Ante el aborto, como el avestruz
Un prestigioso penalista conservador, Quintano Ripoll¨¦s, lo expres¨® con meridiana claridad, hace ya 20 a?os: "Fuera del mantenimiento del crimen de aborto como la destrucci¨®n de la obra divina que es toda criatura humana, las dem¨¢s razones aducidas son bien poco convincentes, cuando no abiertamente c¨ªnicas. De ah¨ª la situaci¨®n un tanto falsa y ambigua en que se debate la pol¨ªtica moderna, que en nombre del laicismo pretende justificar el mantenimiento del delito de aborto... ".Es decir, lo ¨²nico que puede dar un sentido a la criminalizaci¨®n del aborto voluntario es la consideraci¨®n de la pol¨ªtica penal como medio leg¨ªtimo para imponer un determinado credo no simplemente moral, sino directamente religioso. Es algo tan obvio que, de otro modo, ser¨ªa dificil entender la imposici¨®n de deberes como los que de hecho implica el delito de aborto. Porque ¨¦stos, lejos de agotarse en algo puramente negativo, del g¨¦nero de los de "no robar", "no matar", caracter¨ªsticos del derecho punitivo, son de naturaleza positiva y extraordinariamente gravosos y comprometedores: la mujer afectada tiene que llevar a t¨¦rmino un embarazo no querido y hacer frente a las consecuencias ulteriores derivadas de la maternidad.
Cualquier observador desapasionado del orden jur¨ªdico aceptar¨¢ que no es lo usual en ¨¦ste constre?ir a la asunci¨®n de obligaciones con tan intenso contenido de gravamen.
El mismo observador encontrar¨ªa dificultades para negar que es una conquista de profunda raigambre liberal, incorporada ya a la mejor cultura jur¨ªdica de nuestros d¨ªas, la que se expresa en la opci¨®n de dejar las cuestiones morales complejas y controvertidas al margen de la instancia penal.
Desde este punto de vista la historia no puede resultar m¨¢s aleccionadora, porque sus cunetas est¨¢n sembradas de cad¨¢veres. De v¨ªctimas de todo tipo de dogmatismos militantes -siempre moral y jur¨ªdicamente bien pertrechados- que no habr¨ªan pagado ese precio tremendo con s¨®lo nacer un poco antes. o un poco m¨¢s tarde. 0 un poco m¨¢s lejos, porque, a veces, y ello resulta todav¨ªa m¨¢s expresivo, las presas de las diversas intolerancias legales habr¨ªan evitado tener que asumir esa dura condici¨®n con s¨®lo desplazarse algunos kil¨®metros en el espacio, con s¨®lo cruzar alguna frontera. Es decir, como todav¨ªa sucede hoy y aqu¨ª con el aborto.
Como es notorio, en la pol¨¦mica sobre el particular se enfrentan dos actitudes culturales, en cuanto tales igualmente leg¨ªtimas. (Otra cosa es que lo sea tambi¨¦n la imposici¨®n estatal coactiva de una de ellas).
Se trata de dos modelos culturales, durante un tiempo netamente confrontados en este punto, en un debate que ahora se ha enriquecido notablemente, puesto que registra con m¨¢s claridad que nunca una tercera posici¨®n: la de quienes desde su adscripci¨®n activa a la fe cristiana no s¨®lo reconocen a otros el derecho a acudir al aborto, sino que incluso colaboran para hacerlo posible. Es el caso, hecho p¨²blico hace unos d¨ªas, de algunos religiosos o sacerdotes irlandeses.
Con todo, el insistente replanteamiento de la cuesti¨®n en los mismos t¨¦rminos t¨®picos en que se viene haciendo parece sugerir que ni el tiempo ni tanta pesada carga de sufrimiento in¨²til, llevada naturalmente por los m¨¢s d¨¦biles, han servido para mucho en este pa¨ªs.
