Inhabilitaci¨®n pol¨ªtica de hasta diez a?os para los altos cargos que violen el r¨¦gimen de la ley de incompatibilidades
El Consejo de Ministros estudiar¨¢ hoy un proyecto de ley para endurecer las incompatibilidades de los altos cargos y castigar a quienes las incumplan. El caso Rold¨¢n demostr¨® que no se controlan las incompatibilidades ni se sanciona a los infractores.El texto elaborado por Administraciones P¨²blicas extiende el r¨¦gimen de incompatibilidades (limitado hasta ahora a ministros, secretarios de Estado, subsecretarios y asimilados) a todos los cargos nombrados por el Consejo de Ministros y establece la incompatibilidad total con cualquier actividad privada, salvo la administraci¨®n de su propio patrimonio.Los altos cargos no podr¨¢n tener participaciones superiores al 10% en empresas que contraten con la Administraci¨®n, ni directamente ni a trav¨¦s de su c¨®nyuge e hijos. La incompatibilidad para trabajar en el mismo sector en el que han tenido responsabilidades se extender¨¢ hasta dos a?os despu¨¦s del cese.
Tampoco podr¨¢n gestionar directamente sus valores o activos financieros, que ser¨¢n administrados por una entidad supervisada por la Comisi¨®n Nacional del Mercado de Valores, los presidentes, directores y cargos de confianza de las entidades p¨²blicas de cr¨¦dito y sociedades estatales de intermediaci¨®n financiera. Se aplicar¨¢ as¨ª a los directivos de Argentaria y el ICO, entre otros organismos, el sistema previsto en la ley de autonom¨ªa del Banco de Espa?a para su gobernador y subgobernador.
El proyecto prev¨¦ que quienes incumplan la ley -bien por realizar actividades prohibidas, bien por no presentar en plazo o falsear las declaraciones de actividades y bienes- ser¨¢n castigados con la inhabilitaci¨®n para el ejercicio de todo cargo pol¨ªtico, adem¨¢s de devolver el dinero indebidamente cobrado. La inhabilitaci¨®n pol¨ªtica, de entre tres y diez a?os en los casos m¨¢s graves, es un nuevo tipo de sanci¨®n, distinta de la inhabilitaci¨®n para el ejercicio de cargos p¨²blicos que se reserva al C¨®digo Penal.Quienes incumplan el r¨¦gimen de incompatibilidades se enfrentar¨¢n, adem¨¢s, a la reprobaci¨®n p¨²blica, pues la Inspecci¨®n General de Servicios de la Administraci¨®n P¨²blica informar¨¢ peri¨®dicamente al Parlamento sobre el cumplimiento de sus obligaciones por los altos cargos.
El registro de bienes de altos cargos, ya existente, se ampliar¨¢ para incluir copias de las declaraciones de renta y patrimonio. Ser¨¢ obligatorio presentar la declaraci¨®n de bienes en los tres meses posteriores al nombramiento y en los tres meses siguientes al cese; adem¨¢s de una vez al a?o y siempre que el patrimonio se incremente en m¨¢s de tres millones de pesetas.
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