Una ley forestal madrile?a impedir¨¢ construir en 70.000 hect¨¢reas de montes privados
Cerca de 70.000 nuevas hect¨¢reas de montes madrile?os de propiedad privada quedar¨¢n pronto inmunizadas a los ladrillos y al cemento bajo el influjo protector de la futura Ley Forestal.El anteproyecto de las nuevas normas fue presentado ayer por la Agencia del Medio Ambiente (AMA) de la Comunidad y se espera que hoy sea convertido en proyecto de Ley por el Consejo de Gobierno. El texto impone un r¨¦gimen de protecci¨®n especial a estas 69.544 hect¨¢reas de patrimonio vegetal privado. De esta manera, estar¨¢n bajo la misma tutela que 85.163 hect¨¢reas de montes de utilidad p¨²blica y otras 63.995 hect¨¢reas que, siendo privadas, ya est¨¢n contempladas en las distintas leyes que custodian los Espacios Naturales de la regi¨®n.
En total, el 27% de la Comunidad (218.702 hect¨¢reas, que incluyen el monte de El Pardo) quedar¨¢ catalogado en las futuras normas forestales bajo un "r¨¦gimen especial de protecci¨®n", lo que significa que estos terrenos no podr¨¢n perder su condici¨®n de suelo no urbanizable (no se puede construir en ellos) a no ser que una nueva ley regional modifique en el futuro a la que ahora se cursa.
El consejero de Cooperaci¨®n Virgilio Cano, que present¨® la ley, inform¨® que se espera que el texto sea ratificado por el parlamento regional en los pr¨®ximos meses, antes de que termine la presente legislatura (a finales de mayo).
Cano inform¨® que la ley surgi¨® de las nuevas necesidades legislativas establecidas por el Plan Forestal, presentado por la Comunidad el pasado 30'de mayo. La normativa dar¨ªa as¨ª cobertura legal aun plan que prev¨¦ plantar 200 millones de ¨¢rboles en los pr¨®ximos 45 a?os (con una inversi¨®n de 83.700 millones de pesetas) y convertir en un bosque la mitad de la regi¨®n.
El director de la AMA, Arturo Gonzalo Aizpiri, destac¨® que se elimina el "car¨¢cter residual" de estos espacios. "La desfasada Ley de Montes de 1957 consideraba suelo forestal a aquellos terrenos en los que no se pod¨ªa ejercer la agricultura", dijo.
Autoridad de los agentes
La Ley incluye un cat¨¢logo de los montes de r¨¦gimen especial y hace hincapi¨¦ (T¨ªtulo III del texto) en que "la Comunidad de Madrid procurar¨¢ incrementar su propiedad forestal".Otro punto importante se contempla en el T¨ªtulo X de la ley. All¨ª se especifica que "el personal que tenga atribuidas funciones de vigilancia de los montes, y en particular los Agentes Forestales, tendr¨¢ consideraci¨®n de agente de la Autoridad". De esta forma, los hechos constatados por los forestales tendr¨¢n car¨¢cter probatorio, es decir, no se necesitar¨¢ un acta de inspecci¨®n de otro agente de la autoridad.
En cuanto a las sanciones, la Ley establece en el art¨ªculo 102 (proporcionalidad) que en ning¨²n caso la multa correspondiente -el m¨¢ximo es de 50 millones de pesetas- ser¨¢ inferior al beneficio obtenido con la infracci¨®n.
Los or¨ªgenes de la Ley Forestal se remontan a un proyecto elaborado en 1990 por la Asociaci¨®n Ecologista de Defensa de la Naturaleza (Aedenat): la Ley de Protecci¨®n de las ?reas de Dehesa, Bosque y Matorral Mediterr¨¢neo. Este embri¨®n legal, conocido como la Ley de los Encinares, fue adoptado y presentado por IU aquel mismo a?o.
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