Exculpaci¨®n
LA EXCULPACI?N en el caso Juan Guerra del actual delegado del Gobierno en Andaluc¨ªa, de los dos delegados anteriores y del secretario del ex vicepresidente del Gobierno Alfonso Guerra hubiera sido, quiz¨¢, procesalmente m¨¢s correcta y, sin duda, social y pol¨ªticamente menos controvertida de haber sido el resultado de un juicio oral y p¨²blico, con posibilidad de contradicci¨®n entre las partes sobre los hechos y los problemas de su encaje legal.Sin embargo, la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa (TSJA) (el caso Juan Guerra lleg¨® a su conocimiento cuando el juez M¨¢rquez encontr¨® indicios de implicaci¨®n de personas aforadas en el uso de un despacho oficial por parte del hermano del ex vicepresidente del Gobierno) ha resuelto todas estas cuestiones en el tr¨¢mite de resoluci¨®n de un recurso de queja. Y lo ha hecho en un extremadamente razonado auto que m¨¢s bien parece una sentencia. ?No hubiera correspondido, con mayor fundamento, resolver todas estas cuestiones a un tribunal en estricta funci¨®n de juzgar?
Esta consideraci¨®n tiene tanto mayor sentido cuanto que no s¨®lo el juez M¨¢rquez, instructor ordinano del caso Juan Guerra, sino el propio instructor designado por el Tribunal Superior en su ¨¢mbito jurisdiccional, el magistrado Cano Barrero, hab¨ªan constatado la existencia de indicios de imputabilidad en la actuaci¨®n de los altos cuatro cargos del PSOE ahora exculpados. Precisamente el archivo del caso se ha producido al socaire de un recurso de queja interpuesto al alim¨®n por el abogado del Estado y la defensa de los presuntos implicados contra la decisi¨®n en sentido contrario del magistrado Cano Barrero.
Pero si el archivo puede suscitar alg¨²n interrogante en cuanto a la forma, tambi¨¦n los plantea en cuanto a las razones de fondo. En sustancia, la sala del TSJA considera leg¨ªtimo el acceso de Juan Guerra al despacho oficial de su hermano, en cuanto asistente del mismo, dada la imposibilidad material de escindir sus funciones de vicepresidente de las que le correspond¨ªan como vicesecretario general del PSOE. Pero la cuesti¨®n es si esta coincidencia de funciones en una misma persona debe proyectarse tambi¨¦n en sus aparatos de apoyo, tanto de asesoramiento como de seguridad, hasta el punto de provocar la confusi¨®n entre los del Estado y los del partido. El da?o menos grave que puede ocasionarle al Estado de derecho esta mezcolanza extrema de funciones y medios -el m¨¢s significativo ser¨ªa su conversion en un bien patrimonial del partido en el poder- es que alg¨²n avispado intente sacar provecho propio de la situaci¨®n. Es lo que parece que hizo Juan Guerra, seg¨²n admiten los propios jueces que han exculpado a quienes le autorizaron a acceder al despacho oficial, al reconocer que el hermano del ex vicepresidente del Gobierno "realiz¨® un uso del despacho que exced¨ªa cuantitativa y cualitativamente los t¨¦rminos de la autorizaci¨®n".
Los cuatro altos cargos implicados, as¨ª como algunos dirigentes del PSOE, han mostrado su l¨®gica satisfacci¨®n por la resoluci¨®n judicial. Pero ?no deber¨ªa tambi¨¦n preocuparles, desde la responsabilidad pol¨ªtica que ostentan, que alguien colocado bajo su autoridad pueda realizar en sus mismas barbas negocios privados al amparo de lo p¨²blico, utiliz¨¢ndolo como marca de poder y de influencia en los medios sociales y econ¨®micos?
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