Tributaci¨®n y a empresa familiar
EMILIO ALBILas empresas familiares suelen ser m¨¢s competitivas, -aunque tienden a mantenerse en un tama?o peque?o y con problemas de financiaci¨®n, seg¨²n el autor, quien subraya las dificultades que existen en la transmisi¨®n intergeneracional.
La apertura internacional de la econom¨ªa espa?ola obliga a dar preferencia al tema de la competitividad empresarial. La internacionalizaci¨®n econ¨®mica supone un reto fundamental y un cambio b¨¢sico respecto de crisis anteriores. Resulta, por tanto, necesario acercarse desde esta perspectiva a la fuerte recesi¨®n econ¨®mica que nos afecta y a los intentos de fomentar la creaci¨®n de empleo.La pregunta ?cu¨¢l es el papel del Estado en una econom¨ªa avanzada? se est¨¢ realizando en todos los pa¨ªses de la OCDE y requiere contestaciones claras y urgentes. Las pr¨¢cticas presupuestarias laxas, la carencia de suficiente coordinaci¨®n y corresponsabilidad fiscal entre las administraciones espa?olas, y la falta de renovaci¨®n de la gesti¨®n p¨²blica, son causa del escaso rigor financiero de nuestro sector p¨²blico. La tributaci¨®n empresarial necesita reformas que nos acerquen a Europa y mejoren la posici¨®n competitiva del empresario espa?ol. Dentro de estas reformas tributarias merecen una atenci¨®n especial las que se refieren a la empresa familiar, tanto la grande como la del sector de las pyme.
Estudios realizados acerca de la relaci¨®n entre propiedad, gesti¨®n y resultados empresariales ponen de manifiesto que las empresas familiares son m¨¢s eficientes y aprovechan mejor las oportunidades que les ofrece el mercado. La empresa familiar se beneficia de una gesti¨®n peculiar que la hace ser m¨¢s flexible y que la ayuda a competir ventajosamente en los mercados. Constituye una de las fuentes principales de crecimiento y creaci¨®n de empleo.
Si la empresa familiar es m¨¢s eficiente, aunque de dimensi¨®n sub¨®ptima, se cuenta con un buen agente en el campo de la competitividad de la empresa espa?ola. Sin embargo, la empresa familiar tiene unos problemas diferenciales en el sistema fiscal espa?ol. Problemas que entorpecen su crecimiento, dificultan su gesti¨®n y ponen serios obst¨¢culos a la transmisi¨®n empresarial entre generaciones.
Los problemas diferenciales en el sistema impositivo espa?ol pueden clasificarse en dos grupos. El primero se refiere a las dificultades que surgen en la propia tenencia de los patrimonios, debidas al impuesto sobre el patrimonio y al r¨¦gimen de transparencia fiscal, al igual que al tratamiento de la doble tributaci¨®n de dividendos. El segundo engloba los temas de la transmisi¨®n intergeneracional de los patrimonios por los efectos del impuesto sobre sucesiones y donaciones.
El impuesto sobre el patrimonio genera una carga fiscal adicional sobre la tenencia de patrimonios empresariales que, dependiendo de su rentabilidad, puede ser muy alta y:
- Obliga, en determinadas circunstancias, a las empresas familiares a repartir dividendos excesivamente grandes para que sus socios puedan pagar los impuestos, planteando problemas graves en los casos en que existan p¨¦rdidas, beneficios bajos, o se necesite destinar los beneficios a reservas para la financiaci¨®n empresarial (el tema de la financiaci¨®n v¨ªa reservas es b¨¢sico en la empresa familiar).- Puede incrementar el tipo impositivo marginal muy por encima del 70% para las adiciones patrimoniales, lo que en el caso empresarial quiere decir que destinar beneficios a reservas llega a estar gravado extremadamente, y sit¨²a el tipo impositivo marginal (y medio) en el 70% para cualquier renta adicional. Hay que subrayar este hecho de que el tipo medio de la tributaci¨®n espa?ola sobre la renta alcanza el 70%.
