El Parlamento Europeo propone un consejero en cada empresa para combatir el acoso sexual
El representante deber¨ªa tener igual protecci¨®n que el comit¨¦ de empresa
El Parlamento Europeo est¨¢ decidido a l¨ªderar una cruzada contra el acoso sexual el trabajo. Los eurodiputados aprobaron ayer una resoluci¨®n, iniciativa de la diputada de Izquierda Unida Teresa Domingo, que pide a los Estados miembros que obliguen a las empresas a incluir en su reglamento interno medidas de prevenci¨®n y acompa?adas de sanciones para evitar y castigar estas conductas. Propone tambi¨¦n la creaci¨®n de una nueva figura en las empresas: un consejero encargado de combatir estos casos y de proteger tanto a las v¨ªctimas de las agresiones como a los testigos.
El Parlamento Europeo sostiene que el acoso sexual constituye un atentado a la igualdad de oportunidades en materia profesional y es no s¨®lo un agravio contra la dignidad de la persona, sino que acarrea tambi¨¦n un descenso de la productividad y un coste suplementario de la gesti¨®n del personal.La resoluci¨®n aprobada ayer por el Pleno en el hemiciclo de Estrasburgo es una iniciativa de la diputada espa?ola Teresa Domingo, de Izquierda Unida. El acuerdo, que ha logrado el respaldo de los grandes grupos del Parlamento Europeo, propone que la designaci¨®n de este consejero sea fruto de un acuerdo entre la direcci¨®n de la empresa y los representantes de los trabajadores y que, si fuera necesario, contemplara la colaboraci¨®n de las inspecciones de trabajo competentes en la materia. En las peque?as y medianas empresas y en las cooperativas agrarias, donde la figura del consejero tiene menos posibilidades de constituirse debido a la falta de medios, se propone que las funciones sean aseguradas por las corporaciones locales.
Figura femenina
Seg¨²n la resoluci¨®n, las mujeres est¨¢n mejor situadas que los hombres para desempe?ar este cargo porque constituyen el mayor n¨²mero de v¨ªctimas de los acosos y, por consiguiente, "son m¨¢s capaces de desarrollar un clima de confianza y de comprensi¨®n mutua". El consejero deber¨ªa tener las mismas garant¨ªas de trabajo que los miembros del comit¨¦ de empresa para evitar represalias y salvaguardar su independencia.Sus atribuciones no deber¨ªan limitarse a las consultas de las v¨ªctimas, sino que tendr¨ªan que incluir tambi¨¦n acciones de prevenci¨®n, informaci¨®n y sensibilizaci¨®n de los trabajadores sobre las diferentes formas de abuso de autoridad en materia sexual, as¨ª como de los medios de recurso, tanto a nivel de empresa como a nivel judicial, seg¨²n los eurodiputados. La propuesta de la diputada espa?ola va acompa?ada de una detallada descripci¨®n de este problema, tanto en las empresas europeas como en las de Estados Unidos y Jap¨®n.
Seg¨²n el informe, el perfil de las personas acosadas en el trabajo se encuentra en evoluci¨®n. Por ejemplo, ahora empieza a notarse que muchas veces hay acoso sexual sin que haya relaciones de jerarqu¨ªa entre las personas de una misma empresa o de un mismo servicio. En innumerables ocasiones, el acoso ocurre entre compa?eros del mismo nivel jer¨¢rquico e incluso "de parte del acosador existe cierto gozo al atacar a una persona que ya tiene poder en la empresa", se?ala el texto.
Entre los casos m¨¢s frecuentes, las mujeres que corren mayor riesgo son las divorciadas o separadas, las trabajadoras reci¨¦n incorporadas al mercado laboral, las mujeres solteras o con contrato de trabajo irregular, las que ocupan un empleo no tradicional o que trabajan en ambientes predominantemente masculinos, las mujeres con minusval¨ªas, las que pertenecen a minor¨ªas raciales y las homosexuales.
El acoso puede incluir observaciones sugerentes, flirteos ofensivos, fotograf¨ªas incitantes en el trabajo, miradas maliciosas o toqueteos innecesarios, se?alan los diputados. Seg¨²n el informe de Teresa Domingo, entre el 15% y el 30% de empleadas sufren tentativas de acoso, lo que tiene tambi¨¦n sus incovenientes para la propia empresa, al perjudicar el rendimiento: fruto del acoso es el incremento del absentismo, estr¨¦s y disminuci¨®n de la: productividad y de la motivaci¨®n.
En el informe se considera la legislaci¨®n actual "harto insuficiente" adem¨¢s de muy poco unificada. En Jap¨®n, por ejemplo, el acoso no est¨¢ definido legalmente y el empresario no est¨¢ obligado por ninguna disposici¨®n determinada. En Estados Unidos, la definici¨®n se basa en la jurisprudencia, se puede recurrir a la jurisdicci¨®n civil y el empresario est¨¢ obligado a adoptar medidas preventivas eficaces.
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