PSV y el empresario vasco Osinalde, enfrentados por la venta de un edificio
La sociedad IGS, controlada por la cooperativa de viviendas PSV del sindicato UGT, se enfrenta a un contencioso judicial por una demanda de mayor cuant¨ªa interpuesta por la sociedad Residencia San Ant¨®n por incumplimiento del pago por el antiguo colegio San Ant¨®n, en Madrid. Esta empresa, controlada por el empresario inmobiliario vasco Jos¨¦ Osinalde, demand¨® a IGS al dejar de cumplir ¨¦sta pagos por importe de 2.070 millones de pesetas, cifra a la que habr¨ªa que afiadir los intereses. IGS gan¨® el pasado 19 de mayo un primer juicio por incumplimiento de la ley hipotecaria, que le ha permitido mantener la propiedad del edificio.
La resoluci¨®n del juez destacaba que "no puede prosperar la acci¨®n de la ley hipotecaria mientras no se resuelva el contrato entre las partes". Ante ello, Osinalde decidi¨® presentar la demanda de mayor cuant¨ªa, tramitada por el abogado Jos¨¦ Luis de Vicente, del bufete Crisp¨ªn de Vicente, el 31 de julio de 1992. La querella fue admitida a tr¨¢mite por el Juzgado n¨²mero 54 de Primera Instancia de Madrid, que ocupa la jueza Comes Mu?oz. El pasado d¨ªa 16 los abogados de IGS se personaron ante la jueza, por lo que ahora el caso se encuentra en el periodo de respuesta.Residencia San Ant¨®n (denominaci¨®n que proviene del destino que se hab¨ªa decidido darle al edificio adquirido por Osinalde a los Padres Escolapios) interpuso la demanda al dejar de cumplir IGS en los plazos establecidos el pago de un total de 2.300 millones. IGS, seg¨²n la demanda, ¨²nicamente hizo efectivo el primer plazo por 230 millones. La demanda interpuesta solicita la resoluci¨®n e indemnizaci¨®n por da?¨ªos y perjuicios por importe de unos 325 millones o, subsidiaramente, el cumplimiento del contrato; es decir, el pago de los 2.070 millones restantes. A esta cifra habr¨ªa que a?adir otros 200 millones si IGS decidiera cambiar el uso que hab¨ªa decidido dar al edificio (centro de ense?anza para los cuadros de UGT). Asimismo, Osinalde pide intereses por da?os y perjuicios por un valor estimado de otros 150 millones.
El gerente de PSV, Carlos Sotos Pulido, asegur¨® a este peri¨®dico que hab¨ªa propuesto a la otra parte un acuerdo, seg¨²n el cual renunciaba a la propiedad del inmueble y solicitaba la devoluci¨®n de los 230 millones pagados y admit¨ªa descontar los intereses y el lucro cesante. Ambas partes se comprometieron a firmar dicho acuerdo antes del 22 de diciembre. El mi¨¦rcoles 23, seg¨²n los abogados de Residencia San Ant¨®n, Sotos no hab¨ªa dado ninguna se?al de vida por lo que decidieron seguir adelante en el proceso.
Campa?a pol¨ªtica
Sotos argumenta que el proceso forma parte de una campa?a pol¨ªtica, al tiempo que subraya que no implica ninguna dificultad para el desarrollo de las promociones de viviendas, que siguen su curso y para las que gestiona unos fondos de cooperativistas pr¨®ximos a los 75.000 millones. Sobre el asunto San Ant¨®n a?ade que no pag¨® el segundo plazo de la operaci¨®n porque no estaban escrituradas las acciones de la sociedad Residencia San Ant¨®n. Carlos Sotos asegura tambi¨¦n que IGS no pag¨® porque Residencia San Ant¨®n ten¨ªa en su patrimonio las acciones del diario El Independiente que eran propiedad de Osinalde "cuando en el contrato existe la condici¨®n de que la empresa no tiene que tener m¨¢s activos que los que se refieren al edificio" y que as¨ª se lo hizo saber a Osinalde. Fuentes del entorno de Osinalde, sin embargo, sostienen que las acciones del mencionado diario (hoy desaparecido) hab¨ªan sido enajenadas y que ¨²nicamente quedaba el edificio. Adem¨¢s de su incursi¨®n en el diario El Independiente, el empresario Jos¨¦ Osinalde ha participado en Madrid en otras operaciones inmobiliarias como las torres de Col¨®n y el Complejo Galaxia.
La historia del enfrentamiento entre IGS y Osinalde se remonta al 8 de noviembre de 1991 cuando Residencia San Ant¨®n otorg¨® escritura p¨²blica de compraventa del antiguo Colegio de San Ant¨®n (Hortaleza 69, Madrid), a favor de IGS. Ante la posibilidad de que Patrimonio ejerciera derecho de retracto al ser un bien incluido en el cat¨¢logo del Patrimonio Hist¨®rico Art¨ªstico y al no haberse notificado la intenci¨®n de venta a efectos de derecho de tanteo, ambas partes acordaron -a propuesta de IGS- disolver la compraventa (con fecha el 25 de enero de 1991) y sustituirla por un contrato privado para la venta de las acciones de Residencia San Ant¨®n.
Para formalizar el pago se estableci¨® un calendario con el pago de cinco letras sucesivas, de las que se satisfizo la primera (de 230 millones) y se demoraron las otras cuatro (la segunda, de 517,5 millones, venc¨ªa el 30 de junio de 1991). IGS propuso "volver al origen y efectuar nuevamente la compraventa del edificio", seg¨²n consta en carta enviada a Osinalde. En otra carta, IGS afirma estar buscando financiaci¨®n para hacer "una oferta de pago al contado".
Ante esta situaci¨®n, Residencia San Ant¨®n requiri¨® notarialmente el 25 de septiembre de 1991 a IGS socilitando contestaci¨®n sobre "si ha obtenido la financiaci¨®n suficiente para posibitar la compraventa del edificio, acredit¨¢ndolo documentalmente, realizando la oferta de pago al contado". IGS contest¨®, por conducto notarial, su decisi¨®n de suspender los pagos del edificio por la falta de escrituraci¨®n de las acciones. Despu¨¦s IGS propuso disolver el acuerdo y pidi¨® que se le devolvieran los 230 millones. Osinalde quiso devolverlos con una letra a un a?o sin aval, que IGS rechaz¨®. Posteriormente, Osinalde interpuso una demanda ampar¨¢ndose en la ley hipotecaria, que IGS gan¨®. Ahora queda por decidir la demanda de mayor cuant¨ªa.
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