La petici¨®n de voto a los abstencionistas no atenta contra la Constituci¨®n, seg¨²n los expertos
Todos los constitucionalistas de distintas tendencias consultados por este peri¨®dico coinciden en que la visita a los abstencionistas para pedirles el voto no atenta contra la Constituci¨®n. Consideran que en caso de que las visitas significaran una coacci¨®n para el elector podr¨ªa producirse incluso un delito, pero no existir¨ªa vulneraci¨®n de la Constituci¨®n, a diferencia de lo manifestado desde otros medios, que estiman inconstitucional la campa?a programada por el PSOE. En el mismo sentido se pronunciaron representantes de partidos pol¨ªticos y expertos jur¨ªdicos en materia electoral, para los que no existe ninguna norma legal que impida un los datos obtenidos de un proceso electoral.
Las propias exigencias legales; de la votaci¨®n y el control de la misma por los integrantes de las mesas electorales y de los interventores de los partidos hacen que cada elector que acude a votar sea perfectamente controlado y que se conozca con exactitud a los ciudadanos que se han abstenido, seg¨²n estas opiniones. El catedr¨¢tico de Derecho Constitucional y ex ministro centrista, Manuel Jim¨¦nez de Parga, declar¨® ayer a este diario que "el secreto del voto est¨¢ protegido por la Constituci¨®n, pero no absolutamente, ya que en todos los procesos electorales suelen hacerse sondeos en los que se pregunta a los electores el sentido del voto y de ese modo se efectuan encuestas r¨¢pidas".Jim¨¦nez de Parga a?adi¨® que el sufragio secreto "se refiere m¨¢s al contenido de la papeleta, que al hecho de que el ciudadano vote o se abstenga". En todo caso, este constitucionalista considera que "visitar a un abstencionista ser¨ªa delictivo si mediara coacci¨®n o promesa, pero no inconstitucional".
Por su parte, el tambi¨¦n catedr¨¢tico de Derecho Constitucional y dirigente de Izquierda Unida Diego L¨®pez Garrido se?al¨®: "Yo no veo que sea una violaci¨®n de la Constituci¨®n". Explic¨® que "si un partido publicara la lista de los que se han abstenido podr¨ªa estar atentado contra el derecho a la intimidad garantizado en el art¨ªculo 18 de la Constituci¨®n", pero, dado que los partidos tienen las listas de los votantes y de quienes se abstuvieron, "visitarles no viola el derecho constitucional a la intimidad, al margen de la valoraci¨®n pol¨ªtica que pueda merecer tal campa?a".
El secreto de la abstenci¨®n
Otros juristas, vinculados a la Junta Electoral Central, por lo que rogaron que no se revelara su identidad, manifestaron que "abstenerse no es el ejercicio de ning¨²n voto, por lo que ning¨²n secreto se revela con las listas de abstencionistas, aparte de que promover el voto es constitucional, siempre que se respete la intimidad del sufragio, ya que los partidos son agentes importantes del sistema".El anuncio del partido socialista de que puede utilizar los nombres de los ciudadanos que se abstuvieron en las ¨²ltimas elecciones generales para dirigirse a ellos y explicarles sus propuestas pol¨ªticas ha despertado suspicacias en algunos sectores pol¨ªticos y dudas sobre la legitimidad del uso de estos datos.
En opini¨®n de un relevante jurista parlamentario, no hay vulneraci¨®n alguna de la normativa electoral, ni de ninguna otra, porque un partido pol¨ªtico utilice los datos a los que ha tenido acceso durante una votaci¨®n. La anotaci¨®n que hacen los apoderados o interventores, de las presencias y ausencias de los electores deja sin sentido, seg¨²n la misma fuente, cualquier apelaci¨®n al car¨¢cter secreto del ejercicio del derecho de voto. La privacidad se refiere al contenido de la papeleta depositada, que est¨¢ garantizada por la ley, pero no al ejercicio del derecho de voto, que siempre queda registrado en un acta no sujeta a secreto.
Seg¨²n la misma opini¨®n, la decisi¨®n partidista de dirigirse a quienes se han abstenido en una votaci¨®n electoral para exhortarles a votar no entra?a ninguna desvirtuaci¨®n de la democracia. "Incluso, cabr¨ªa se?alar lo contrario, ya que se est¨¢ estimulando de ese modo a la participaci¨®n democr¨¢tica, lo cual es siempre un valor", a?adi¨® el mismo jurista.
Pablo Castellano, diputado de Izquierda Unida, afirm¨®, por su parte, que "el no ir a votar ya es un acto p¨²blico, puesto que consta en las actas del censo que maneja la mesa que un ciudadano no ha querido ir a votar".
Un destacado dirigente del Partido Popular reconoci¨® que la organizaci¨®n electoral del PP utiliz¨® en las elecciones municipales y auton¨®micas de 1991 el listado de abstencionistas, informa Juan G. Ib¨¢?ez. En Madrid, los populares intensificaron su campa?a en los barrios donde les constaba que hab¨ªa habido m¨¢s abstenci¨®n. Seg¨²n uno de sus responsables, la campa?a dio como resultado que el PP obtuviera tres concejales m¨¢s de los previstos en el Ayuntamiento de la capital.
Listas en custodia
No obstante, Javier Arenas, vicesecretario de Acci¨®n Electoral del PP matiz¨® ayer que "el PP no descarta solicitar la custodia por parte de la Junta Electoral de los listados de las votaciones si el hecho de que hoy lo tengan los partidos supone una presi¨®n sobre la libre opci¨®n a la abstenci¨®n por parte de cualquier ciudadano".Jos¨¦ Luis N¨²?ez, en nombre de Izquierda Unida, entiende que las campa?as puerta a puerta "gozan de larga tradici¨®n en la vida espa?ola".
En su opini¨®n, donde "puede surgir la duda es en la utilizaci¨®n del censo individualizado, con la actitud de ciudadanos concretos que se sabe que no han votado, ya que cualquier persona tiene derecho a que se respete su decisi¨®n de emitir el voto o de abstenerse".
El secretario general del CDS, Jos¨¦ Luis G¨®mez Calcerrada, se mostr¨® de acuerdo en la utilizaci¨®n de los datos e indic¨® que su partido est¨¢ recabando informaci¨®n sobre familias que sintonizan con los valores centristas para confeccionar una lista de 500.000 domicilios a los que enviar las propuestas del partido.
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