El derecho de injerencia
El autor reflexiona en este texto sobre uno de los m¨¢s delicados problemas a los que se enfrenta hoy el mundo: el derecho de injerencia en un Estado cuando la democracia o los derechos humanos est¨¢n amenazados.
Como es bien sabido, la realidad internacional est¨¢ viviendo profundos y r¨¢pidos cambios en los ¨²ltimos tiempos. Casi suena lejana la famosa ca¨ªda del muro de Berl¨ªn y la subsiguiente desintegraci¨®n de la Uni¨®n Sovi¨¦tica..., si no fuera porque las barbaridades que acontecen en la antigua Yugoslavia y la probable exacerbaci¨®n nacionalista en la hasta hace poco denominada URSS nos obligan a reflexionar sobre los or¨ªgenes de todo ello.Por si fuera poco, la guerra por Kuwait convulsion¨® a la sociedad internacional y puso de manifiesto contradicciones y errores de unos y de otros. Hizo evidente que no hay una sociedad internacional, sino varias, y que el odio a Occidente tiene ra¨ªces profundas en una parte significativa del planeta. Tanto que a pesar de que Sadam Husein infringi¨® una de las leyes supremas de las relaciones inter¨¢rabes -un Estado ¨¢rabe no declara la guerra a otro Estado ¨¢rabe- muchos en el mundo isl¨¢mico le apoyaron... por rechazo hac¨ªa Occidente.
Normas de conducta ¨¢rabes que, en definitiva, pertenecen a la tradici¨®n occidental que consagra como elevados principios del derecho internacional la no intervenci¨®n en los asuntos internos de otros Estados, la soberan¨ªa nacional, la inviolabilidad de las fronteras. Principios que han conformado durante siglos una determinada manera de concebir las relaciones interestatales y cuya validez te¨®rico-jur¨ªdica ha sido escasamente cuestionada. Claro que la puesta en cuesti¨®n del principio puede depender del poder pol¨ªtico, econ¨®mico y militar de quien cuestiona. De ah¨ª la importancia de la brecha en la teor¨ªa realizada por Br¨¦znev cuando proclama la "doctrina de soberan¨ªa limitada" de los Estados comunistas de Europa oriental, obviamente dependientes de Mosc¨².
Voz de los d¨¦bilesAm¨¦n de poner de nuevo en evidencia que la sociedad internacional no es ¨²nica y que determinados modos y maneras de actuar son dictados en gran medida por quien puede ejercer un determinado control, el asunto no hace sino recordar que toda normativa tiene sus excepciones. Y que, para los integrantes m¨¢s d¨¦biles del conjunto, puede resultar m¨¢s desfavorable no tener voz en la calificaci¨®n de lo que es excepcional que no haber participado en la redacci¨®n de las normas.
Vienen estas reflexiones a cuento de lo que ¨²ltimamente se viene designando como "derecho de injerencia, asistencia o intervenci¨®n..." cuando la democracia o los derechos humanos est¨¢n amenazados en el interior de un. Estado. El tema es delicado, pero de rabiosa actualidad en la marea de cambios internacionales que vivimos, y no estar¨ªa tan r¨¢pidamente en alza si no hubiera desaparecido el sistema de bipolaridad efectiva creado por Washington y Mosc¨².
Es urgente y actual porque los derechos humanos son violados en numerosos lugares y la democracia parlamentaria est¨¢ pr¨¢cticamente confinada a Occidente. Es delicado porque no todo el mundo entiende la democracia y los derechos humanos como nosotros. Y lo es porque inherente al derecho de injerencia es el recurso a la fuerza, formalmente prohibido por el derecho internacional en vigor.
Est¨¢ bien que la sociedad internacional se preocupe de defender los derechos humanos fundamentales cuando est¨¦n en peligro. Pero, ?qui¨¦n define la fundamentalidad? Y aclarado el concepto, ?qui¨¦n interviene?, ?qui¨¦n se injiere?
