?Un general?
Durante el franquismo, la polic¨ªa del Estado fue contemplada como una parte m¨¢s del Ej¨¦rcito. Igualmente, el director general de la Guardia Civil deb¨ªa ser un general de divisi¨®n del arma de Infanter¨ªa.Sin embargo, las polic¨ªas municipales conservaron su tradicional car¨¢cter civil durante este periodo, pero no lograron eludir una militarizaci¨®n encubierta. As¨ª, fueron consideradas como un c¨®modo lugar de retiro para oficiales del Ej¨¦rcito y de la Guardia Civil, que ocuparon la mayor¨ªa de sus jefaturas.
A pesar de que la Constituci¨®n de 1978 realiz¨® una estricta separaci¨®n entre la polic¨ªa y las Fuerzas Armadas, con misiones bien distintas, la transici¨®n democr¨¢tica no trajo consigo cambios muy importantes con respecto al car¨¢cter de los cuerpos de seguridad.
La propia izquierda que tom¨® el poder en las municipales de 1979 continu¨® la vieja tradici¨®n de colocar militares en la jefatura de muchas polic¨ªas locales, s¨®lo que exigi¨¦ndoles un marchamo democr¨¢tico.
La nueva polic¨ªa local que naci¨® tras las reformas emprendidas en 1979, con mayores competencias y mucho m¨¢s profesionalizada, necesitaba mandos con una filosof¨ªa de direcci¨®n y con capacidades bien distintas a las que pose¨ªan los jefes militares. As¨ª, se fue potenciando la promoci¨®n interna de los polic¨ªas de base que ingresaron en la d¨¦cada de los ochenta, que inclu¨ªan un buen porcentaje de universitarios, o el acceso de miembros del extinto Cuerpo Superior de Polic¨ªa, de procedencia civil.
El t¨²nel del tiempo
Una vez reconducida la situaci¨®n, cuando las jefaturas castrenses en la polic¨ªa local, a no pasan de ser una situaci¨®n minoritaria y a extinguir, el gobierno municipal de Madrid pretende el retorno a la caverna, a trav¨¦s del nombramiento digital de un general como inspector jefe de la polic¨ªa municipal m¨¢s importante del pa¨ªs.
Dicho nombramiento, adem¨¢s de suponer un insulto para todos los profesionales de la polic¨ªa local, pues con ¨¦l se nos est¨¢ tildando de incapaces para asumir dicha responsabilidad, supone un grave error pol¨ªtico en el fondo e importantes ilegalidades en la forma.
Optar por la soluci¨®n militar para resolver los numerosos problemas de la Polic¨ªa Municipal significa una tremenda confusi¨®n conceptual, no conocer la experiencia policial madrile?a ni la espa?ola y apostar por una filosof¨ªa autoritaria para mantener la seguridad ciudadana. El profesor BaIlv¨¦ ya lo explicaba en un libro publicado en 1977: "Los militares pertenecen a una profesi¨®n con unos valores, con unos m¨¦todos y con unos fines que son completamente diferentes de los que debe tener la polic¨ªa. As¨ª, por ejemplo, los militares deben estar preparados (...) para la defensa del territorio, y , por tanto, para enfrentarse a otro Ej¨¦rcito. Para ello son necesarios una organizaci¨®n, unos medios, una disciplina y unos valores peculiares. Ahora bien, ¨¦stos est¨¢n en absoluta contradicci¨®n con otra profesi¨®n, la de polic¨ªa, cuyos fines no son los de enfrentarse con otro Ej¨¦rcito, sino los de garantizar los derechos fundamentales y la legalidad democr¨¢tica".
En el ¨¢mbito legal, la decisi¨®n del Partido Popular de Madrid, como todo nombramiento directo de funcionario p¨²blico que no sea cargo de confianza, adolece de ilegalidades. El art¨ªculo 33 de la Ley 4/ 1992, de Coordinaci¨®n de las Polic¨ªas Locales de la Comunidad de Madrid, prohibe expresamente la contrataci¨®n de funcionarlos interinos en estos cuerpos, al establecer que Ios polic¨ªas locales son funcionarios de carrera de los ayuntamientos respectivos...". Y el reglamento para el Cuerpo de Polic¨ªa Municipal del propio Ayuntamiento de Madrid, en su art¨ªculo 35, establece que "el acceso a las categor¨ªas de la escala t¨¦cnica de mando se realizar¨¢ mediante oposici¨®n libre o concurso-oposici¨®n...".
La Polic¨ªa Municipal de Madrid cuenta con unos 40 oficiales, muchos de ellos licenciados universitarios, y m¨¢s de un 5% de sus 5.000 componentes en todas las categor¨ªas jer¨¢rquicas cuentan con esa titulaci¨®n acad¨¦mica, que es la necesaria para acceder al empleo de inspector jefe del cuerpo. Otra posibilidad, contemplada por la Ley de Coordinaci¨®n (art¨ªculo 38), es ofertar la plaza a los funcionarios de la polic¨ªas locales de la Comunidad de Madrid por la v¨ªa de movilidad. ?Es que el gobierno municipal de Madrid piensa que ninguno de ellos cuenta con la capacidad y experiencia necesarias para asumir esa responsabilidad?
Jos¨¦ Francisco Cano de la Vega fue sargento de la Polic¨ªa Municipal de Madrid, est¨¢ afiliado a UGT y es jefe de la Polic¨ªa Local de San Fernando de Henares.
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