El Gobierno espa?ol comunica a la CE que los extranjeros podr¨¢n ser funcionarios
El Gobierno espa?ol ha comunicado a la CE que proceder¨¢ en breve a las modificaciones legales necesarias para permitir el acceso de ciudadanos comunitarios a empleos de la Administraci¨®n reservados hasta ahora a los espa?oles. Entre otros casos, se autorizar¨¢ a los extranjeros para que puedan ejercer como docentes y tambi¨¦n en ciertas ¨¢reas de la sanidad p¨²blica. La comunicaci¨®n se produce tras diversos requerimientos comunitarios en este sentido.
El Ministerio para las Administraciones P¨²blicas prepara un proyecto de ley en el que, en casos determinados, se elimina la exigencia de nacionalidad espa?ola para ser funcionario.Esta modificaci¨®n, sin embargo, tendr¨¢ en cuenta sentencias del Tribunal de Justicia Comunitaria en las que se reconoce el derecho de los estados a reservar aquellos cargos que est¨¦n directa o indirectamente relacionados con el ejercicio del poder para los ciudadanos del propio pa¨ªs. Los cargos reservados deber¨¢n ser establecidos por los propios ministerios afectados, seg¨²n explicaron fuentes del Ministerio para las Administraciones P¨²blicas.
Actualmente hay algunos profesores extranjeros en universidades espa?olas. Uno de ellos, Michael Walker, catedr¨¢tico de Antropolog¨ªa F¨ªsica en la Universidad de Murcia, hab¨ªa efectuado varias reclamaciones, una de ellas ante la Comunidad Europea, por entender que, pese a tener categor¨ªa equivalente a la de catedr¨¢tico y percibir emolumentos similares, se ve¨ªa excluido, por su nacionalidad brit¨¢nica, de determinados derechos, entre otros de la posibilidad de formar parte de tribunales de oposici¨®n o de ocupar determinados cargos universitarios, incluso en el propio departamento.
T¨ªtulos reconocidos
En respuesta a una de sus cartas, la direcci¨®n de Asuntos Sociales de la Comunidad le comunicaba el pasado mes de febrero que hab¨ªa conversaciones en curso con el Gobierno espa?ol, y, tambi¨¦n con otros gobiernos de pa¨ªses comunitarios, a fin de lograr que se eliminara la exigencia de nacionalidad para determinados puestos de la Administraci¨®n.
Fuentes de la Administraci¨®n espa?ola reconocieron estas conversaciones y confirmaron su voluntad de modificar la legislaci¨®n a fin de evitar la discriminaci¨®n por motivos de nacionalidad. En este sentido, lasmismas fuentes recordaron que ya en noviembre de 1991 se public¨® en el Bolet¨ªn Oficial del Estado el real decreto que, adem¨¢s de regular el sistema general de reconocimiento de t¨ªtulos universitarios de la CE, inclu¨ªa un art¨ªculo en el que se reconoce que "quienes de acuerdo con las disposiciones vigentes est¨¦n en facultades para ejercer en Espa?a actividades propias de alguna de las profesiones reguladas ( ... ) gozar¨¢n de los mismos derechos que reconoce este Real Decreto a quienes est¨¦n en posesi¨®n del actual t¨ªtulo profesional oficial".
Las profesiones que regula el decreto, y que se describen en un anexo del mismo, pertenecen a los sectores jur¨ªdicos, sanitarios, t¨¦cnico-cient¨ªficos y culturales. En este ¨²ltimo apartado se incluye a los "maestros, profesores de educaci¨®n secundar¨ªa, profesores de Universidad y profesores de Escuelas de Turismo".
En el caso de la sanidad, el decreto rese?a las profesiones de enfermero generalista con especialidad -excepto en el caso de la obstetricia ginecol¨®gica-, fisioterapeuta, ¨®ptico, pod¨®logo y psic¨®logo.
El decreto, al reconocer t¨ªtulos expedidos fuera de Espa?a, permite el ejercicio de la profesi¨®n en el interior del pa¨ªs, ya sea en empresas privadas o p¨²blicas. Pero para el acceso al funcionariado es necesaria la modificaci¨®n de la ley de la funci¨®n p¨²blica, que es lo que en estos momentos redacta el Ministerio para las Administraciones P¨²blicas. En determinadas profesiones -abogado, procurador, auditor de cuentas y graduado social-, el Gobierno exigir¨¢ una prueba de aptitud en la que los candidatos acrediten el conocimiento del derecho nacional.
Las mismas fuentes declinaron establecer plazos precisos para la conclusi¨®n de la ley, aun reconociendo la voluntad de que su tramitaci¨®n se produzca en breve plazo, entre otros motivos debido a que cada vez era mayor el n¨²mero de sentencias del Tribunal de Justicia Comunitaria que reconoc¨ªan estos derechos a los ciudadanos comunitarios.
Esta modificaci¨®n no supondr¨¢ abrir tambi¨¦n el acceso a estas funciones a ciudadanos de pa¨ªses ajenos a la Comunidad Europea, sean procedentes del ¨¢rea hispanoamericana o de otras ¨¢reas, seg¨²n las mismas fuentes, por lo que la regularizaci¨®n de los casos de profesores extranjeros en Espa?a s¨®lo afectar¨¢ a ciudadanos de la CE.
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