Justicia logra pactar con los jueces su r¨¦gimen disciplinario
Las tres asociaciones judiciales alcanzaron ayer un acuerdo con el Ministerio de Justicia sobre el borrador de reforma, de la Ley Org¨¢nica del Poder Judicial (LOPJ). El consenso, especialmente dificil en tome, al r¨¦gimen disciplinario de jueces y magistrados y al sistema de acceso a la carrera judicial, fue posible gracias a que Justicia se comprometi¨® a reformar en profundidad la LOPJ dentro de dos a?os. La reforma de ahora da al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) la competencia sobre selecci¨®n de jueces, actualmente atribuida a Justicia y reiteradamente reclamada por el consejo.El acuerdo logrado ayer se ha materializado en una quinta versi¨®n del texto de reforma urgente de la LOPJ, de 57 folios. En la negociaci¨®n final estuvieron presentes, por Justicia, el ministro Juan Alberto Belloch, y el director general Fernando Escribano; por la Asociaci¨®n Profesional de la Magistratura, su presidente Ram¨®n Rodr¨ªguez Arribas y su portavoz ?ngel Calder¨®n; por Jueces para la Democracia, Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, y por la Asociaci¨®n Francisco de Vitoria, Eduardo Perdiguero.
Seg¨²n varios de los participantes en la negociaci¨®n, suprimidas en anteriores versiones algunas faltas muy graves -como las censuras a las autoridades incluso con ocasi¨®n de resoluciones o las actuaciones comprometedoras para "la dignidad de la funci¨®n judicial o la credibilidad en la independencia del juez"-, quedaba otra figura discutida. El texto pactado ayer configura como falta muy grave "el incumplimiento consciente del deber de fidelidad a la Constituci¨®n (...), cuando as¨ª se apreciare en sentencia firme".
La receptividad de Justicia a las cr¨ªticas judiciales contrasta con la actitud de algunos dirigentes del PSOE, que han insistido repetidamente en disciplinar m¨¢s a los jueces y han defendido, en concreto, algunas de las faltas suprimidas. Sin embargo, el texto pactado incluye 13 faltas muy graves, mientras en la vigente LOPJ s¨®lo existen siete, y 15 faltas graves (actualmente son, 10). Entre las primeras destaca "la desatenci¨®n o el retraso injustificado y reiterado" en la funci¨®n judicial, "el incumplimiento del deber de secreto profesional" y "el abuso de la condici¨®n de juez para obtener un trato favorable e injustificado de autoridades, funcionarios o profesionales".
La selecci¨®n de jueces combina la oposici¨®n con la incorporaci¨®n de juristas hasta que se establezca "un nuevo r¨¦gimen de acceso en su futura reforma". Con tal texto se logr¨® el pacto.
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