Filesa revive
UNA PROVIDENCIA del juez Barbero en respuesta a una solicitud del abogado de la acusaci¨®n popular -el pr¨®fugo Jos¨¦ Mar¨ªa Ruiz-Mateos- ha servido para que nos enteremos de que el magistrado sopesa la posibilidad de procesar al vicesecretario general del PSOE, Alfonso Guerra. La diligencia ha proporcionado dos pistas interesantes sobre los pasos en que anda Marino Barbero para desentra?ar la madeja de Filesa: por una parte, parece no aceptar que la autoinculpaci¨®n universal de Galeote sea la frontera ¨²ltima de responsabilidad en el caso, y apunta ya al n¨²mero dos socialista, en su condici¨®n de jefe de la campa?a para las elecciones generales de 1989; por otra, considera que el eventual delito de Guerra lo ser¨ªa contra la ley electoral. Es poco probable, sin embargo, que haya acertado en la v¨ªa elegida para progresar en la escala de las responsabilidades. Pues no parece f¨¢cil establecer un nexo entre la concreta responsabilidad de Guerra en la campa?a y lo que dicha ley considera delito.La opini¨®n p¨²blica conoce pruebas abrumadoras sobre la naturaleza de Filesa como parte de una trama destinada a enmascarar como pagos por servicios prestados lo que eran donaciones encubiertas al PSOE. Pero recibir aportaciones privadas para financiar una campa?a no es en s¨ª mismo delito. Lo es no respetar los l¨ªmites m¨¢ximos y dem¨¢s condiciones marcadas por la ley de financiaci¨®n de los partidos. Y tambi¨¦n puede serlo falsear las cuentas a efectos de lo dispuesto en la ley electoral sobre control de las partidas destinadas a financiar las campa?as. Es eso lo que debe dilucidar la investigaci¨®n iniciada por Marino Barbero hace ya cuatro a?os.
Su providencia alude a la eventual comisi¨®n por parte de Alfonso Guerra de "un delito electoral y otros". A reserva de lo que pueda contener ese gen¨¦rico otros, no est¨¢ claro de qu¨¦ delitos electorales pueda acusarse personalmente a Guerra. De los 11 art¨ªculos de la ley electoral dedicados a los "delitos electorales", s¨®lo el 149 -sobre falsificaci¨®n de las cuentas- podr¨ªa guardar alguna relaci¨®n con sus actividades como coordinador de la campa?a. Pero para deducir la existencia de delito habr¨ªa que demostrar que esa concreta responsabilidad es equivalente a la de administrador de la campana a que alude dicho art¨ªculo.
El propio Guerra neg¨® el jueves, por televisi¨®n, haber tenido cualquier relaci¨®n con la administraci¨®n econ¨®mica de la campa?a, y no parece f¨¢cil probar lo contrario: u n partido no es una sociedad mercantil (como a veces parece pensar Barbero); resulta veros¨ªmil que el coordinador de la campa?a se dedique a dise?ar los aspectos pol¨ªticos de la misma, sin ocuparse expresamente de la financiaci¨®n.
Otra cosa es la responsabilidad pol¨ªtica. La especializaci¨®n de Guerra como jefe del aparato del partido y coordinador de la campa?a hace dif¨ªcil de creer que no supiera nada de Filesa. Pero eso es algo ajeno a la investigaci¨®n judicial. Dilucidarlo, con arreglo a las pautas propias de la pol¨ªtica, ser¨ªa la funci¨®n de una comisi¨®n parlamentaria. Sin embargo, la de "in vestigaci¨®n y estudio" sobre la financiaci¨®n de los partidos no ha podido avanzar ni un mil¨ªmetro m¨¢s all¨¢ de constatar que todos ellos hab¨ªan recurrido a m¨¦todos il¨ªcitos de captaci¨®n de fondos. Las acusa ciones mutuas se neutralizaron entre s¨ª, y ni uno solo de los comparecientes directamente relacionados con las tramas respectivas admiti¨® las evidencias amplia mente conocidas por el p¨²blico.
Esas personas saben que declaraciones suyas ante la comisi¨®n podr¨ªan convertirse en piezas incriminatorias para el proceso penal, sin las garant¨ªas propias del ¨¢mbito judicial. Pero como el juez avanza a paso. de tortuga, no hay sustanciaci¨®n de responsabilidades penales ni esclarecimiento de las pol¨ªticas. Y las de Guerra pertenecen seguramente a este segundo campo.
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