Catedr¨¢ticos expertos en derecho fiscal cuestionan los procedimientos de la Agencia Estatal Tributaria
Los catedr¨¢ticos expertos en derecho fiscal que participan en el curso de la Universidad Internacional Men¨¦ndez y Pelayo (UIMP) sobre Sistema tributario y Constituci¨®n coincidieron en criticar los privilegios de la Administraci¨®n frente al contribuyente y cuestionaron la Agencia Estatal de Administraci¨®n Tributaria, creada en 1991 para asumir, entre otras, las tareas de la inspecci¨®n fiscal. Aparte de la discutida constitucionalidad de una entidad permanente creada por una ley de presupuestos, el ex ministro de Hacienda y director del curso, Jaime Garc¨ªa A?overos, plante¨® si la agencia estatal mejora la condici¨®n de contribuyentes de los ciudadanos. La respuesta generalizada fue negativa.
Juan Mart¨ªn Queralt critic¨® que la agencia estatal utilice criterios privados para reclutar funcionarios y obtener beneficios, ya que se financia con el 16% de lo recaudado. Fernando Vicente-Arche cit¨® un extenso trabajo universitario que mantiene la inconstitucionalidad de dicho ente p¨²blico/privado, al que calific¨® de "mezcolanza, h¨ªbrido y engendro". Fernando P¨¦rez Royo explic¨® que la agencia se cre¨® para "tener algo m¨¢s contentos a los inspectores" y evitar que desertaran y se convirtieran en asesores privados, pero consider¨® discutible el complemento de productividad que perciben.La exigencia legal espa?ola de que las reclamaciones tributarias se presenten ante ¨®rganos administrativos previamente antes de que pueda juzgarlas el poder judicial fue otro de los temas pol¨¦micos abordados.
Mart¨ªn Queralt se pronunci¨® a favor de la soluci¨®n francesa, que ha convertido en voluntaria la v¨ªa administrativa, mientras que en Espa?a, al ser obligatoria, atenta contra la tutela judicial efectiva sin dilaciones indebidas, porque supone un retraso de cuatro o cinco a?os en la resoluci¨®n judicial. Garc¨ªa A?overos justific¨® que se de opci¨®n a la Administraci¨®n a que rectifique sus errores, pero record¨® que la Constituci¨®n obliga a todos, por lo que "es viciosa e ilegal", dijo, "la pr¨¢ctica de los tribunales econ¨®mico-administrativos de decir que ellos no tienen competencia para aplicar la Constituci¨®n".
Jos¨¦ Manuel Tejerizo critic¨® la arbitrariedad permitida a la Administraci¨®n en los procedimientos tributarios, que vulnera los derechos constitucionales a la presunci¨®n de inocencia, a ser o¨ªdo, a conocer la acusaci¨®n y a defenderse. Record¨® que, con raz¨®n, la doctrina jur¨ªdica habla de que los sometidos a un procedimiento tributario son s¨²bditos, no ciudadanos. Otros privilegios que se reprocharon a la Administraci¨®n Tributar¨ªa fueron que no paga intereses de demora y que, cuando es condenada, s¨®lo paga despu¨¦s de que la sentencia sea firme, mientras que cuando es condenado el ciudadano por fraude al fisco, tiene que pagar intereses desde que se produjo la condena en primera instancia.
Represi¨®n del fraude
Uno de los escasos catedr¨¢ticos de Derecho Financiero y Tributario que pusieron el acento en la eficacia contra el fraude fiscal fue P¨¦rez Royo, quien aval¨® la represi¨®n, incluso penal, de los defraudadores a la Hacienda P¨²blica. Para ello defendi¨® una organizaci¨®n eficiente de la Administraci¨®n Tributar¨ªa, que convenza al ciudadano de que, en una importante proporci¨®n, el fraude ser¨¢ descubierto, en lugar de unas sanciones extremadamente duras y amenazantes que, en el fondo, son m¨¢s una confesi¨®n de impotencia que una adecuada represi¨®n. P¨¦rez Royo, ex diputado del PCE, acus¨® humor¨ªsticamente a sus colegas, m¨¢s cr¨ªticos, de ser "unos antiguos rojos que mantienen un v¨¦rtigo irrefrenable por la denuncia".Uno de estos catedr¨¢ticos, Jos¨¦ Juan Ferreiro Lapatza, critic¨® ayer con dureza la inseguridad jur¨ªdica que proporciona las normas tributar¨ªas, debido a su falta de certeza, porque "no es verdad", dijo, "que las leyes tributar¨ªas tengan que ser necesariamente complicadas". Atribuy¨® la incertidumbre legal a la intervenci¨®n de economistas, contables e inform¨¢ticos.
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