Lucha infructuosa contra la expropiaci¨®n
Ruiz-Mateos impugna la ley por v¨ªas constitucionales, civiles y contencioso-administrativas
S¨®lo la jurisdicci¨®n militar y la laboral quedaron al margen de la mara?a de litigios en la que se encuentra envuelto, desde el 23 de febrero de 1983, Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Mateos, unas veces como acusado y la mayor¨ªa como demandante contra la expropiaci¨®n de Rumasa. La lucha jur¨ªdica, infructuosa, contra la expropiaci¨®n tiene como eje com¨²n la impugnaci¨®n de la ley expropiadora, tanto ante el Tribunal Constitucional como por las v¨ªas civil y contencioso-administrativa. Ruiz-Mateos ha fracasado tambi¨¦n fuera de Espa?a, y s¨®lo espera vencer en Estrasburgo.
Parad¨®jicamente, las principales acciones jur¨ªdicas contra la expropiaci¨®n de Rumasa no fueron directamente interpuestas por Ruiz-Mateos, aunque el empresario-consu bater¨ªa de sucesivos equipos de abogados- estuvo casi siempre detr¨¢s. El recurso de inconstitucionalidad contra el decreto-ley de 23 de febrero de 1983 fue presentado por Alianza Popular, y la ley que le sucedi¨®, a falta de un recurso similar -omisi¨®n no explicada suficientemente todav¨ªa-, fue cuestionada, a instancias de Ruiz-Mateos, por varios ¨®rganos judiciales en los numerosos pleitos del caso Rumasa.La sentencia del Tribunal Constitucional de 2 de diciembre de 1983 -que dividi¨® al alto tribunal en dos mitades desestim¨® el recurso contra el decreto-ley. Junto al presidente Manuel Garc¨ªa Pelayo -con voto de calidad-, votaron contra el recurso Jer¨®nimo Arozamena -vicepresidente y ponente-, ?ngel Latorre, Manuel Diez de Velasco, Francisco Tom¨¢s y Valiente y Luis D¨ªez Picazo.
"Decidir ya"
La decisi¨®n expropiatoria mediante decreto-ley fue avalada, entre otras razones, porque "la situaci¨®n, grave y extraordinaria" de Rumasa "obligaba a decidir ya". El voto particular suscrito por Gloria Begu¨¦, Francisco Rubio Llorente, Rafael G¨®mez Ferrer, Antonio Truyol Serra, ?ngel Escudero del Corral y Francisco Pera razon¨®, por el contrario, que la privaci¨®n del derecho fundamental de propiedad no puede constitucionalmente ', hacerse por decreto-ley.Las dudas judiciales sobre la ley fueron despejadas tambi¨¦n en sentido negativo. En la primera, la mayor¨ªa del alto tribunal decidi¨® el 19 de diciembre de 1986 que la ley expropiadora no vulneraba el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva. Disintieron del fallo los magistrados Rubio Llorente y Truyol Serra.
En la segunda, en la que se cuestionaba si la ley expropiadora vulneraba el principio de igualdad y el derecho de propiedad, la mayor¨ªa del alto tribunal resolvi¨® el 15 de enero de 1991 que la ley 7/1983 no se opone a ambos derechos, ya que, a la luz de los datos econ¨®micos existentes en el momento de dictarla, la expropiaci¨®n tuvo "una justificaci¨®n objet¨ªva y razonable".
Rubio Llorente -por tercera vez opuesto al procedimiento jur¨ªdico utilizado- y Jos¨¦ Gabald¨®n estimaron, en cambio, que la ley debi¨® declararse inconstitucional, ya que la privaci¨®n de la propiedad fue desproporcionada, cuando habr¨ªa bastado la mera intervenci¨®n del holding, amparada por el art¨ªculo 128.2 de la Constituci¨®n (curiosamente mencionado por la ley expropiadora, pero no utilizado).
La imposibilidad legal de que el afectado hiciera alegaciones con motivo de las cuestiones de inconstitucionalidad, permitieron a Ruiz-Mateos acudir ante la jurisdicci¨®n de Estrasburgo. La comisi¨®n dictamin¨® en febrero de 1992 a favor de tal queja y de la dilaci¨®n del proceso -al tiempo que rechazaba varias otras- y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos celebr¨® el 27 de enero ¨²ltimo la vista sobre ambas. La sentencia, en caso de ser favorable a Ruiz-Mateos, podr¨ªa desencadenar una revisi¨®n de las cuestiones de inconstitucionalidad con audiencia del afectado. Ruiz-Mateos pide dos billones de pesetas, mientras el Gobierno espa?ol estima que la publicaci¨®n de la sentencia ya ser¨ªa suficiente satisfacci¨®n.
Recuperar la posesi¨®n
En el origen del procedimiento ante Estrasburgo se encuentra otra de las v¨ªas jur¨ªdicas utilizadas por Ruiz-Mateos contra la expropiaci¨®n de Rumasa: la civil. Mediante interdictos [acci¨®n judicial para recuperar la posesi¨®n], Ruiz-Mateos reclam¨® las acciones expropiadas y logr¨® que el Tribunal Constitucional y el de Estrasburgo se ocuparan de la ley y de su caso. Resueltas las cuestiones, los ¨®rganos judiciales que plantearon las dudas se vieron obligados a desestimar la reclamaci¨®n de Ruiz-Mateos. Ante la pos¨ªbilidad de que la sentencia de Estrasburgo conduzca a tal recuperaci¨®n, uno de los abogados de Ruiz-Mateos, Salvador S¨¢nchez Pardo, manifest¨® a este peri¨®dico que tal soluci¨®n no interesa ya porque, dada la situaci¨®n de las empresas, carecer¨ªa de eficacia. De ah¨ª que pidan una indemnizaci¨®n.En otra v¨ªa judicial, la contencioso-administrativa, la Sala Tercera del Tribunal Supremo, a la que corresponde "unificar los criterios interpretativos divergentes" de dos ¨®rganos judiciales inferiores, inici¨® esta tarea en septiembre de 1991, mediante la denegaci¨®n de la reversi¨®n de la aseguradora Atlas, por entender que de la mera reprivatizac¨ª¨®n de una sociedad expropiada, no se deduce el incumplimiento de la finalidad social de la expropiaci¨®n, alegado por Ruiz-Mateos.
Fracasada la v¨ªa contencioso-administrativa, considerada ineficaz la civil, agotada la constitucional y a la espera de una probable victoria p¨ªrrica en Estrasburgo, las apelaciones de Ruiz-Mateos a la negociaci¨®n con el Gobierno son calificadas en fuentes gubernamentales como "ilusas" y en fuentes jur¨ªdicas como "pat¨¦ticas".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.