Incentivos para el coleccionista
En abril de 1991, los galeristas espa?oles cerraron las puertas de sus salas en protesta por la modificaci¨®n de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio de 1986, aprobada unos d¨ªas antes. Los galeristas consideraban que las obras de arte deber¨ªan quedar excluidas de los bienes a declarar con fines fiscales. La ley exig¨ªa que cada propietario declarara cada a?o todas las obras de arte y objetos de m¨¢s de cien a?os valoradas seg¨²n un peritaje. Las obras de arte de menos de cien a?os que tuvieran un valor en el mercado de siete millones o m¨¢s deber¨ªan ser declaradas en el Inventario General del Patrimonio, lo que las sacaba del mercado libre de arte porque su venta desde entonces estaba sujeta a una serie de complicados tr¨¢mites.
La nueva redacci¨®n del art¨ªculo 26 de la Ley de Patrimonio, que pasar¨¢ pr¨®ximamente a Consejo de Ministros, actualiza el baremo econ¨®mico que regula la tenencia de obras de arte y lo sit¨²a en 15 millones. "Esto va a agilizar mucho el mercado de arte, sobre todo el contempor¨¢neo", dice Juana de Aizpuru, vicepresidenta de la Asociaci¨®n de Galeristas. "Hoy en d¨ªa cualquier obra de un artista m¨¢s o menos razonable cuesta siete millones de pesetas, y este tope obstaculizaba una venta fluida. La nueva cifra permitir¨¢ que las obras de menor precio no tengan que declararse y las de ese valor entran a formar parte del inventario, con lo que tampoco estar¨¢n gravadas. Es un gran avance para nosotros y nos ha costado mucho".
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