Sobre la prensa libre
Durante los cinco a?os largos transcurridos desde que The Independent public¨® su primer n¨²mero, el 7 de octubre de 1986, hemos soportado lo que debe ser la gama completa de las presiones que pueden ejercer sobre un peri¨®dico nacional brit¨¢nico todos aquellos a los que les gustar¨ªa evitar que llegue al p¨²blico lo que consideran un molesto art¨ªculo informativo o una opini¨®n inoportuna. Dichas' presiones provienen del Gobierno, de individuos privados y de algunas sutilezas de la estructura de la ley brit¨¢nica; sin embargo, nuestros anunciantes, de los que los lectores suponen que tienen sobre nosotros- la mayor de las influencias, son los que menos nos han presionado. Algunas empresas nos han retirado su publicidad porque no les gustaba algo que hab¨ªamos escrito, pero ninguna de ellas es lo suficientemente importante, en relaci¨®n con el gran n¨²mero del resto de anunciantes, como para que la p¨¦rdida de su publicidad represente para nosotros diferencia alguna.Un factor que a menudo se considera de gran influencia en la-redacci¨®n de los art¨ªculos de los peri¨®dicos es la propiedad de ¨¦stos. The Independent tiene la fortuna de ser una empresa que se autofinancia. La mayor parte de la prensa nacional brit¨¢nica est¨¢ en manos de grandes empresas con intereses que van m¨¢s all¨¢ de la simple publicaci¨®n de peri¨®dicos. Aunque de hecho esto puede no comprometer la pol¨ªtica informativa de cualquier cabecera, a veces da la impresi¨®n de que s¨ª lo hace. Por ejemplo, los muy amplios intereses en los medios au!diovisuales de News International, propietaria de cinco peri¨®dicos m*cionales en Gran Breta?a, entre los que se encuentran The Times y The Sunday'Times, la han expuesto a la acusaci¨®n de que utiliza sus peri¨®dicos al servicio de sus intereses audiovisuales en el Reino Unido
Los Gobiernos tratan, naturalmente, de controlar la informaci¨®n. Esto es correcto, en el caso de aut¨¦nticos secretos de Estado (como la identidad de los agentes secretos o el contenido de planes militares), pero los medios con los que el Gobierno brit¨¢nico ha intentado excluir al p¨²blico de sus deliberaciones han sido excesivos. En Gran Breta?a no hay legislaci¨®n sobre el derecho a la informaci¨®n, y seg¨²n la Ley de Secretos Oficiales, en vigor hasta marzo de 1990, toda la informaci¨®n gubernamental cuya publicaci¨®n no estaba xpresamente autorizada estaba legalmente protegida. La nueva Ley de Secretos Oficiales, que todav¨ªa no ha sido invocada en los tribunales, define (en t¨¦rminos bastante -generales) las clases espec¨ªficas de informaci¨®n que no se pueden revelar, y no permite, en el caso de que tal informaci¨®n se publique, ninguna defensa basada en el inter¨¦s p¨²blico. Esta nueva ley puede tener como efecto el impedir que vean la luz art¨ªculos tan ¨²tiles como los publicados sobre la aver¨ªa en la planta de fabricaci¨®n de armas nucleares de Alderinaston, que fueron importantes para que se realizaran cambios.
El caso del Spycatcher puso de manifiesto otro aspecto del excesivo secreto de la vida p¨²blica brit¨¢nica. Cuando un antiguo agente de los servicios secretos, Peter Wright, trat¨® de publicar sus memorias en Australia, el Gobierno brit¨¢nico intent¨® utilizar la ley de confidencialidad comercial para imped¨ªrselo. Tambi¨¦n persuadi¨® a los tribunales para que dictar¨¢n ¨®rdenes por las que imped¨ªan a los peri¨®dicos brit¨¢nicos informar sobre detalles del libro que hab¨ªa salido a la luz p¨²blica en el juicio de Australia. La utilizaci¨®n de esas ¨®rdenes de restricci¨®n previa, cuyos violadores pueden ser acusados de desacato por los tribunales, cre¨® una forma de censura que nosotros desafiamos publicando res¨²menes de las principales afirmaciones que se hac¨ªan en Spycatcher, afirmaciones que llegaban hasta el fondo de la relaci¨®n en tre el Gobierno democr¨¢tico y los servicios de seguridad. Una de las consecuencias del caso del Spycatcher fue hacer m¨¢s urgente en el Reino Unido el debate sobre qu¨¦ lugar debe ocupar la libre expresi¨®n en nuestra Constituci¨®n no escrita. Hay un persistente movimiento para hacer m¨¢s firme en nuestra vida nacional el hist¨®rico compromiso brit¨¢nico con la libre expresi¨®n mediante la incorporaci¨®n a nuestra legislaci¨®n del art¨ªculo 10 de la Convenci¨®n Europea de Derechos Humanos, pero este movimiento y las campa?as correspondientes no han tenido ¨¦xito todav¨ªa.
