Delito y consenso
EL PR?XIMO ingreso en prisi¨®n del ginec¨®logo Germ¨¢n S¨¢enz de Santamar¨ªa y de su ayudante, una vez confirmada por el Tribunal Supremo la condena a siete a?os de c¨¢rcel dictada por la Audiencia Provincial de M¨¢laga por un delito de aborto, plantea una vez m¨¢s los l¨ªmites de la soluci¨®n legislativa dada en 1985 a ese problema que afecta a unas 100.000 espafiolas cada a?o. El proyecto de C¨®digo Penal, pendiente de debate en el Parlamento, ampl¨ªa la vigente despenalizaci¨®n por grave peligro para la salud ps¨ªquica, de la embarazada a aquellos casos en que existe "un estado de angustia o ansiedad en la gestante y un pron¨®stico de riesgo para su salud".Es cierto que la flexibilizaci¨®n del supuesto y la supresi¨®n de requisitos -como la exigencia de que el m¨¦dico que dictamine sobre la situaci¨®n de la mujer sea distinto al que practica el aborto, determinante en la condena de M¨¢laga- significa un avance sobre el vigente C¨®digo Penal. Pero la decisi¨®n de abortar seguir¨¢ dependiendo del certificado que expida un m¨¦dico (no bastar¨¢ un psic¨®logo) y de la interpretaci¨®n judicial que, en casos conflictivos, lo avale. En todo caso, la mujer que se vea en la desagradable situaci¨®n de abortar tendr¨¢ que demostrar que est¨¢ angustiada o enferma de ansiedad, y si alguien la acusa de delito pro bablemente padecer¨¢ el suplicio de un proceso, aderezado de interrogatorios, vistas p¨²blicas y, siempre, del temor a terminar en la c¨¢rcel. Del mismo modo, los m¨¦dicos que acepten aliviar a las mujeres en ese delicado trance, si quieren librarse de condenas, tendr¨¢n que atender con mucho m¨¢s rigor a los requisitos legales que a los requerimientos de la interesada y actuar con el m¨¢ximo equilibrio cuando pretendan adaptar unos a otra, aunque razones de equidad les inclinen a prestar su ayuda.
La interpretaci¨®n generosa de la ley, realizada por algunos jueces, y la colaboraci¨®n de muchos fiscales, al no acusar -compensada a veces por los acusadores espont¨¢neos-, ha reducido la litigiosidad en materia de aborto, pero no ha solucionado el problema. El Gobierno ha elaborado su moderada ampliaci¨®n de la despenalizaci¨®n del aborto pensando m¨¢s que en el mejor y m¨¢s eficaz reme
dio para los problemas a resolver, en el acuerdo con las fuerzas pol¨ªticas situadas a su derecha y en una cierta neutralidad de la Iglesia. El consenso es conveniente, pero tal vez la cues ti¨®n est¨¢ mal planteada. Por una parte, la beligerancia de los obispos no es contra tal o cual procedimiento de encaje en el C¨®digo Penal, sino contra toda despenalizaci¨®n. Por otra, los conservadores rechazan cualquier ampliaci¨®n de los supuestos actuales con el mismo ¨¦nfasis que lo har¨ªan a una ley de plazos. Pero, sobre todo, la existencia de diferentes planteamientos filos¨®ficos y pol¨ªticos respecto al aborto no contradi ce la existencia de un ampl¨ªsimo consenso social con tra el tratamiento penal de ese problema, y en particular contra la consideraci¨®n como delincuentes de las mujeres que decidan, por las causas que sea, inte Irrumpir su embarazo.
Ese consenso no s¨®lo es constatable mediante las encuestas sociol¨®gicas, sino tambi¨¦n por la evidencia de que la existencia conocida de 100.000 abortos anuales, tres cuartas partes de los cuales no encajar¨ªan en los supuestos de la ley, no han suscitado, ni siquiera entre los partidos y fuerzas sociales opuestos a toda forma de interrupci¨®n del embarazo, iniciati vas tendentes a condenar a las mujeres que lo hayan hecho o a reforzar la vigilancia en las cl¨ªnicas en que se realizan, etc¨¦tera. Lo que indica, de un lado, que la opini¨®n p¨²blica est¨¢ mayoritariamente en posiciones m¨¢s tolerantes que la ley, y de otro, que hay un com ponente de hipocres¨ªa y oportunismo en los partidos opuestos a la adecuaci¨®n de la ley a la realidad.
Es cierto que puede haber un problema en la doctrina establecida en su d¨ªa por el Tribunal Constitucional respecto al concepto de vida en formaci¨®n; pero, aparte de que existen f¨®rmulas que permitir¨ªan superar esa dificultad, si el problema es jur¨ªdico, que se plantee como tal y no ampar¨¢ndose en la falta de consenso: la inmensa mayor¨ªa de los ciudadanos son contrarios a la investigaci¨®n, juicio y encarcelamiento de las mujeres que decidan abortar. Y eso s¨®lo est¨¢ garantizado por la despenalizaci¨®n del aborto sin otra limitaci¨®n que los plazos en que pueda realizarse.
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