Extradiciones m¨¢s f¨¢ciles
UNA DE las causas del desentendimiento habido entre Espa?a y Francia respecto de las extradiciones de activistas de ETA ha sido el desigual trato penal dado en ambos pa¨ªses a determinadas manifestaciones delictivas del terrorismo. Con la inclusi¨®n en el nuevo C¨®digo Penal franc¨¦s del delito de pertenencia a banda armada, al que se despoja de la motivaci¨®n pol¨ªtica que se le atribu¨ªa hasta ahora, la legislaci¨®n francesa no s¨®lo se equipara en este punto a la espa?ola, sino a la general europea.La nueva norma ya ha producido sus primeros efectos: la extradici¨®n a Espa?a del miembro de ETA Oroitz Salegi por su pertenencia a la organizaci¨®n terrorista, acordada por el Tribunal de Apelaci¨®n de Par¨ªs. Pero la decisi¨®n de la justicia francesa es importante, sobre todo, por la jurisprudencia que sienta. A partir de ahora ser¨¢ m¨¢s f¨¢cil conseguir la extradici¨®n a Espa?a de los jefes de ETA a los que no se ha podido relacionar con ning¨²n atentado en concreto, pero sobre los que existen pruebas de su pertenencia a la direcci¨®n de la banda.
No cabe minimizar, pues, la trascendencia de esta decisi¨®n jur¨ªdica. Por las posibilidades que abre en el terreno de la cooperaci¨®n antiterrorista entre dos Estados democr¨¢ticos como Francia y Espa?a y por ser fruto de la enorme evoluci¨®n pol¨ªtica registrada en el seno de la sociedad francesa respecto a ETA. La retirada del estatuto de refugiado pol¨ªtico a los miembros de la organizaci¨®n terrorista fue el primer aviso de que, llegado el momento, tendr¨ªan que responder de sus cr¨ªmenes ante la justicia espa?ola. La reciente decisi¨®n de la justicia francesa elimina los ¨²ltimas trabas que imped¨ªan llevar hasta sus ¨²ltimas consecuencias esta posibilidad. En las democracias europeas es un anacronismo seguir manteniendo la ficci¨®n del delito pol¨ªtico respecto de cr¨ªmenes cometidos al amparo de una bandera.
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