- Origina casos donde el l¨ªmite impositivo iguala o supera al 100% de la renta obtenida, produciendo efectos obviamente confiscatorios. El Gobierno ha tenido en cuenta estos efectos, proponiendo una exenci¨®n del impuesto sobre el patrimonio de determinados "bienes empresariales" en el proyecto de la denominada ley ¨®mnibus. A este respecto, ?por qu¨¦ no se eximen los bienes de los profesionales, ejerzan individualmente o en forma societaria? O ?por qu¨¦ se olvida a los c¨®nyuges que, en gananciales, pueden tributar por la mitad de esos activos? En la vertiente de la exenci¨®n de participaciones empresariales en sociedades, el proyecto desconoce la realidad de las empresas familiares. Por ejemplo, las participaciones empresariales pueden ser directas o indirectas y as¨ª hay que reconocerlo en la ley. Como otro ejemplo, no han de considerarse s¨®lo las participaciones de una persona, sino las del grupo familiar, ya que de otra manera surgen situaciones peculiares donde unas personas tienen sus participaciones exentas y otras no. Hay que subrayar que se trata de eximir de tributaci¨®n -a los activos productivos, no a las personas. Estas y otras limitaciones del proyecto de ley sugieren que debe modificarse en el debate parlamentario, si se quiere alcanzar -el objetivo de que estos activos productivos queden exentos.En cuanto al r¨¦gimen de transparencia fiscal, las sociedades familiares espa?olas tienden a estar incluidas en el mismo, lo cual no ocurre en el ¨¢mbito de la CE. Los grupos familiares act¨²an con frecuencia a trav¨¦s de sociedades holding que poseen las acciones de las dem¨¢s empresas, para, entre otras razones, que sea en la sociedad holding donde se debatan y acuerden los posibles intereses contrapuestos de los familiares. Adem¨¢s, las sociedades holding se utilizan para reasignar recursos de inversi¨®n dentro del grupo, para realizar nuevas inversiones o concluir alianzas con otras empresas, siendo una buena herramienta de gesti¨®n empresarial.
Las sociedades holding pueden caracterizarse, en general, como transparentes, a no ser que, disponiendo directamente, al menos, del 50% de los derechos de voto en otras, dirijan y gestionen el conjunto de las actividades empresariales de ¨¦stas mediante la correspondiente organizaci¨®n de medios personales y materiales. Al imputarse a los socios residentes en Espa?a todos. los resultados de la holding transparente, ¨¦stos se gravan a un tipo que puede alcanzar el 70%. En este sentido, la sociedad holding puede ser capaz de reinvertir s¨®lo un 30% del beneficio, ya que, como se imputa a los socios la totalidad del mismo, ser¨¢ preciso una distribuci¨®n del 70% para que los socios no tengan que a?adir dinero para pagar sus impuestos.
En una comparaci¨®n internacional, la transparencia fiscal se utiliza s¨®lo de forma general en lo que podremos denominar sociedades de personas. Tambi¨¦n, en ocasiones, en las sociedades puras de cartera, o de participaci¨®n en rentas pasivas (intereses, c¨¢nones), con caracter¨ªsticas de interpuestas o de, por ejemplo, cinco o menos part¨ªcipes. En otros casos la transparencia fiscal es una opci¨®n voluntaria para evitar el doble gravamen de los dividendos.
La correcci¨®n de la doble imposici¨®n de dividendos es otro aspecto donde el sistema fiscal espa?ol no punt¨²a altamente en una comparaci¨®n internacional. Eliminando los casos de B¨¦lgica, Luxemburgo y Holanda, que no corrigen la doble imposici¨®n, Espa?a es el pa¨ªs comunitario que menos mitiga este problema.
