Mart¨ªn Seco acusa al Gobierno de desviaci¨®n de poder por destituirle
Apelaci¨®n al Supremo contra el cese por criticar la guerra del Golfo
Juan Francisco Mart¨ªn Seco, destituido en febrero de 1991 en su cargo de interventor delegado en el Ministerio de Cultura a ra¨ªz de que criticara al Gobierno por su actuaci¨®n en la guerra del Golfo, ha apelado al Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Nacional que admite la motivaci¨®n pol¨ªtica del cese pero lo declara correcto. El recurso de Mart¨ªn Seco acusa al Gobierno de desviaci¨®n de poder al imponer arbitrariamente una sanci¨®n encubierta que vulnera el derecho fundamental a la libertad de expresi¨®n y a la defensa.
El origen de este caso fue la destituci¨®n de Mart¨ªn Seco en su cargo de Cultura tras firmar, junto a otros profesionales y personalidades, un manifiesto en contra de la pol¨ªtica gubernamental en relaci¨®n con la guerra del Golfo. Izquierda Unida pregunt¨® al Ejecutivo por las razones del cese y el entonces ministro de Administraciones P¨²blicas, Joaqu¨ªn Almunia, contest¨® que el motivo de la destituci¨®n de Mart¨ªn Seco era que "de modo p¨²blico ha faltado el respeto al ministro de ese departamento" [en aquel momento, Jorge Sempr¨²n, a quien Mart¨ªn Seco critic¨® desde el diario El Mundo por destituir a dos directores generales que tambi¨¦n hab¨ªan firmado el manifiesto].Planteado un recurso contencioso-administrativo, la Audiencia Nacional, en una sentencia notificada el 24 de marzo ¨²ltimo, ha declarado ajustadas a derecho las resoluciones impugnadas. La sala razona que el puesto que ocupaba Mart¨ªn Seco era "de confianza personal de aquel que le nombr¨®" y aunque reconoce que "la raz¨®n del cese parece estar", dice, "en un posicionamiento pol¨ªtico concreto frente a una actitud gubernamental determinada", a la designaci¨®n libre corresponde una destituci¨®n igualmente discrecional.
Mart¨ªn Seco ha apelado contra esta sentencia mediante un recurso de 27 folios de extensi¨®n, elaborado por el abogado y catedr¨¢tico de Derecho Constitucional Diego L¨®pez Garrido, en el que se denuncia la vulneraci¨®n de varios derechos fundamentales en el procedimiento adoptado para la destituci¨®n.
Arbitrariedad
La no motivaci¨®n del cese de Mart¨ªn Seco es calificada de arbitrariedad, por cuanto hace imposible un control judicial de la decisi¨®n administrativa y provoca indefensi¨®n en el afectado, lo cual convierte en nulo el acto, por violaci¨®n del art¨ªculo 24 de la Constituci¨®n. En el recurso ante el Tribunal Supremo se mantiene tambi¨¦n que la decisi¨®n vulner¨® el art¨ªculo 23.2 de la Carta Magna, que vincula la funci¨®n p¨²blica a los principios de m¨¦rito y capacidad.Otra de las alegaciones del recurrente es que la destituci¨®n viol¨® el derecho fundamental a la libertad de expresi¨®n, amparado por la Constituci¨®n tanto en el art¨ªculo 20 como en el 23 [este ¨²ltimo, cuando establece el derecho de los ciudadanos a la participaci¨®n "en los asuntos p¨²blicos, directamente"]. Se reprocha a la Audiencia Nacional que, "tras admitir que el cese del se?or Mart¨ªn Seco no fue por razones de m¨¦rito y capacidad, sino por haber expresado una opini¨®n pol¨ªtica, la sentencia no ampare el derecho a la libre expresi¨®n del recurrente".
El letrado L¨®pez Garrido argumenta que el perjuicio ocasionado al recurrente "se extiende a todos los funcionarios, a los que puede amedrentar la medida ( ... ) y producir el efecto de hacer uso restringido, al estilo de una especie de autocensura o autorrestricci¨®n, de los derechos fundamentales". Razona tambi¨¦n que el acto impugnado constituye desviaci¨®n de poder, "ya que la Administraci¨®n utiliza sus potestades discrecionales ( ... ) para obviar el enojoso tr¨¢mite de un procedimiento disciplinario que ser¨ªa imposible culminar satisfactoriamente para sus fines represivos", al tiempo que se priva al sancionado de las garant¨ªas del expediente disciplinario.
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