de senadores catalanes de CiU ofrece una alternativa al texto que legitima a la polic¨ªa para entrar en un domicilio en casos urgentes cuando tenga "conocimiento fundado" de que dentro de ¨¦l se est¨¢ cometiendo un delito de narcotr¨¢fico.
Flagrancia y evidencia
Los senadores de CiU proponen la siguiente redacci¨®n para el art¨ªculo 21.2: "La evidencia de que se est¨¢ cometiendo alguno de los delitos que, en materia de drogas t¨®xicas, estupefacientes o sustancias psicotr¨®picas castiga el C¨®digo Penal y la necesidad urgente de poner fin a la actuaci¨®n delictiva, ser¨¢n causa leg¨ªtima para la entrada y registro en domicilio por delito flagrante...". El presidente del CGPJ, Pascual Sala, cree aceptable esta soluci¨®n y el Defensor del Pueblo ?lvaro Gil-Robles -legitimado para recurrir la ley- exhort¨® ayer al Senado para que una "el concepto de flagrancia al de evidencia", informa Jos¨¦ F. Beaumont.
Fuentes parlamentarias socialistas consideran que Interior no acepta por el momento esta f¨®rmula y que s¨®lo si CiU condicionara su voto global a la ley podr¨ªa discutirse. Por otra parte, tales fuentes estiman innecesaria la referencia tanto al "conocimiento fundado" como a la "evidencia" y creen menos problem¨¢tico vincular la flagrancia a que "se est¨¦ cometiendo el delito", sin m¨¢s. En cambio, la mayor¨ªa de los juristas que han opinado sobre la ley manifiestan que cualquiera de estas circunstancias es el requisito para pedir autorizaci¨®n al juez.
En esta l¨ªnea, piden la supresi¨®n de ese art¨ªculo, por contrario a la Constituci¨®n, el PP, IU y varios senadores del grupo mixto. Uno de ellos, Dorrego (del CDS), justifica, adem¨¢s, la supresi¨®n en que "existen medios para perfeccionar y agilizar la autorizaci¨®n judicial de entrada en los domicilios privados".
El mismo senador plantea estas interrogantes para el caso de que no se est¨¦ cometiendo el delito que se presum¨ªa: "?Qu¨¦ va a hacer el polic¨ªa que ha cometido una violaci¨®n de la inviolabilidad de domicilio, porque ha resultado no existir el delito flagrante?, ?aprovecharse de que no est¨¢n los testigos que prescribe la ley de Enjuiciamiento Criminal y 'perder' una papelina o levantar acta para que le exijan responsabilidad y sus superiores le sancionen?".
Otra enmienda de Dorrego propone que se a?ada que "en todo caso, no se podr¨¢ proceder a la entrada ni al registro sin la presencia de al menos dos testigos que no reunan la condici¨®r de agentes de la autoridad".
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