El Consejo de Europa aprobar¨¢ en 1994 el primer tratado internacional sobre bio¨¦tica
El acuerdo recoge las normas para la protecci¨®n de la identidad g¨¦netica humana
La Convenci¨®n Europea sobre Bio¨¦tica ha entrado en su recta final. As¨ª lo ha asegurado el presidente de la Comisi¨®n de Bio¨¦tica del Consejo de Europa, el espa?ol Octavio Quintana, que calcula que el texto ser¨¢ aprobado a finales de 1994. La Convenci¨®n sobre Bio¨¦tica ser¨¢ el primer tratado internacional destinado a fijar las condiciones y l¨ªmites de la aplicaci¨®n de los avances m¨¦dicos y biol¨®gicos e incluir¨¢ una serie de normas para la protecci¨®n del ser humano y su identidad gen¨¦tica. A esta convenci¨®n deber¨¢n adaptarse las legislaciones nacionales de los pa¨ªses firmantes.
La Convenci¨®n lleva negoci¨¢ndose desde hace varios a?os. Las diferencias entre pa¨ªses y confesiones, y la presi¨®n de los lobbys econ¨®micos, particularmente de laboratorios y empresas de biotecnolog¨ªa, hab¨ªan impedido desbloquear hasta ahora el proyecto en discusi¨®n. Pero la creciente demanda de una regulaci¨®n internacional ha facilitado ahora el acuerdo. "La convenci¨®n es no s¨®lo necesaria, sino urgente", afirma Octavio Quintana. "Se est¨¢n ya produciendo situaciones extra?as porque hay pa¨ªses con una legislaci¨®n muy restrictiva, al lado de otros muy permisivos. Estas diferencias pueden dar lugar a una especie de turismo bio¨¦tico en que investigadores o personas interesadas en determinadas terapias vayan a hacer en otros pa¨ªses lo que no les est¨¢ permitido en el suyo". Por ejemplo, clonar embriones."El rechazo suscitado por la reciente clonaci¨®n de embriones humanos inviables es una demostraci¨®n de que la sociedad considera intolerables algunas aplicaciones m¨¦dicas y que reclama una reglamentaci¨®n internacional sobre esta materia", afirma el diputado espa?ol Marcelo Palacios, comisionado para asuntos de bio¨¦tica por encargo de la asamblea parlamentaria del Consejo de Europa.
Embriones
La necesidad de consenso ha obligado a sortear la cuesti¨®n m¨¢s comprometida, la relativa a la protecci¨®n del embri¨®n. ?Puede ser utilizado como objeto de investigaci¨®n no terap¨¦utica el embri¨®n producido por fecundaci¨®n in vitro? ?Es l¨ªcito crear embriones con el ¨²nico objetivo de someterlos a investigaci¨®n m¨¦dica? Una parte de los representantes de la comisi¨®n de bio¨¦tica, en la que participan todos los pa¨ªses del Consejo de Europa, consideran que el embri¨®n es un ser humano desde su concepci¨®n y, por lo tanto, no puede ser destruido ni utilizado como objeto de investigaci¨®n no terap¨¦utica. Otros pa¨ªses, en cambio, permiten la investigaci¨®n en embriones hasta el decimocuarto d¨ªa de desarrollo. Algunos s¨®lo autorizan la investigaci¨®n en los embriones creados para procreaci¨®n, siempre que sean inviables, mientras que otros autorizan incluso la creaci¨®n de embriones con la ¨²nica finalidad de investigar sobre ellos."Las diferencias son tan importantes que ha sido imposible llegar a un acuerdo total. Por eso hemos optado por incluir en la convenci¨®n algunos aspectos generales, y dejar su desarrollo para un futuro protocolo", explica Octavi Quintana. La convenci¨®n dejar¨¢ expl¨ªcitamente a las legislaciones nacionales la decisi¨®n de autorizar la investigaci¨®n sobre embriones, aunque establecer¨¢ una restricci¨®n general: la investigaci¨®n s¨®lo podr¨¢ realizarse en embriones de menos de 14 dias.
En el resto de los puntos se ha alcanzado ya un acuerdo. El primero, que "el inter¨¦s del ser humano prevalecer¨¢ siempre sobre el inter¨¦s de la ciencia y de la sociedad". Ello excluye cualquier medida de signo coercitivo, por ejemplo, posibles intentos de selecci¨®n general para determinar quienes padecen una enfermedad, cuesti¨®n de la m¨¢xima importancia en tiempos del sida. Adem¨¢s, ninguna intervenci¨®n podr¨¢ ser efectuada sobre una persona sin su consentimiento, libre e informado.
Tambi¨¦n establece que ni el patrimonio gen¨¦tico ni el cuerpo humano deben ser objeto de comercio ni fuente de lucro. Proclama claramente la libertad de la ciencia para investigar, pero afirma que ¨¦sta debe estar siempre subordinada a los derechos de la persona. Por ejemplo, los de libertad e intimidad: "Una persona tiene el derecho a conocer o ignorar las informaciones obtenidas sobre su estado de salud". Particularmente importante es el derecho a la intimidad gen¨¦tica, pues las nuevas t¨¦cnicas biom¨¦dicas permiten desarrollar la llamada medicina predictiva, capaz de pronosticar si una persona sufrir¨¢ en el futuro una determinada enfermedad.
La convenci¨®n aborda con una soluci¨®n de compromiso la intervenci¨®n sobre el genoma humano. Hay acuerdo en que s¨®lo se podr¨¢ intervenir sobre el ADN, la macromol¨¦cula que contiene toda la informaci¨®n gen¨¦tica de la persona, para curar alguna enfermedad, pero no se podr¨¢ tocar para la simple investigaci¨®n.
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