Negociar pluses individuales no va contra la libertad sindical, seg¨²n el Constitucional
Negociar incentivos individualmente con los trabajadores no atenta contra la libertad sindical, seg¨²n una sentencia de la sala primera del Tribunal Constitucional (TC). Este tribunal rechaza as¨ª el recurso de amparo interpuesto por UGT y CC OO.Telef¨®nica aprob¨® en junio de 1988 unas "medidas internas de gesti¨®n, dotaci¨®n de recursos extraordinarios" entre las que se encontraban unas gratificaciones temporales y un plus de disponibilidad que se negociaban individualmente. Los sindicatos presentaron procedimiento de conflicto colectivo por entender que era una pr¨¢ctica antisindical y ped¨ªan que se declarasen nulas por vulnerar el principio constitucional de fuerza vinculante de los convenios.
En julio de 1989 la Magistratura de Trabajo de Madrid dej¨® sin efecto la aplicaci¨®n del plus de disponibilidad "por suponer una alteraci¨®n de las condiciones de trabajo". En el mes de diciembre de 1989 la sala de lo social de la Audiencia Nacional consider¨® que "la argumentaci¨®n sobre el quebranto del derecho de libertad sindical se asienta sobre una base inconsistente". Los sindicatos interpusieron ante el Tribunal Constitucional un recurso de amparo contra estas dos sentencias por constituir las gratificaciones temporales y los pluses de disponibilidad "una pr¨¢ctica antisindical y vulnerar el derecho constitucional de libertad sindical".
Pero el Tribunal Constitucional ha desestimado este recurso de amparo para lo que recoge parte de las dos sentencias recurridas que dicen que "dichas medidas empresariales ni han sido fruto de un irresponsable poder de direcci¨®n, ni han sido impuestas a los trabajadores ni, finalmente, suponen un perjuicio de sus condiciones laborales sino todo lo contrario. Tales medidas tienen la finalidad de mejorar el servicio p¨²blico". El m¨¢ximo tribunal a?ade que el convenio colectivo "no es el ¨²nico marco jur¨ªdico para regular las relaciones laborales en la empresa y la retribuci¨®n salarial puede pactarse extra convenio".
En los fundamentos jur¨ªdicos el TC explica que estos pluses son "gratificaciones adicionales a las previstas en la normativa colectiva, no contrarias a ¨¦stas y que, por ello, operan en un espacio libre de regulaci¨®n legal o contractual colectiva, y por ello abierto al ejercicio de la libertad de empresa y de la autonom¨ªa contractual". "Ni la voluntad empresarial al establecer estas gratificaciones, ni la voluntad individual de los trabajadores al aceptarlas, pueden entenderse modificaci¨®n, alteraci¨®n o desconocimiento de lo pactado por el convenio colectivo [ ...] lo que excluye la existencia de una conducta contraria al convenio colectivo que por su trascendencia pudiera calificarse como antisindical y lesiva del derecho de libertad sindical", explica el texto de la sentencia.
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
?Tienes una suscripci¨®n de empresa? Accede aqu¨ª para contratar m¨¢s cuentas.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Tribunal Constitucional
- Convenios colectivos
- Organismos judiciales
- V Legislatura Espa?a
- Negociaci¨®n colectiva
- Gobierno de Espa?a
- Tribunales
- Salarios
- PSOE
- Ministerios
- Legislaturas pol¨ªticas
- Gobierno
- Poder judicial
- Partidos pol¨ªticos
- Condiciones trabajo
- Relaciones laborales
- Administraci¨®n Estado
- Espa?a
- Trabajo
- Pol¨ªtica
- Administraci¨®n p¨²blica
- Justicia
- Ministerio de Trabajo y Econom¨ªa Social