Asesinatos en masa y limpieza ¨¦tnica
La resoluci¨®n 808 aprobada ayer por unanimidad por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas permite la creaci¨®n, por primera vez desde el final de la Segunda Guerra Mundial, de un tribunal internacional para juzgar los cr¨ªmenes de guerra en el territorio de la antigua Yugoslavia. La ideal del tribunal internacional fue sugerida inicialmente por Francia, y a ella se sumaron posteriormente los dem¨¢s miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.Espa?a, miembro temporal del Consejo de Seguridad, vot¨® a favor de la resoluci¨®n, pero manifest¨® que hubiera preferido que se creara un tribunal penal con jurisdicci¨®n universal. Los apartados principales de esta hist¨®rica resoluci¨®n son los siguientes:
- Recordando la resoluci¨®n 771 se pide a todas las partes y otras implicadas en la antigua Yugoslavia, y a todas las fuerzas militares de Bosnia-Herzegovina, que cesen inmediatamente las violaciones de las leyes humanitarias internacionales.
- Habiendo considerado el informe de la comisi¨®n de expertos que observan que la decisi¨®n de establecer un tribunal internacional ad hoc en relaci¨®n con los sucesos de la antigua Yugoslavia es consecuente con la direcci¨®n de su trabajo.
- Expresando una vez m¨¢s su grave alarma por informes de asesinatos en masa y continuaci¨®n de la pr¨¢ctica de la limpieza ¨¦tnica.
- Determinado a poner l¨ªmite a estos cr¨ªmenes y a tomar medidas eficaces para llevar ante la justicia a los responsables de ellos.
- Convencido de que, en las circunstancias particulares de la antigua Yugoslavia, el establecimiento de un tribunal internacional contribuir¨ªa a la restauraci¨®n y el mantenimiento de la paz.
- Decide que un tribunal internacional sea establecido para el procesamiento de las personas responsables de las serias violaciones de las leyes internacionales humanitarias cometidas en el territorio de la antigua Yugoslavia desde 1991.
- Requiere al secretario general para que presente a consideraci¨®n del Consejo de Seguridad lo antes posible, y si es posible no despu¨¦s de 60 d¨ªas tras la adopci¨®n de esta resoluci¨®n, un informe sobre todos los aspectos de este asunto, incluyendo propuestas espec¨ªficas y opciones apropiadas para la efectividad y la r¨¢pida aplicaci¨®n de esta decisi¨®n
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