Reabierto el caso por la muerte del estudiante Ruano en 1969
Inminente decisi¨®n sobre el juicio contra tres polic¨ªas o el archivo de la causa, 23 a?os despu¨¦s de los hechos
B. DE LA CUADRA, La versi¨®n oficial de la muerte de Ruano dada en 1969 por la polic¨ªa fue que, con ocasi¨®n del registro del piso s¨¦ptimo del n¨²mero 60 de la entonces calle General Mola, el joven detenido "inopinadamente emprendi¨® una corta carrera" y "sin llegar a la escalera, se arroj¨® a un patio interior, falleciendo en el acto".
A punto de cumplirse los 20 a?os del fallecimiento, el 20 de enero de 1989, la familia de Ruano pidi¨® que se reabriera el caso. Para ello, Beatriz Ruano, hermana de Enrique y procuradora de los tribunales, aport¨® una serie de, testimonios de distintos vecinos, que aseguraron no haber declarado en su momento por miedo, pero que lo hac¨ªan ahora ante el remordimiento que ten¨ªan, ya que, coincid¨ªan, "en ning¨²n caso se trat¨® de un suicidio". El periodista Emilio Lahera, que hab¨ªa investigado el caso Ruano, hizo tambi¨¦n llegar a la familia Ruano una nota manuscrita por su ex compa?ero de Intervi¨² Juli¨¢n Lago, que transcrib¨ªa una llamada telef¨®nica recibida en la redacci¨®n de la revista: "...Lo tiraron los polic¨ªas secretas desde una de las ventanas. Cay¨® por el otro lado y no por el fotografiado. El portero lo vio. 'Eso ha sido un accidente', le recomendaron los polic¨ªas, al marcharse del inmueble".
La juez de instrucci¨®n n¨²mero 5 de Madrid, Cristina Cadena Cortina, de 30 a?os, comunic¨® la petici¨®n de apertura del caso al fiscal, que se opuso, por considerar que el posible delito hab¨ªa prescrito. La juez rechaz¨® la reapertura del caso, pero la Secci¨®n Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, a la que recurri¨® la familia, orden¨® a la juez investigar. Entre otras diligencias, la juez Cadena tom¨® declaraci¨®n al ex periodista de Intervi¨² que hab¨ªa transcrito aquella llamada. El 18 de mayo de 1090 Juli¨¢n Lago reconoci¨® su letra, pero dijo que, dado el tiempo transcurrido, no recordaba otros detalles de la llamada.
Impulso a la investigaci¨®n
La llegada al juzgado de instrucci¨®n n¨²mero 5 del magistrado Jos¨¦ Alberto Gallego Laguna, de 33 a?os y procedente de una Magistratura del Trabajo, dio un impulso a la investigaci¨®n. El juez Gallego trat¨® en primer lugar de subsanar la deficiente investigaci¨®n realizada en 1969 por el titular del juzgado en aquella ¨¦poca, Francisco Javier Ruiz-Oca?a y Remiro, un juez que ten¨ªa 49 a?os cuando le correspondi¨® levantar el cad¨¢ver de Ruano y que, en palabras de uno de sus compa?eros de entonces en los juzgados de instrucci¨®n de Madrid, sitos en la antigua Casa de Can¨®nigos -hoy sede del Tribunal Superior de Justicia de Madrid-, "era conservador y bastante d¨¦bil, no ten¨ªa car¨¢cter nigenio, aunque era buena persona".
La autopsia ofrec¨ªa muchas lagunas y no se hizo una reconstrucci¨®n de los hechos porque faltaban las llaves del piso desde donde cay¨® el estudiante Ruano. Pero tales llaves estaban depositadas en el Juzgado de Instrucci¨®n desde poco despu¨¦s de que ocurrieran los hechos. Durante el mes de noviembre de 19901' el juez Gallego tom¨® declaraci¨®n a los tres polic¨ªas implicados, los tres en activo en aquel momento, con la categor¨ªa de comisarios: Francisco Luis Colino Hern¨¢n, que prestaba servicios en la Jefatura Superior de Polic¨ªa; Jes¨²s Sim¨®n Crist¨®bal, comisario de Torrej¨®n de Ardoz, y Celso Galv¨¢n Abascal, comisario jefe de la comisar¨ªa del distrito de Tetu¨¢n.
