El ministro de Econom¨ªa, dispuesto a revisar la contabilidad para ajustarse a las exigencias del Tribunal de Cuentas
El ministro de Econom¨ªa, Pedro Solbes, afirm¨® ayer que ha planteado a los diferentes ministerios que expongan las alegaciones oportunas ante las precisiones que ha hecho el Tribunal de Cuentas por haber aplicado de forma incorrecta los criterios de contabilidad. Seg¨²n Solbes, "estamos m¨¢s bien ante un tema t¨¦cnico que se resolver¨¢ sin demasidas dificultades. "No estamos hablando para nada de ocultaciones de cifras sino de contabilidad diferente", dijo.El ministro, preguntado sobre la posibilidad de cambiar los m¨¦todos de contabilidad, contest¨® que "no necesariamente hay que cambiarlo", aunque admiti¨®: "Tenernos que ver todav¨ªa si la interpretaci¨®n que hemos hecho de la legislaci¨®n actual es correcta, y si no es as¨ª y tiene raz¨®n el Tribunal analizaremos en qu¨¦ medida es necesario modificar las actuales pr¨¢cticas contables".
[El portavoz del Grupo Socialista en el Congreso y ex ministro de Econom¨ªa, Carlos Solchaga, neg¨® la existencia de irregularidades en la contabilidad p¨²blica de 1990 (con ¨¦l al frente del departamento), informa Efe. Solchaga afirm¨® que "el Gobierno siempre ha aplicado los criterios contables de la Intervenci¨®n General del Estado de manera aut¨®noma e independiente.]
El coordinador de la Comisi¨®n Mixta del Tribunal de Cuentas, el socialista Fernando Gimeno, desminti¨® ayer "rotundamente" la existencia de un d¨¦ficit de 1,4 billones de pesetas no reconocido en el presupuesto de 1990, como mantuvo anteayer en el Congreso el presidente de este tribunal, Adolfo Carretero. Seg¨²n Gimeno, la contabilidad nacional (que mide tanto las obligaciones como los derechos reconocidos) recoge todos los gastos e ingresos del ejercicio.
Seg¨²n Gimeno, no se trata de cantidades que est¨¦n "debajo de la alfombra", sino de que "el Tribunal de Cuentas no est¨¢ de acuerdo con algunos aspectos de la normativa contable en vigor". A?adi¨® que el tribunal de Cuentas "debe diferenciar entre la aplicaci¨®n de las normas y la opini¨®n que ¨¦stas le merecen".
El diputado socialista explic¨® que "hasta el ejercicio de 1990 las diferencias entre el Tribunal de Cuentas y la Intervenci¨®n General del Estado se deb¨ªan a que el primero consideraba que los intereses devengados y no vencidos de la deuda deb¨ªan imputarse en el ejercicio de devengo y no a su vencimiento". A?adi¨® que "el criterio normativo. obliga a que estos intereses se computen en el vencimiento". Lo mismo pasaba, dijo, "en las devoluciones de impuestos".
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