Expediente disciplinario a la direcci¨®n
El Banco de Espa?a ultima un expediente disciplinario a Banesto as¨ª como a sus ¨®rganos de administraci¨®n y direcci¨®n, destituidos el 28 de diciembre. Mientras tanto, el ex presidente de la entidad, Mario Conde, present¨® ayer su dimisi¨®n como primer ejecutivo de la Corporaci¨®n Industrial Banesto, en carta enviada al nuevo presidente, Alfredo S¨¢enz.La dimisi¨®n era esperada por el nuevo equipo directivo de la entidad, y fue aceptada inmediatamente. Sin embargo, todav¨ªa no se ha nombrado al nuevo responsable del grupo industrial del banco intervenido. En fuentes de Banesto se da por hecho que el nuevo nombramiento ir¨¢ acompa?ado de toda una serie de cambios en los consejos de administraci¨®n de las empresas participadas del grupo, en los que permanecen muchos de los consejeros del banco destituidos el 28 de diciembre.
En cuanto al expediente del Banco de Espa?a, su fundamento son todas las pr¨¢cticas de la gesti¨®n del equipo de Mario Conde, descritas con exquisita cautela, excepcionalmente adjetivadas, por el gobernador Luis ?ngel Rojo. En la mayor¨ªa de los casos de anteriores intervenciones bancarias se ha seguido el mismo esquema. S¨®lo las circunstancias de las fiestas de fin de a?o explican que a la medida de destituci¨®n fulminante no siguiese, inmediatamente, la apertura del citado expediente disciplinario.
La obtenci¨®n de resultados mediante "artificios contables", seg¨²n una expresi¨®n que forma parte del argot del banco emisor, el d¨¦ficit de fondos de provisi¨®n para insolvencias sobre riesgos crediticios de dudoso cobro, las minusval¨ªas en la cartera de valores, otros saneamientos necesarios, adquisici¨®n de acciones del propio banco mediante personas interpuestas, operaciones de autocartera, dificultades en la transparencia y falta de veracidad de la situaci¨®n patrimonial y otros puntos forman parte de lo que ser¨¢ el pliego de cargos del expediente que afectar¨¢ a Conde y sus directivos.
B¨¢sicamente, se trata de tipificar, conforme a las circulares del Banco de Espa?a, los hallazgos de la inspecci¨®n bancaria, resumidos en su informe de finales de septiembre pasado. El art¨ªculo 12 de la Ley de Disciplina se?ala que adem¨¢s de la sanci¨®n que corresponda imponer a la entidad por la comisi¨®n de infracciones muy graves se pueden imponer las siguientes sanciones: multa a cada uno de ellos por importe no superior a diez millones; suspensi¨®n en el ejercicio del cargo por plazo no superior a tres a?os; y separaci¨®n del cargo, con inhabilitaci¨®n para ejercer cargos de administraci¨®n o direcci¨®n en la misma entidad de cr¨¦dito, por un plazo m¨¢ximo de cinco o diez a?os. Las sanciones de separaci¨®n del cargo son simult¨¢neas con la multa.
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