Anuladas las acusaciones contra Endesa por la 'lluvia ¨¢cida' de Castell¨®n
Todas las actuaciones judiciales instruidas desde el 16 de octubre de 1991 en el denominado caso Endesa -el juicio por delito ecol¨®gico m¨¢s importante que se sigue en Espa?a- han sido anuladas por la Audiencia de Castell¨®n debido a un error procesal. Esta decisi¨®n, que responde a un recurso de queja promovido por dos de los inculpados, retrasar¨¢. la apertura de la vista oral y deja moment¨¢neamente sin efecto las acusaciones del fiscal y la acci¨®n popular, as¨ª como el auto que obliga a Endesa -propietaria de la central t¨¦rmica de Andorra- a depositar una fianza de 5.000 millones de pesetas como responsable civil subsidiaria de la supuesta devastaci¨®n por lluvia ¨¢cida de m¨¢s de 200.000 hect¨¢reas de monte en Castell¨®n.El recurso de queja fue presentado por Jos¨¦ Luis Tor¨¢ Galv¨¢n, director general t¨¦cnico de Endesa desde 1984 a 1987, y por Jos¨¦ Luis Garc¨ªa Miguel, director desde 1978 de la central t¨¦rmica de Andorra. A ambos ejecutivos, junto a Feliciano Fuster y Rafael Miranda, presidente y director t¨¦cnico de la citada empresa p¨²blica, respectivamente, el ministerio p¨²blico les acusaba de haber provocado el discutido fen¨®meno de la lluvia ¨¢cida al permitir el aumento irregular de las emisiones contaminantes de la citada t¨¦rmica. Las penas por delito continuado contra el medio ambiente pueden superar los seis a?os de c¨¢rcel.
Error procesal
La decisi¨®n de la Secci¨®n Segunda de la Audiencia Provincial de Castell¨®n se basa en un error procesal cometido por el juzgado que instruye el caso. El Juzgado n¨²mero 1 de Vinar¨®s no notific¨® a los recurrentes el auto por el que se acord¨® continuar las actuaciones por los tr¨¢mites del procedimiento abreviado. Los magistrados consideran, acogi¨¦ndose a la doctrina del Tribunal Constitucional y a la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial, que esta omisi¨®n infringi¨® el principio de defensa y cre¨® indefensi¨®n. Esta visi¨®n es contraria a la mantenida por el juzgado instructor, que anteriormente hab¨ªa rechazado el recurso. El auto, que invalida formalmente las acusaciones, no cierra las puertas a futuras impugnaciones.
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