De un lado, porque se sigue afirmando la defensa de la vida, mientras se hace abstracci¨®n del dato objetivo de que as¨ª no se elimina el aborto, sino que s¨®lo se elige o se impone a otros el de peor clase: el aborto criminal, es decir, clandestino, a veces tercermundista, y siempre profundamente selectivo en funci¨®n de los niveles de renta.
Del otro, porque haciendo uso de un pragmatismo indecoroso, se reduce a t¨¦rminos porcentuales de expectativas de voto la que nunca podr¨ªa dejar de ser una irrenunciable cuesti¨®n de principio para quienes profesen una concepci¨®n laica de la democracia. Pues, como han defendido con lucidez autores tan diversos como Mill o Hart y, m¨¢s recientemente, Ferrajoli, no es funci¨®n del derecho sancionar principios morales (y menos todav¨ªa si son intensamente controvertidos), cuando hacerlo no se traduce en resultados de efectiva utilidad social. 0 prolongando hasta aqu¨ª la autorizada reflexi¨®n con que se abr¨ªan estas l¨ªneas: no es cometido del C¨®digo Penal dar cobijo a actitudes de confesionalismo vergonzante.
Como de manera convincente ha puesto de relieve Ruiz Miguel, la Constituci¨®n, ya interpretada en este caso por el Tribunal Constitucional, presta base para una reforma legislativa que acoja el sistema de plazo.
Puede ocurrir que tal vez no sea lo m¨¢s rentable, de una determinada rentabilidad pol¨ªtica. Pero ?se han evaluado seriamente los costes de diversa ¨ªndole de opciones como la vigente o la que lamentablemente parece abrirse camino hacia el futuro C¨®digo Penal?
Al margen de consideraciones axiol¨®gicas que, por lo que se ve, no impresionan demasiado, hay otras que deben hacerse.
Est¨¢, en primer lugar, el dato real de la enorme cifra negra en tema de delitos de aborto. Porque lo cierto es que muy pocos se persiguen de facto, con lo que la incidencia del derecho penal es aqu¨ª ocasional, aleatoria y, por eso, arbitraria. (As¨ª, a las pruebas me remito: se aborta ilegalmente mucho m¨¢s en Valladolid que en Barcelona). Esto, que produce un importante efecto deslegitimador de la justicia penal, s¨®lo sirve a la postre para sobrea?adir penosidad y dramatismo a la siempre terrible peripecia personal de -algunas de- las mujeres que se ven obligadas a abortar.
La naturaleza del delito, el alto grado de implicaci¨®n personal que le caracteriza, la forma habitual de su persecuci¨®n -allanamiento de centros que prestan asistencia a cientos de pacientes-, propicia modos de intervenci¨®n policial / judicial absolutamente recusables, que se traducen en inquisiciones generalizadas sobre un n¨²mero indeterminado de mujeres en cuya intimidad se indaga. Mujeres que pasan objetivamente a la situaci¨®n de imputadas por m¨¦ritos de una historia cl¨ªnica, abierta no importa con qu¨¦ motivo. Los procesos de esta clase propician actuaciones te?idas de subjetivismo y arbitrariedad, de consecuencias irreparables para la dignidad de quienes los sufren. Tambi¨¦n deparan, incluso, consecuencias negativas a quienes los gestionan desde las instituciones, pues no hay reca¨ªda en la barbarie procesal que se produzca en vano.
Si la incriminaci¨®n no comporta el efecto de preservar la vida que no obstante se le atribuye, puesto que no evita el aborto; si, en cambio, ocasiona multitud de consecuencias indeseables; si el viejo problema ha dejado de serlo ya en tantos pa¨ªses de nuestro entorno cultural; si, adem¨¢s, lo de las encuestas nunca es seguro (y aunque lo fuera)... ?A qu¨¦ podr¨ªa racionalmente esperarse a estas alturas para dejar de jugar al avestruz con el aborto?
Perfecto Andr¨¦s Ib¨¢?ez es magistrado.
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