Uno de los aspectos de la potestad de los tribunales de enjuiciar por desacato que nosotros no pretendemos desafiar es la norma de los secretos sub j¨²dice. En el Reino Unido est¨¢ prohibido, para garantizar un juicio justo, que una vez que una persona ha sido acusada de un delito, se publique cualquier detalle relacionado con el caso que pueda influir en la opini¨®n de un jurado. Puede arg¨¹irse, como ocurre en Estados Unidos, que esta restricci¨®n niega a nuestro sistema de justicia una informaci¨®n pertinente que podr¨ªa salir a la luz gracias a las investigaciones de la prensa libre; pero en el Reino Unido hay consenso sobre el hecho de que la posibilidad de predisponer a un jurado, mediante informaci¨®n y comentarios previos al juicio constituye un riesgo mayor.
La potestad de los tribunales de encausar por desacato se utiliz¨® para exigir a uno de nuestros periodistas econ¨®micos, Jeremy Warne, que revelara el nombre de una fuente con objeto de colaborar en una investigaci¨®n sobre corrupci¨®n en la Bolsa. Se neg¨®, y finalmente se le impuso una multa de 20.000 libras [alrededor de 3,6 millones de pesetas]. El peri¨®dico pag¨® las costas legales y la multa por considerar que si las personas que tienen algo que revelar no pudieran fiarse de que nuestros periodistas van a mantener su confidencialidad, el inter¨¦s p¨²blico sufrir¨ªa a la larga por falta de fuentes de informaci¨®n.
El ¨²ltimo aspecto, y el m¨¢s pernicioso, de las restricciones legales que limitan a la prensa son nuestras leyes sobre el libelo. Defenderse de la acusaci¨®n de libelo en los tribunales brit¨¢nicos resulta muy dificil y costoso. La carga de la prueba recae sobre el demandado y las pruebas que se le exigen deben ser muy contundentes. En Estados Unidos, por el contrario, el Tribunal Supremo ha determinado que, con objeto de proteger la libre expresi¨®n que la democracia necesita para tener un electorado informado, los escritos sobre las figuras p¨²blicas no pueden ser calificados de libelo, aun cuando sean falsos, a menos que haya habido mala intenci¨®n o imprudencia por parte del periodista. En el Reino Unido no tenemos una protecci¨®n de este tipo, y, en consecuencia, hemos desarrollado la instituci¨®n del gagging writ [mandato judicial de silenciar el tema], el m¨¢s refinado de los mecanismos para impedir que la prensa prosiga una investigaci¨®n.Funciona como sigue: si una persona adinerada o una empresa consideran que hemos escrito algo sobre sus actividades que posiblemente es un libelo, aunque probablemente sea cierto, puede hacer que u abogado obtenga un mandato contra nosotros por un coste aproximado de 25 libras [unas 4.500 pesetas]. El peri¨®dico debe, a continuaci¨®n, gastar una gran cantidad de tiempo y dinero en preparar su defensa ante los tribunales, y hay que ser muy valiente para seguir escribiendo sobre el tema, puesto que el coste, si se perdiera el caso, se duplicar¨ªa o triplicar¨ªa.
Estos mandatos, en manos de algunos hombres muy poderosos, son como una ametralladora que barre el terreno entre sus casas y los peri¨®dicos. Como las balas, los mandatos son baratos para el que lo s utiliza y caros para el que los recibe; para un peri¨®dico pueden representar una carga de cientos de miles de libras. Si se quiere que la prensa brit¨¢nica contin¨²e investigando con la profundidad con la que se debe hacer, hay que reducir los altos costes de los casos de libelo.
