Levantada la paralizaci¨®n del eje de la M-40 en Monteclaro
La pol¨¦mica construcci¨®n de la M-40 encuentra salidas jur¨ªdicas. La paralizaci¨®n de las obras durante 16 meses en un tramo que cruzaba la urbanizaci¨®n de lujo Monteclaro (Pozuelo de Alarc¨®n) ha sido levantada por la Audiencia Provincial. Los vecinos reclamaban como propios unos terrenos afectados, y un juzgado de Majadahonda les dio la raz¨®n en octubre de 1991. La Audiencia revoca ahora esa sentencia tras el recurso presentado por la Comunidad, que tiene sus m¨¢quinas dispuestas a trabajar esta semana.La pelea de los vecinos de Monteclaro contra la autov¨ªa de circunvalaci¨®n M-40 no ha sido para evitar su trazado, sino para modificarlo y sacar partido de las obras. Se cuestion¨® -jur¨ªdicamente y a distintos niveles- la apropiaci¨®n indebida de los terrenos y se critic¨® su enorme impacto ambiental al pasar la v¨ªa a escasos metros de los chal¨¦s.
El tramo pol¨¦mico se ce?¨ªa a una banda de un kil¨®metro de longitud, que forma parte de los 6,5 kil¨®metros de un eje que unir¨¢ en el futuro la carretera de La Coru?a desde El Pinar de Las Rozas con la de Castilla y la M-40. Las obras paralizadas se adjudicaron a la constructora Sacyr con un presupuesto de 2.300 millones y comenzaron en agosto de 1991. El plazo de ejecuci¨®n se fij¨® para mediados de 1994.
De dominio p¨²blico
Los vecinos, tras diversas movilizaciones, plantearon un interdicto de obra nueva para proteger "su posesi¨®n". La titular del Juzgado de Instrucci¨®n n¨²mero 1 de Majadahonda, Ana Valdemoro, orden¨® el 30 de octubre la paralizaci¨®n de las obras. La demanda se bas¨® en que la promotora de la urbanizaci¨®n (Levitt-Bosch Aymerich) hab¨ªa reconocido ante la Consejer¨ªa de Pol¨ªtica Territorial que "estos terrenos pertenecen a los actuales propietarios de la urbanizaci¨®n como elementos comunes peculiares".
La Comunidad de Madrid, con el apoyo de la constructora, plante¨® un recurso de apelaci¨®n que fue fallado el pasado viernes 6 de febrero a su favor. La Audiencia revoca la resoluci¨®n de la juez "en todos sus extremos" y alza "la suspensi¨®n de la obra".
En sus fundamentos, el fallo -sobre el que no cabe recurso ordinario- establece que "la adquisici¨®n, por la Administraci¨®n, del dominio de los terrenos discutidos se produjo ope legis [por ministerio de la ley] con todas sus facultades en la fecha de aprobaci¨®n del Plan [Parcial de Monteclaro, 1967] y, desde ese momento, los terrenos son y pertenecen al dominio p¨²blico" sin necesidad de expropiaci¨®n.
La Comunidad entiende que esta sentencia archivar¨¢ otras
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