Sab¨ªa decisi¨®n
EL MINISTRO de Justicia e Interior, Juan Alberto Belloch, ha tomado una decisi¨®n sabia: no aventurarse en una nueva redacci¨®n del c¨¦lebre art¨ªculo 21.2 de la Ley de Seguridad Ciudadana, conocido como el de la patada en la puerta, tras su anulaci¨®n por el Tribunal Constitucional hace seis meses. O sea, que, adem¨¢s de inconstitucional, ese art¨ªculo al que el ex ministro Corcuera, patrocinador de la ley asociada a su nombre, atribuy¨® un papel poco menos que crucial en la lucha contra el narcotr¨¢fico y la delincuencia en general, es irrelevante a los efectos de poner en pr¨¢ctica una pol¨ªtica eficaz en la lucha contra el tr¨¢fico de drogas.Con buen sentido, el sucesor de Corcuera en el cargo ha reconocido algo dicho por activa y por pasiva desde diversos ¨¢mbitos durante la tramitaci¨®n de la ley: que el concepto de delito flagrante, como causa de entrada policial en los domicilios sin la autorizaci¨®n del juez, est¨¢ ampliamente desarrollado en la Constituci¨®n y en la jurisprudencia de los tribunales, "por lo que intentar reproducir por la v¨ªa normativa lo que es ya una doctrina clara es simplemente innecesario".
A las Fuerzas de Seguridad del Estado no se les priva, pues, de ning¨²n medio que antes no tuvieran en la lucha contra la delincuencia. Y a los ciudadanos se les garantiza que ninguna decisi¨®n pol¨ªtica o administrativa m¨¢s o menos arbitraria va a burlar el inequ¨ªvoco mandato de la Constituci¨®n sobre la inviolabilidad de sus domicilios.
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