Jefe del Estado y del Gobierno
El art¨ªculo 2.1 de la Constituci¨®n de Estados Unidos establece que el presidente re¨²ne las dos magistraturas t¨ªpicas de un r¨¦gimen parlamentario: jefe del Estado y del Gobierno. No existe, por tanto, un control parlamentario al modo tradicional del Gobierno, sino que los ministros responden exclusivamente ante el presidente.Los poderes ejecutivos del presidente son los siguientes: ejecuci¨®n de las leyes y mantenimiento del orden interno de la naci¨®n; nombramiento y destituci¨®n de funcionarios, aunque en ocasiones requiera la aprobaci¨®n del Congreso para tales actos; la direcci¨®n de la Administraci¨®n, y el derecho de gracia.
El presidente tiene la posibilidad de intervenir en el proceso legislativo y participa, en consecuencia, en tareas de legislaci¨®n ordinaria, a pesar de que la Constituci¨®n se basa en la separaci¨®n estricta de los tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial. Puede tambi¨¦n convocar las C¨¢maras en sesiones extraordinarias, dirigir mensajes al Congreso y sancionar, las leyes, que puede vetar en un plazo de 10 d¨ªas. Para superar dicho veto y hacer ejecutivas esas normas legales es preciso el voto favorable de dos tercios de ambas C¨¢maras.
El presidente de Estados Unidos es tambi¨¦n el jefe supremo de las Fuerzas Armadas, aunque la declaraci¨®n formal del estado de guerra corresponde al Congreso. En 1973, el Congreso aprob¨® la limitaci¨®n de los poderes presidenciales para movilizar las Fuerzas Armadas con una ley que exige al presidente la consulta previa a las C¨¢maras, "siempre que sea posible", con 48 horas de antelaci¨®n.
La ley establece tambi¨¦n un l¨ªmite de 60 d¨ªas, prorrogable a otros 30, para el desarrollo de operaciones b¨¦licas sin la aprobaci¨®n previa de los congresistas.
En lo referente a la pol¨ªtica internacional, el presidente se ocupa de la recepci¨®n y el nombramiento del personal diplom¨¢tico, as¨ª como de las relaciones con el exterior: reconocimiento de otros Estados, defensa de los ciudadanos norteamericanos en otros pa¨ªses y la conclusi¨®n de acuerdos internacionales, aunque no de los tratados propiamente dichos, que precisan la aprobaci¨®n de al menos dos tercios del Senado.
S¨ª tiene capacidad, sin embargo, para decidir los llamados convenios ejecutivos (executive agreements), car¨¢cter que tuvo, por ejemplo, el primer acuerdo sobre las bases militares con Espa?a.
El vicepresidente, aparte de sus funciones de asesoramiento y representaci¨®n de la presidencia, es presidente del Senado con voto de calidad en caso de empate en las votaciones entre sus 100 miembros. Una de sus m¨¢s importantes responsabilidades es la de sustituir al presidente. Seg¨²n la enmienda 25 de la Constituci¨®n, ratificada en febrero de 1967, la sustituci¨®n se produce en caso de destituci¨®n, muerte o renuncia del presidente.
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