La batalla del aborto dificulta en Budapest un acuerdo sobre la Convenci¨®n de Bio¨¦t¨ªca
La pretensi¨®n de algunos pa¨ªses de trasladar la batalla M aborto al ¨¢mbito de la regulaci¨®n internacional est¨¢ dificultando la negociaci¨®n para alcanzar la Convenci¨®n Internacional sobre Bio¨¦tica que prepara desde 1990 el Consejo de Europa. La comisi¨®n encargada de su elaboraci¨®n, presidida por el espa?ol Octavi Quintana, ten¨ªa previsto presentar un texto consensuado en 1993, pero las dificultades por resolver hacen prever que el trabajo concluir¨¢ a mediados de 1994. Esta convenci¨®n tendr¨ªa, inicialmente, el ¨¢mbito propio del Consejo de Europa, pero la pretensi¨®n es que pueda ser asumida por otros pa¨ªses y alcanzar el rango de derecho p¨²blico que tienen la Convenci¨®n de Ginebra o la de Derechos Humanos.
En el encuentro de comit¨¦s y expertos de bio¨¦tica organizado por el Consejo de Europa este fin de semana en Budapest (Hungr¨ªa) se ha conseguido, de momento, superar una de las dificultades m¨¢s importantes, la reticencia de muchos de los 26 pa¨ªses que forman parte del Consejo a aceptar la existencia de una regulaci¨®n surpranacional de car¨¢cter vinculante en una materia tan delicada. Especialmente los pa¨ªses escandinavos, que tienen regulaciones muy avanzadas en bio¨¦tica, tem¨ªan que la adopci¨®n de la convenci¨®n significara, en aras al consenso, un retroceso en sus planteamientos. Pero la comprobaci¨®n de que algunas malas pr¨¢cticas, como el uso de pruebas gen¨¦ticas con fines discriminatorios o la compraventa de ¨®rganos humanos, no pueden evitarse si no es con normas internacionales les ha llevado a aceptar el compromiso de la convenci¨®n. La convenci¨®n abarca tanto el ¨¢mbito de la investigaci¨®n cient¨ªfica como el de la pr¨¢ctica m¨¦dica, y ha sido estructurada en dos partes: una ponencia marco en la que se definen los principios b¨¢sicos y varios reglamentos adicionales. De momento se han elaborado y existe consenso en lo relativo a do naciones de ¨®rganos- con la prohibici¨®n total de cualquier comercio del cuerpo humano y tambi¨¦n el de investigaci¨®n cient¨ªfica.
Concepto de vida
La discrepancia fundamental se encuentra ahora en definir los principios generales, pues algunos pa¨ªses pretenden imponer una formulaci¨®n del concepto de persona y de vida en el apartado relativo a la protecci¨®n de los embriones, que impedir¨ªa despu¨¦s la pr¨¢ctica del aborto para quienes firmasen la convenci¨®n.
"Lo primero que tenemos que hacer es ponernos de acuerdo en la terminolog¨ªa", dijo el diputado socialista Marcelo Palacios. Algunos pa¨ªses, como Holanda -cuyo ministro de Justicia es cat¨®lico-, Polonia, Irlanda y Malta, est¨¢n dando una fuerte batalla en este punto. "La discusi¨®n es si la persona humana que ampara la convenci¨®n comienza en el momento de la concepci¨®n, a los 14 d¨ªas de vida del embri¨®n o al nacer", explica Quintana. "Nosotros hemos propuesto que se hable del ser humano en el sentido amplio, sin entrar en concreciones, para que cada pa¨ªs pueda concretar lo que crea conveniente. De lo contrario, ser¨¢ imposible alcanzar un acuerdo", afirma Qintana.
Ya en estos momentos existen diferencias importantes en el trato que las distintas legislaciones nacionales dan a los embriones. As¨ª, mientras la brit¨¢nica permite, por ejemplo, en casos excepcionales y determinados, crear embriones para la investigaci¨®n, los dem¨¢s pa¨ªses lo proh¨ªben totalmente y s¨®lo permiten investigar en embriones creados para la procreaci¨®n que sean inviables, es decir, no nasciturus, sino moriturus.
"En este caso, creo que la soluci¨®n es regular en la convenci¨®n la siguiente f¨®rmula: 'En caso de que la legislaci¨®n nacional permita la investigaci¨®n sobre embriones, nunca deber¨¢ realizarse despu¨¦s de los 14 d¨ªas de vida del embri¨®n'. Creo que si nos atenemos a esta formulaci¨®n, el acuerdo es posible y la convenci¨®n queda abierta, como es nuestra pretensi¨®n", explica Quintana.
Algunos pa¨ªses cat¨®licos pretenden introducir la aceptaci¨®n de la cl¨¢usula de conciencia para los m¨¦dicos, mientras otros se oponen, porque consideran que las creencias individuales de los facultativos no deben tener consecuencias sobre terceros.
"La cl¨¢usula de conciencia debe regularla cada pa¨ªs en el ¨¢mbito de su normativa profesional, y en todo caso, deber¨ªa garantizarse que pueda ser respetada siempre que no afecte a la salud del paciente, porque hay momentos de emergencia m¨¦dica en que si el facultativo ejerce la cl¨¢usula de conciencia puede causar un da?o irreparable a terceros", dice Quintana.
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