El Constitucional dictaminar¨¢ que el Tratado de Maastricht exige reformar la Carta Magna
El pleno del Tribunal Constitucional dictaminar¨¢ hoy o, como muy tarde, ma?ana, la existencia de contradicci¨®n entre el Tratado de la Uni¨®n Europea, firmado en Maastricht, y la Constituci¨®n espa?ola, que har¨¢ necesaria la primera reforma de la Carta Magna, seg¨²n fuentes del alto tribunal que estimaron muy probable que el acuerdo sea un¨¢nime. El proyecto de dictamen, vinculante, elaborado por el magistrado Vicente Gimeno Sendra, exige la reforma del art¨ªculo 13.2 de la Constituci¨®n para que los ciudadanos de la CE residentes en Espa?a puedan ser elegidos concejales.
La deliberaci¨®n fijada para hoy (v¨¦ase EL PA?S del 18 de junio ¨²ltimo) puede retrasarse varias semanas seg¨²n la ley del alto tribunal, pero fuentes del mismo aseguraron ayer a este peri¨®dico que, en este caso, lo m¨¢s probable es que ma?ana, mi¨¦rcoles, se haga p¨²blico el dictamen. Aunque no fue posible obtener del magistrado Gimeno Sendra, ponente del dictamen, informaci¨®n sobre su contenido, otras fuentes del Constitucional afirmaron que "cuenta con mayor¨ªa suficiente para que el debate no sea demasiado extenso y el acuerdo se adopte el mismo martes o, como mucho, el mi¨¦rcoles".
El documento de Gimeno Sendra, "no demasiado extenso", seg¨²n las mismas fuentes, se inclina por proponer al Gobierno -instituci¨®n que ha solicitado el dictamen- que se introduzca en el art¨ªculo 13.2 de la Constituci¨®n espa?ola una peque?a modificaci¨®n, "a?adir dos palabras", precisaron, de modo que donde se permite que a los extranjeros pueda atribu¨ªrseles por un tratado el derecho al sufragio activo [ser electores] en las elecciones municipales espa?olas, se a?ada: "Y pasivo" [ser elegidos].
Con la adici¨®n de esas dos palabras u otras similares se despejar¨ªan los problemas jur¨ªdicos para la ratificaci¨®n parlamentaria del Tratado de la Uni¨®n Europea, cuyo art¨ªculo 8 B, apartado 1, da derecho a todos ciudadano de la CE residente en un Estado miembro del que no sea nacional, "a ser elector y elegible en las elecciones municipales del Estado miembro en el que resida".
La gran mayor¨ªa del alto tribunal se decanta en favor de esta f¨®rmula de reforma constitucional, para cuya aprobaci¨®n bastar¨¢ con que den su conformidad a la misma tres quintos de cada c¨¢mara parlamentaria (210 diputados y 153 senadores) y s¨®lo habr¨ªa que someterla a refer¨¦ndum de ratificaci¨®n si as¨ª lo solicitaran 35 diputados o 25 senadores. Por el momento, s¨®lo el ministro de Relaciones con las Cortes, Virgilio Zapatero, advirti¨®, al exponer hace meses la l¨ªnea del Gobierno contraria a cualquier reforma de la Constituci¨®n, que el PSOE cuenta con la porci¨®n requerida en cada c¨¢mara para forzar el refer¨¦ndum.
Las 'tajadas del mel¨®n'
Sin embargo, no es probable que el PSOE utilice en este caso aquella advertencia ni que la apertura del llamado "mel¨®n de la reforma" suscite la propuesta de nuevas "tajadas" desde la oposici¨®n. Por lo que se refiere al PP, su presidente, Jos¨¦ Mar¨ªa Aznar, declar¨® a este peri¨®dico, cuando ¨¦ste anticip¨® la exigencia de reforma constitucional (v¨¦ase EL PA?S del 26 de enero ¨²ltimo), que no se deb¨ªan aprovechar ocasiones de este tipo para plantear otras reformas en profundidad.
Aunque en el alto tribunal no exist¨ªan ayer dudas sobre la posici¨®n mayoritaria, tampoco se descartaba alguna discrepancia. En principio, se estima probable que alg¨²n magistrado se incline en favor de que el art¨ªculo 11 de la Constituci¨®n ["la nacionalidad espa?ola se adquiere, se conserva y se pierde de acuerdo con lo establecido por la ley"] permite interpretar que basta una ley para solucionar el conflicto jur¨ªdico planteado. Esta tesis fue mantenida en su d¨ªa por Zapatero, mientras el ministro de Justicia, Tom¨¢s de la Quadra-Salcedo, siempre defendi¨® la reforma constitucional que ahora avalar¨¢ el alto tribunal.
En cambio, carece de adeptos conocidos la posici¨®n del constitucionalista Jorge de Esteban, en el sentido de que la reforma afecte tambi¨¦n al art¨ªculo 23 de la Carta Magna y, en consecuencia, sea aprobada en principio por dos tercios de cada c¨¢mara (234 diputados y 170 senadores) y a continuaci¨®n disueltas las Cortes, para que el nuevo Parlamento ratifique la reforma, antes del obligado refer¨¦ndum.
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