La acusaci¨®n recurrir¨¢ el fallo de la discoteca Flying dadas las irregularidades probadas
Los abogados de la acusaci¨®n particular en el juicio por el incendio de la discoteca Flying de Zaragoza, ocurrido el 14 de enero de 1990 y en el que murieron 43 personas, basar¨¢n el recurso de la sentencia, que absuelve a los tres ¨²nicos procesados, en irregularidades probadas que recoge el fallo.
La juez Carmen Canfranc se?ala en la sentencia que "no se efectuaban revisiones anuales de la instalaci¨®n el¨¦ctrica" del local. "La ejecuci¨®n de los trabajos de adaptaci¨®n determin¨® la necesidad de adecuar el sistema de climatizaci¨®n, lo que se ejecut¨® sinla correspondiente autorizaci¨®n, instal¨¢ndose sin sectorizar conforme a la configuraci¨®n del local. Desde tales obras efectuadas en el a?o 1982 no se realiz¨® en la citada discoteca ninguna reforma, ampliaci¨®n o modificaci¨®n".
La juez a?ade como otra irregularidad observada que "no exist¨ªa manual de instrucciones para caso de emergencia". Sin embargo, estas irregularidades no son reprochables por la v¨ªa penal, en opini¨®n de la titular del juzgado n¨²mero 2 de lo Penal.
Algunos de los abogados de la -acusaci¨®n han anunciado que dirigir¨¢n sus acciones, al margen del recurso, contra otras personas distintas a las tres procesadas. Durante la vista oral, 15 abogados de la acusaci¨®n, de un total de 27, se retiraron- y anunciaron que se reservaban acciones civiles para procesar a t¨¦cnicos del Ayuntamiento de Zaragoza y del Gobierno aragon¨¦s. Estas acciones podr¨¢n ejecutarlas una vez que la Audiencia de Zaragoza se pronuncie sobre el recurso. Asimismo, el abogado de la acusaci¨®n, Juan Ernesto Palacios, present¨® una querella criminal, que ha sido admitida a tr¨¢mite, contra ocho personas no procesados en la actualidad.
Javier Gil, ex presidente de la asociaci¨®n de familiares de afectados por el incendio de la discoteca, dijo ayer en una conferencia de prensa que la sentencia sobre el caso, si llega a ser confirmada por la Audiencia Provincial, ser¨¢ el segundo punto negro de la justicia de Arag¨®n "tras el error judicial del Hotel Corona de Arag¨®n", informa Europa Press.
Causa del fuego
El punto m¨¢s conflictivo durante el juicio ha sido determinar la causa y el origen del fuego. Al respecto, la juez se?ala en la sentencia: "El incendio se produjo en el falso techo de la planta calle en una zona pr¨®xima a la puerta de emergencia, con una combusti¨®n incompleta lenta, lo que origin¨® gran cantidad de humo y de mon¨®xido de carbono, sin que haya podido determinar ni precisar ni el momento inicial, ni el origen ni la causa del mismo".
La juez absuelve a los tres procesados de un delito de imprudencia temeraria. Respecto al encargado del local, Francisco Lacruz, se?ala que cumpli¨® con sus obligaciones como encargado de la discoteca y a?ade que su actuaci¨®n desde el inicio de los hechos fue "coherente y diligente para evitar lo que result¨® irremediable".
La juez estima que al propietario del local, Faustino Mart¨ªnei, no se le puede imputar una conducta negligente por no observar las distintas normativas.
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