El fiscal recurre la prohibici¨®n de que la SER haga comentarios sobre Garc¨ªa
Un juez desestima otra demanda del periodista de la COPE
La Fiscal¨ªa de Madrid ha enviado un escrito al juzgado de primera instancia n¨²mero 42 de la capital, en el que solicita el alzamiento de las medidas cautelares dictadas por aqu¨¦l. En ellas se requiere al periodista Jos¨¦ Ram¨®n de la Morena, director del programa deportivo El Larguero, y a la cadena SER, para que se abstengan de "cualesquiera expresiones que signifiquen calificaci¨®n de Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa", director de deportes de la COPE.La Fiscal¨ªa, que dirige Mariano Fern¨¢ndez Bermejo, ha actuado de oficio en este caso. Estima que las medidas dictadas por el juez Eduardo Delgado son contrarias al derecho fundamental a la libertad de expresi¨®n. Y a?ade en sus alegaciones que las medidas cautelares mencionadas implican una prohibici¨®n universal de hacer el m¨¢s simple comentario sobre Garc¨ªa.
Considera el fiscal que la medida dictada por el juez es inadecuada "porque no es funci¨®n judicial acordar, respecto a los demandados por Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa, resoluciones imperativas de conductas civiles il¨ªcitas concernientes a la libertad de expresi¨®n".
La fiscal¨ªa estima que existe tambi¨¦n una vulneraci¨®n del derecho fundamental a la libertad de expresi¨®n consagrado en el art¨ªculo 20 de la Constituci¨®n.
Finalmente la extensi¨®n de la medida cautelar es de tal amplitud que incide nuevamente, seg¨²n el fiscal, en la conculcaci¨®n del derecho fundamental a la libertad de expresi¨®n, cuya existencia, con los dem¨¢s derechos y libertades que reconoce la Constituci¨®n, constituyen la garant¨ªa de un Estado de Derecho.Desestimada otra demandaPor otra parte, el titular del juzgado de Primera Instancia n¨²mero 9 bis de Madrid, Jes¨²s Gavil¨¢n, ha desestimado en su totalidad la demanda de protecci¨®n al honor presentada por el periodista Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa, de la COPE, contra el periodista Alfonso Azuara, subdirector del programa El Larguero, y la Sociedad Espa?ola de Radiodifusi¨®n (SER).
El juez considera probada la veracidad de la informaci¨®n facilitada por Azuara en la emisi¨®n de El Larguero correspondiente al 10 de septiembre de 1994 referida al nombramiento de Garc¨ªa como secretario del jurado de los premios Pr¨ªncipe de Asturias del Deporte.
En la sentencia se estima que es de inter¨¦s p¨²blico tanto la difusi¨®n de la noticia de ese nombramiento como la clara discrepancia y desaprobaci¨®n expresada por Azuara, quien record¨® en antena las duras cr¨ªticas formuladas por Garc¨ªa contra miembros de ese mismo jurado y familiares de los mismos.
En la demanda ahora desestimada, el periodista deportivo de la COPE pretend¨ªa una indemnizaci¨®n de 10 millones de pesetas y que la SER fuera condenada a pagar las costas y a difundir la sentencia en las mismas horas de audiencia en que se produjeron los hechos.
Al estimar que en este caso prevalece el inter¨¦s p¨²blico de la cr¨ªtica sobre el inter¨¦s privado, el juez falla "no haber lugar a la protecci¨®n instada por intromisi¨®n en el honor, intimidad personal y familiar o de la propia imagen".
Con anterioridad a esa sentencia desfavorable para Jos¨¦ Mar¨ªa Garc¨ªa, este ¨²ltimo hab¨ªa, obtenido otra favorable por parte del juzgado de primera instancia n¨²mero 3 de Madrid, que, a demanda del periodista de la COPE, conden¨® a la SER a Jos¨¦ Ram¨®n de la Morena a 100.000 pesetas de indemnizaci¨®n, por intromisi¨®n ileg¨ªtima en el honor de Garc¨ªa.
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