Si, por ¨²ltimo, pasamos a la transmisi¨®n de patrimonios por herencia o donaci¨®n, puede detectarse en el estudio del derecho comparado diferentes ventajas comparativas. Por ejemplo, que el impuesto sea a cargo del transmitente, con lo que la base de la transmisi¨®n se reduce y, por tanto, el impacto impositivo (Reino Unido o Francia). Otro ejemplo ser¨ªa la exenci¨®n de las donaciones si a los siete a?os el donante no ha muerto (Reino Unido), o la reducci¨®n de un -25% del impuesto si el donante se encuentra entre sus 65 y 75 a?os (Francia). El relieffor business property brit¨¢nico supone una reducci¨®n del 50% del valor, en la base imponible del impuesto sucesorio, de las acciones no cotizadas que proporcionan m¨¢s de un 25% de los derechos de voto. La utilizaci¨®n del trust y de otras posibilidades de la legislaci¨®n mercantil, en el mundo anglosaj¨®n, tambi¨¦n ofrecen determinadas ventajas. El Pa¨ªs Vasco y Navarra facilitan la transmisi¨®n a un muy reducido, o nulo, coste fiscal.
Estos beneficios atienden, en lo fundamental, a las dificultades que surgen en la transmisi¨®n intergeneracional de patrimonios empresariales donde la materializaci¨®n de los valores en activos productivos no posibilita la liquidez necesaria para el pago del impuesto.
En la Hacienda p¨²blica espa?ola, el objetivo de convergencia con Europa y de fomento de la competitividad empresarial, ha de ser el elemento b¨¢sico. Para alcanzar este objetivo son tres, a mi juicio, los criterios que deben estar presentes en la realizaci¨®n de cambios fiscales:
- Fomentar la competitividad de la empresa espa?ola.
- Tener en cuenta la internacionalizaci¨®n de la econom¨ªa espa?ola y las restricciones fiscales europeas.
- Aumento del ahorro.
El intento es conseguir que la recaudaci¨®n se alcance con costes menores; recaudar de forma diferente. Nos encontramos con una restricci¨®n presupuestaria clara y con la necesidad de lograr la recaudaci¨®n tributaria con costes menores de eficiencia. Nuestra integraci¨®n europea nos obliga a una disciplina financiera de car¨¢cter macroecon¨®mico, a manejar preferentemente la pol¨ªtica fiscal en vez de la monetaria y a estimular la competitividad empresarial.
Si queremos vivir mejor y competir internacionalmente es necesario formentar los proce¨¢os de ahorro e inversi¨®n, tanto en lo privado como en lo p¨²blico. El aumento del empleo, por ejemplo, tiene en esos procesos el m¨¢s s¨®lido punto de partida, adem¨¢s de necesitar de la moderaci¨®n salarial y de un mercado de trabajo reformado. La revisi¨®n del Estado del bienestar, a la luz de los est¨ªmulos y desest¨ªmulos que origina, puede dejar espacio a mayores gastos de formaci¨®n de capital social (infraestructuras, educaci¨®n, sanidad) realizados con criterios estrictos de coste- beneficio. La tensi¨®n, inevitable, entre la demanda de gasto p¨²blico y las restricciones presupuestarias puede suavizarse por la v¨ªa de un aumento de la eficiencia de la actuaci¨®n p¨²blica y con m¨¦todos de gesti¨®n renovados.
Las empresas familiares suelen ser m¨¢s competitivas, aunque tienden a mantenerse en un tama?o no suficientemente grande, con problemas de financiaci¨®n. Tienen vocaci¨®n de permanencia y se desarrollan en la econom¨ªa productiva. Al mismo tiempo, la empresa familiar experimenta dificultades en su transmisi¨®n intergeneracional, proceso que en Espa?a se puede producir con intensidad en los pr¨®ximos a?os. El sistema fiscal agrava estas dificultades. Por el contrario, un tratamiento fiscal adecuado de la empresa f¨¢rniliar, grande opyme, mejorar¨ªa la competitividad y redundar¨ªa en la creaci¨®n de empleo.
Emilio Albi es catedr¨¢tico de Hacienda p¨²blica y presidente de Albi, S¨¢nchez y asociados.La tributaci¨®n empresarial necesita que nos acerquen a Europa y mejoren la oposici¨®n del empresario espa?ol.
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