Otro magistrado del constitucional cree contradictono no anular la "retenci¨®n"
Julio Diego Gonz¨¢lez Campos, magistrado del Constitucional, discrepa de la sentencia del alto tribunal sobre la ley Corcuera en lo que se refiere a la retenci¨®n policial sin garant¨ªas. Frente al criterio de la mayor¨ªa, el voto particular de Gonz¨¢lez Campos considera inconstitucional tal modalidad de privaci¨®n de libertad para identificaci¨®n, y denuncia "la contradicci¨®n interna que late en la sentencia" que anul¨® por unanimidad la llamada patada en la puerta, cuando "a¨²n m¨¢s justificado era, a mi parecer", dice, "declarar tambi¨¦n la inconstitucionalidad" de la retenci¨®n. Este voto y el del magistrado Carlos de la Vega, difundido el viernes ¨²ltimo, son los dos ¨²nicos que discrepan del fallo.
Gonz¨¢lez Campos razona que, una vez que la mayor¨ªa del alto tribunal, de acuerdo con lo que establece el art¨ªculo 17 de la Constituci¨®n, calific¨® el art¨ªculo 20.2 de la ley Corcuera como un supuesto de "privaci¨®n de libertad", el respeto a la Constituci¨®n "deber¨ªa haber conducido a declarar su inconstitucionalidad y consiguiente nulidad". Los argumentos de Gonz¨¢lez Campos se nutren de la doctrina sostenida por el Constitucional durante sus 13 a?os de existencia.
Garant¨ªas
Gonz¨¢lez Campos rechaza que la retenci¨®n para identificaci¨®n sea equiparable a supuestos como el de la prueba de la alcoholemia, ya que en tal caso el Constitucional ha declarado que no se trata de una "privaci¨®n de libertad", todo lo contrario de lo que hace respecto al art¨ªculo 20.2 de la ley Corcuera. En consecuencia, estima que la retenci¨®n exige el respeto de todas las garant¨ªas constitucionales previstas para la detenci¨®n, entre ellas la fijaci¨®n del tiempo m¨¢ximo de privaci¨®n de libertad.Gonz¨¢lez Campos estima que el criterio de la mayor¨ªa, al considerar "suficiente" la referencia al "tiempo imprescindible", "deja abierto el problema de la fijaci¨®n del tiempo m¨¢ximo ( ... ), con el riesgo evidente de que pueda interpretarse que el 'tiempo imprescindible' para la diligencia de identificaci¨®n puede llegar hasta las 72 horas".
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