El 19 de diciembre de 1990, unos d¨ªas despu¨¦s de las declaraciones de los tres polic¨ªas -que asistidos por el abogado Jos¨¦ Mar¨ªa Serret Moreno-Gil, se ratificaron en la versi¨®n del suicidio-, se reconstruyeron los hechos, y el 28 de enero de 1991 se realiz¨® la exhumaci¨®n del cad¨¢ver, en el que se observ¨® que hab¨ªa sido serrado con una cizalla un fragmento del hueso de la clav¨ªcula, a la altura de la cual, en la primera descripci¨®n del cad¨¢ver, se hab¨ªa apreciado una herida "contusa redondeada" que dos de los forenses de 1969 atribuyeron a que Ruano pudo encontrar un clavo en su ca¨ªda, versi¨®n considerada harto improbable por los forenses que intervinieron en 1991 (v¨¦ase m¨¢s informaci¨®n en p¨¢gina siguiente).
Terminada su investigaci¨®n, el 12 de julio de 1991 el juez Gallego, dio por concluido el sumario sin procesamientos, por falta de indicios de criminalidad suficientes. En nombre de la acusaci¨®n particular, el catedr¨¢tico de Derecho Penal Jos¨¦ Manuel G¨®mez Ben¨ªtez recurri¨® tal resoluci¨®n y pidi¨® la apertura de juicio oral contra los tres polic¨ªas. En cambio, el fiscal consider¨® correcta la resoluci¨®n y se ratific¨® en su criterio inicial de la prescripci¨®n del delito [los asesinatos prescriben a los 20 a?os].
La Secci¨®n Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid -integada por los magistrados Jes¨²s Angel Guijarro L¨®pez, presidente, Carmen Compaired Plo y Mar¨ªa Jos¨¦ de la Vega Yanes- decret¨® el archivo de las actuaciones el 7 de mayo de 1992. La sala acept¨® el criterio de prescripci¨®n sostenido por el fiscal y declar¨® "extinguida la responsabilidad criminal que pudiera derivarse, en su caso, por causa de prescripci¨®n"..
Contra esta resoluci¨®n recurri¨® en s¨²plica el acusador particular, quien record¨® que la prescripci¨®n ya fue invocada por el fiscal y, tras analizarla, el tribunal hab¨ªa ordenado en su d¨ªa reabrir el caso. G¨®mez Ben¨ªtez pidi¨® a la sala que entrara en el fondo del asunto y, en todo caso, que antes de adoptar una decisi¨®n, diera traslado a la defensa de los polic¨ªas. El fiscal. insisti¨® ante la sala en la prescripci¨®n del delito. La familia Ruano, por su parte, solicit¨® el secreto de las actuaciones.
El 1 de julio de 1992 se produjo la ¨²ltima resoluci¨®n, por el momento, sobre este caso. La Secci¨®n Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid, siguiendo el criterio del fiscal, deneg¨® el secreto de las actuaciones y dio traslado a las defensas para que, en el plazo de 10 d¨ªas', se pronunciaran. Una vez cumplimentado este tr¨¢mite, la sala decidir¨¢ en fecha inminente sobre la conclusi¨®n del sumario y despu¨¦s sobre si tal conclusi¨®n se acompa?a del procesamiento de los polic¨ªas y la apertura del juicio oral contra ellos o, por el contrario, se sobresee la causa. Si la sala se ratifica en que el delito ha prescrito, la familia Ruano tendr¨¢ derecho al recurso de casaci¨®n ante el Tribunal Supremo.
Al margen de la soluci¨®n Jur¨ªdica que finalmente se adopte, la reapertura judicial del caso y la investigaci¨®n realizada denuncian por s¨ª mismas, con todas las dificultades que el tiempo ha colocado, la represi¨®n del sistema franquista, amparada por un poder judicial d¨¦bil y la insensibilidad de una opini¨®n p¨²blica, en gran parte c¨®mplice de aquella situaci¨®n.
Versi¨®n period¨ªstico-policial
En conexi¨®n con la versi¨®n oficial dada por la polic¨ªa sobre la muerte de Ruano, el peri¨®dico Abc public¨® un editorial y un extracto del supuesto diario personal de Ruano, que trataba de mostrar una personalidad depresiva, proclive a las decisiones extremas. Con ello, perpetr¨® un grave atentado contra la verdad y la vida privada.
Cuatro meses despu¨¦s, a instancias de la familia, asesorada jur¨ªdicamente por el abogado Marcial Fern¨¢ndez Montes, Abc tuvo que rectificar y reconocer la manipulaci¨®n de unas hojas manuscritas facilitadas por la polic¨ªa. El entonces juez y hoy magistrado del Tribunal Constitucional Carlos de la Vega, recuerda as¨ª lo ocurrido: "Yo era muy amigo de Fern¨¢ndez Montes, que hizo hincar la rodilla al Abc, que tuvo que rectificar".
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