El Constitucional anula la expulsi¨®n de un argelino decidida por un tribunal
El Tribunal Constitucional ha anulado la expulsi¨®n del territorio nacional del argelino Omar Ras Lograhw, acordada por un juzgado de Barbastro (Huesca), en sustituci¨®n de unas penas por delitos menores. La sala primera del alto tribunal ha fundamentado su sentencia en el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva del recurrente, vulnerado por el juez al no darle oportunidad de formular alegaciones sobre su expulsi¨®n.
La sentencia resuelve el recurso de amparo que fue visto en audiencia p¨²blica el pasado 11 de julio -la quinta celebrada en los 14 a?os de funcionamiento del tribunal-, contra la decisi¨®n del juzgado, avalada por la Audiencia Provincial de Huesca, de sustituir las penas de 14 meses de c¨¢rcel por la expulsi¨®n. Tal medida se decidi¨® en aplicaci¨®n del art¨ªculo 21.2 de la ley de Extranjer¨ªa, seg¨²n la cual "si el extranjero fuera condenado por delito menos grave y en sentencia firme, el juez o tribunal podr¨¢ acordar, previa audiencia de aqu¨¦l, su expulsi¨®n del territorio nacional como sustitutiva de las penas que le fueran aplicables".
El Constitucional, en una sentencia de la que ha sido ponente su presidente, Miguel Rodr¨ªguez-Pi?ero, considera no discutible la constitucionalidad de la medida, pero se?ala que no se cumplieron los requisitos legales exigidos, ya que no se trataba de una sentencia firme ni se concedi¨® audiencia al interesado. Razona que no basta con que se le diera la ¨²ltima palabra en el juicio, ya que era preciso, adem¨¢s, permitirle formular alegaciones sobre la expulsi¨®n, para que el ¨®rgano judicial pudiera ponderar los valores en juego.
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