La divulgaci¨®n de escuchas ilegales ser¨¢ castigada con penas de prisi¨®n y multa
El pleno del Congreso acord¨® ayer por unanimidad, a propuesta de CiU, agravar las penas para quienes realicen escuchas telef¨®nicas ilegales, y modific¨® con este objeto el C¨®digo Penal. Adem¨¢s, quien divulgue o revele el contenido de las escuchas podr¨¢ ser condenado a penas de prisi¨®n y multa. La reforma deber¨¢ pasar por el Senado y, en caso de tener enmiendas, regresar¨¢ a la C¨¢mara baja para su aprobaci¨®n final. Los diputados dieron tambi¨¦n luz verde a la Ley de Protecci¨®n de Testigos.
El agravamiento de las penas aprobado ayer supone una triple direcci¨®n. Por una parte, para las autoridades, funcionarios p¨²blicos o agentes que sin autorizaci¨®n judicial intercepten "cualquier telecomunicaci¨®n o utilizaren artificios t¨¦cnicos de escucha, transmisi¨®n, grabaci¨®n o reproducci¨®n del sonido o de la imagen".Para estos supuestos se establecen penas de prisi¨®n menor en grado medio (la prisi¨®n menor se fija entre seis meses y un d¨ªa a seis a?os) e inhabilitaci¨®n especial entre ocho a?os y un d¨ªa a diez a?os. Si adem¨¢s el funcionario revelara la informaci¨®n obtenida, se le impondr¨¢ la pena de prisi¨®n menor en su grado m¨¢ximo y la inhabilitaci¨®n estar¨¢ entre los 10 a?os y un d¨ªa y los 12 a?os. .
En segundo lugar, se ha reformado. el art¨ªculo 497 bis del C¨®digo Penal, que establece penas de prisi¨®n menor en grado medio y multa de 100.000 a un mill¨®n de pesetas para cualquier ciudadano, no funcionario, que incurra en los mismos supuestos anteriores. Los particulares que, adem¨¢s, divulguen o revelen lo descubierto podr¨¢n ser castigados con prisi¨®n menor en grado m¨¢ximo, es decir, seis a?os, y multa de hasta cinco millones.
Por fin, el tercer supuesto que ayer introdujo el Congreso en el C¨®digo Penal sanciona al que "sin haber tomado parte en su descubrimiento y con conocimiento de su origen il¨ªcito" divulgue o revele lo que ha descubierto. Para este caso, las penas impuestas ser¨¢n de prisi¨®n menor en grado m¨ªnimo y multa de entre 100.000 a un mill¨®n de pesetas.
El pleno tambi¨¦n aprob¨®, con car¨¢cter definitivo, la llamada Ley de Protecci¨®n de Testigos, que trata de asegurar la protecci¨®n policial y el anonimato a los testigos que colaboren con la justicia. La ley proced¨ªa del Senado por iniciativa del grupo vasco y ayer se introdujo una enmienda al texto de la C¨¢mara alta, propuesta por el diputado del PP Francisco Javier Pe¨®n, quien argument¨® que podr¨ªa ser inconstitucional el mantener oculta la identidad de los testigos incluso durante la vista oral, tal y como establec¨ªa el texto.
Con acuerdo de todos los grupos se lleg¨® a una transaci¨®n por la que la identidad del testigo podr¨¢ ser revelada si alguna de las partes lo solicita del juez, aunque s¨®lo se facilitar¨¢ su nombre y apellidos sin que puedan proporcionarse otros datos que conduzcan a su identificaci¨®n.
La ley protege a los testigos y peritos que sufran amenazas de forma que se les d¨¦ protecci¨®n oficial y se prohiba, incluso, la difusi¨®n de su imagen. En casos excepcionales, el texto legal prev¨¦ que se podr¨¢ facilitar una nueva identidad al testigo y medios econ¨®micos para que pueda cambiar su residencia y su trabajo habitual.
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