Sobre el contenido de un peri¨®dico existen, evidentemente, presiones que no proceden de la ley. Grupos especiales de intereses de todo tipo pueden hacerle la vida imposible. Estos grupos Pasa a la p¨¢gina siguiente Viene de la p¨¢gina anterior tienen una gran preocupaci¨®n por c¨®mo son tratadas sus ¨¢reas particulares de inter¨¦s, preocupaci¨®n que, en casos extremos, pueden llegar casi a la paranoia. En un ¨¢rea que suscita debates especialmente acalorados, tales como las diversas crisis de Oriente Pr¨®ximo, cualquier cosa que se publique parecer¨¢ a ciertas personas o grupos injusta e incluso una conspiraci¨®n. Por tomar un ejemplo extremo: anticip¨¢ndonos a la publicaci¨®n del primer comentario amplio de Salman Rushdie sobre la reacci¨®n musulmana a Los versos sat¨¢nicos, que le llev¨® a esconderse temiendo por su vida, nos pareci¨® aconsejable instalar en nuestro edificio mecanismos de seguridad por valor de 100.000 libras [alrededor de 18 millones de pesetas].
Un efecto m¨¢s sutil de la labor de los intereses especiales es la capacidad que tienen para ganarse a los periodistas. Por supuesto, una invitaci¨®n a una comida no funciona y el soborno abierto es muy, muy raro, pero la informaci¨®n es otra cosa. Actuando con inteligencia, los interesados pasan informaci¨®n al periodista hasta que ¨¦ste llega a confiar en ellos y, en cierta medida, cae bajo su influencia. Por este motivo, es importante que los directivos de los peri¨®dicos vean m¨¢s all¨¢ de las opiniones de sus periodistas especializados al valorar la cobertura que se est¨¢ dando a un tema concreto.
Finalmente, est¨¢n los propios lectores, cuyos gustos y opiniones hacen llegar al peri¨®dico. En el Reino Unido hemos tenido un sistema autorregulatorio de quejas al Consejo de la Prensa formuladas por lectores que pensaban que un art¨ªculo era de mal gusto o estaba escandalosamente sesgado o era criticable por alguna raz¨®n. Pero, por diversos motivos, las condenas del Consejo han terminado por tener muy poca importancia. Hace tres a?os me propuse llevar a cabo tres reformas. Mis objetivos eran reunir a los directores de los peri¨®dicos nacionales para, primero, elaborar un c¨®digo de ¨¦tica voluntario; segundo, nombrar en cada peri¨®dico representantes de los lectores (ombudsman) que hicieran cumplir el c¨®digo, y tercero, crear una nueva comisi¨®n de quejas relacionadas con la prensa, en la que el enjuiciarrtiento lo har¨ªan los propios colegas.Todos esos objetivos se han alcanzado ya.
Es importante que esas reformas tengan ¨¦xito, porque las quejas sobre los excesos de la prensa sensacionalista en el Reino Unido han llegado a ser tan ruidosas que la legislaci¨®n ser¨¢ la desagradable alternativa a la autorregulaci¨®n en el control de todo lo relacionado con la prensa, incluidos los peri¨®dicos de calidad, tales como The Independent. Ya se han presentado en el Parlamento diversos proyectos de ley para garantizar el derecho a la vida privada de los individuos, incluidos los pol¨ªticos, y para regular un derecho de r¨¦plica que exigir¨ªa a un director insertar en su peri¨®dico, sin tocar una coma, un texto no solicitado. Hasta el momento, esos proyectos no han conseguido convertirse en leyes.
En la mayor¨ªa de los aspectos cl¨¢sicos por los que una prensa se considera libre, el Reino Unido sigue manteniendo una prensa libre. Nuestros peri¨®dicos no necesitan autorizaci¨®n de salida y pueden iny primir lo que deseen sin necesidad de tener que ser aprobado previamente por ning¨²n departamento estatal. Son fuertes en sus opiniones y, a veces, valientes en su informaci¨®n. Pero existen continuos esfuerzos para limitar su influencia e impedir el ejercicio de su curiosidad mediante lo expuesto anteriormente. La prensa brit¨¢nica es relativamente libre, pero puede llegar a serlo m¨¢s para poder explorar con mayor profundidad las zonas no investigadas de nuestra vida nacional.
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