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UN DECRETO-LEY de 1983 regul¨® las retribuciones y prerrogativas reconocidas a los ex presidentes del Gobierno. ?stos disfrutar¨ªan de tales prerrogativas por un periodo de cuatro a?os a partir de su salida de La Moncloa. El Gobierno ha aprobado ahora un decreto que convierte en vitalicias esas ventajas y precisa algunos aspectos mal definidos de las mismas. En general, la medida ha sido acogida sin grandes pasiones: nadie la ha defendido como una necesidad ineludible, pero tampoco las cr¨ªticas han sido desmelenadas.En ello ha influido probablemente el hecho de que las prerrogativas en cuesti¨®n, o las principales de entre ellas, hab¨ªan seguido siendo aplicadas con posterioridad al cumplimiento del plazo de cuatro a?os, vot¨¢ndose al efecto las correspondientes partidas presupuestarias sin que nadie protestara. Se trataba entonces, bien de suprimir esa pr¨¢ctica, bien de darle cobertura legal, convirtiendo en vitalicio lo que era temporal. Se ha optado por esto ¨²ltimo. Si se hubiera elegido la otra soluci¨®n -suprimir el coche con ch¨®fer o la escolta a Su¨¢rez y Calvo Sotelo-, las cr¨ªticas a la cicater¨ªa y falta de sensibilidad del Gobierno habr¨ªan sido seguramente bastante ¨¢cidas. Con la particularidad, en todo caso, de que los m¨¢s severos cr¨ªticos habr¨ªan sido con toda probabilidad los mismos que ahora reprochan lo contrario al Gobierno.
La medida viene a cubrir una laguna en materia de protocolo evidenciada de manera lamentable con motivo de algunas visitas de mandatarios extranjeros. En Estados Unidos, los ex presidentes ocupan en tales ocasiones el tercer lugar, tras el presidente y el vicepresidente. Aqu¨ª no exist¨ªa una previsi¨®n al respecto. Ahora se ha fijado, atribuyendo a los ex presidentes un rango destacado entre los embajadores extranjeros y los presidentes de comunidades aut¨®nomas. Las otras facilidades convertidas en vitalicias se refieren a los gastos de despacho, incluyendo los sueldos de dos colaboradores, escoltas, franquicia en los transportes p¨²blicos y coche oficial con conductor. Podr¨¢ discutirse del detalle de cada una de ellas, pero en conjunto resultan comparables a las establecidas en la mayor¨ªa de los pa¨ªses democr¨¢ticos para cargos equiparables al del presidente del Gobierno en Espa?a. Y suponen un reconocimiento razonable.
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