Espa?a defiende en la UE el control de capitales contra el blanqueo de dinero
El Servicio Jur¨ªdico del Estado y la Fiscal¨ªa de la Audiencia Nacional han defendido la pasada semana ante el Tribunal de Justicia de la Uni¨®n Europea (UE), en Luxemburgo, la legislaci¨®n espa?ola sobre control de capitales, como medio de prevenir la evasi¨®n fiscal o el blanqueo de dinero procedente del narcotr¨¢fico o del terrorismo. "Espa?a no ha conseguido en los ¨²ltimos a?os que terroristas; narcotraficantes y defraudadores es hayan pedido una sola autorizaci¨®n para exportar capitales" ironiz¨® el abogado del Estado para justificar que no se trata de controlar a quienes cumplen con la legalidad.
La legislaci¨®n espa?ola sobre control de capitales fue cuestionada por el juez de lo penal de la Audiencia Nacional, ?ngel Cald¨¦r¨®n, en el proceso contra Aldo Bordessa, un italiano detenido en noviembre de 1992 en la aduana de La Junquera cuando se dispon¨ªa a salir a Francia con 50 millones de pesetas escondidos en su propio coche.Tras la vista en la Audiencia Nacional y antes de dictar la correspondiente sentencia, el juez plante¨® al Tribunal de Luxemburgo si la reglamentaci¨®n espa?ola se opon¨ªa a las normas comunitarias. Cinco meses despu¨¦s, volvi¨® al plantear la misma pregunta cuando fue detenido en Francia un matrimonio espa?ol, Vicente Mar¨ª y Concepci¨®n Barbero, con 38 millones de pesetas en billetes. La reglamentaci¨®n espa ?ola exige una "declaraci¨®n previa" si la cantidad de dinero a exportar es superior a un mill¨®n de pesetas. Si el importe excede de cinco millones, se exige previamente una "autorizaci¨®n administrativa". El incumplimiento de estos requisitos comporta. sanciones en funci¨®n de la cantidad exportada, que pueden llegar a penas de privaci¨®n de libertad.
Para la Comisi¨®n Europea, ni el Tratado de Roma ni la Directiva sobre libre circulaci¨®n de capitales se oponen a un sistema de control "declarativo" en el que quede constancia del movimiento de capital y de la identidad del declarante. Sin embargo, la Comisi¨®n Europea apreci¨® que la Directiva "se opone a un sistema de control basado en una autorizaci¨®n previa, aplicable de forma general a toda exportaci¨®n de moneda".
Autorizaci¨®n previa
En la vista celebrada el pasado 4 de octubre en Luxemburgo, los representantes espa?oles defendieron que el mantenimiento de la autorizaci¨®n previa a la exportaci¨®n de m¨¢s de cinco millones de pesetas no se opone al Tratado de la Uni¨®n Europea ni a la directiva sobre libre circulaci¨®n de capitales.
El fiscal de delitos econ¨®micos de la Audiencia Nacional, Florentino Ort¨ª, record¨® que otra directiva comunitaria sobre blanqueo de capitales obliga a los Estados a velar para que no se utilicen las entidades financieras en el lavado de dinero procedente de actividades il¨ªcitas. A?adi¨® que Espa?a mantiene un elevado nivel de fraude fiscal y que el narcotr¨¢fico y el terrorismo inciden directamente en la seguridad colectiva del Estado espa?ol, pero tambi¨¦n en la de toda la Uni¨®n Europea.
El abogado del Estado espa?ol, Miguel Bravo-Ferrer, asegur¨® que "si los narcotraficantes, terroristas y defraudadores de impuestos no vislumbran otras amenazas que una simple sanci¨®n administrativa, que incluso pueden pagar con parte del dinero que trasladan y cuya propiedad conservan, es evidente que hasta puede serles rentable el riesgo. Si, por el contrario, el dinero es decomisado; el correo, detenido, y se permite una investigaci¨®n adecuada, podr¨ªamos decir que al menos las armas se equilibran", a?adi¨® Bravo-Ferrer.
La sentencia del tribunal de Luxemburgo se dictar¨¢ en febrero o marzo del pr¨®ximo a?o.
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