El principal obst¨¢culo radica en que contin¨²a preponderando la sociedad de Estados soberanos individuales y que la vasta mayor¨ªa de ellos no per tenecen a Occidente. Y, al menos te¨®ricamente, el tema lo tienen claro. As¨ª, en su ¨²ltima reuni¨®n en la cumbre, el Movimiento de Pa¨ªses No Alineados (108) declaraba: "Reafirmamos que los derechos humanos b¨¢sicos y las libertades funda mentales son de validez universal: saludamos la creciente ten dencia hacia la democracia y nos comprometemos a cooperar en la protecci¨®n de los de rechos humanos...". Sin embargo (y aqu¨ª est¨¢ el pero), "ning¨²n pa¨ªs debe usar su poder para dictar su concepto de democracia y derechos humanos o para imponer condiciones a otros" (Yakarta, septiembre de 1992). Consecuentemente, los No Alineados, sin nombrarlo, rechazan el derecho de injerencia. Otro extremo importante: aun aceptado te¨®ricamente el derecho de injerencia, ?qui¨¦n interviene? Si se quieren evitar abusos, no parece conveniente que lo haga un Estado individual, normalmente el m¨¢s fuerte. En cualquier caso, deber¨¢ ser la ONU. Pero, ?qu¨¦ ONU? ?La actual con Consejo' de Seguridad a cinco, con derecho de veto, o una ONU reformada?
El Tercer Mundo estima que se deben incrementar los programas de asistencia y cooperaci¨®n y que se ha de dar entrada en el Consejo de Seguridad a sus m¨¢s cualificados representantes (Brasil, India, Egipto, Nigeria) como manera de equilibrar el poder en Naciones Unidas. Este mundo es contrario al derecho de injerencia, al menos mientras no sea corresponsabilizado en la elaboraci¨®n de la teor¨ªa y en la ejecuci¨®n de la pr¨¢ctica.
As¨ª pues, la cosa es complicada. Creo que mientras el sentido com¨²n de los diversos actores en presencia se moviliza de cara a lograr el adecuado equilibrio, lo m¨ªnimo que se debe hacer en este campo es reivindicar la exclusividad del derecho de injerencia para la ONU. Independientemente de la necesaria clarificaci¨®n interna de la organizaci¨®n mundial.
En una de sus ¨²ltimas declaraciones, cuando estaba a punto de dejar el cargo, el anterior secretario general de la ONU, P¨¦rez de Cu¨¦llar, se defini¨® claramente sobre el particular: "El derecho de injerencia, en contraposici¨®n a la interpretaci¨®n r¨ªgida del principio de no intervenci¨®n, se est¨¢ abriendo camino...".
Por la democracia
Apenas un mes despu¨¦s, y en la primera entrevista concedida a un medio de comunicaci¨®n, el nuevo secretario general, Butros Gali, es preguntado sobre si la ONU debe favorecer la proliferaci¨®n democr¨¢tica en el mundo: "Igual que se ofrece asistencia t¨¦cnica para construir hospitales y carreteras, debe existir una en favor de la democracia... Sin embargo, esta ayuda debe evitar toda injerencia en los asuntos internos".
Dos secretarios generales de la ONU: Cu¨¦llar, peruano; Gali, egipcio. Ambos, por imperativo del cargo, por encima de impulsos nacionales y, en cualquier caso, ninguno de sus pa¨ªses respectivos miembros permanentes del Consejo de Seguridad. Del primero se dec¨ªa que se hallaba en mejor sinton¨ªa con el Consejo que Butros Gali, quien durante su primer a?o de mandato ha criticado en diversas ocasiones el "eurocentrismo" del organismo: Europa carga sobre la ONU sus responsabilidades hacia Yugoslavia, lo que dificulta que ¨¦sta pueda hacer frente mejor, por ejemplo, al terrible caso de Somalia.
Pero en una sociedad internacional que no es monol¨ªtica y cuya estructura no es del todo democr¨¢tica, en una 1 so ciedad donde a menudo hay que recordar que universaliza ci¨®n de la cultura no debe equivaler a internacionalizaci¨®n de una cultura concreta y que "civilizaci¨®n occidental" no es igual a civilizaci¨®n de toda la humanidad, no est¨¢ mal un se cretario general de un perfil particular, que incluye ser cristiano copto en Egipto, casado con una se?ora de origen jud¨ªo y ser descendiente de un primer ministro asesinado por musulmanes fan¨¢ticos.
es embajador de Espa?a en Italia.
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