El abogado de HB Gorostiza ser¨¢ juzgado de nuevo al admitir el Supremo las escuchas en la c¨¢rcel
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional que absolvi¨® al abogado de Herri Batasuna (HB) Txemi Gorostiza por entender que era nu la la grabaci¨®n de su conversaci¨®n con el etarra Jos¨¦ Ignacio de Juana Chaos, preso en Alcal¨¢-Meco, en la que comentaron la necesidad de atentar contra directores de c¨¢rceles. El Supremo considera v¨¢lida la grabaci¨®n y ordena a la Audiencia que vuelva a juzgar al abogado por presunta colaboraci¨®n con ETA, pero ante una sala distinta de la que en febrero de. 1994 deneg¨® la validez de las escuchas.
El Supremo dice en su sentencia que conf¨ªa en que el "conocido celo" de los magistrados de la Audiencia permita "la m¨¢s pronta celebraci¨®n del juicio". En cumplimiento de la decisi¨®n del Supremo, ser¨¢n la sala primera o la tercera de lo penal la que celebren la nueva vista oral, ya que fue la segunda la que rechaz¨® las escuchas.La Audiencia absolvi¨® al abogado porque no acept¨® como prueba la grabaci¨®n de su conversaci¨®n con el etarra del comando Madrid Jos¨¦ Ignacio de Juana Chaos. La Audiencia dictamin¨® que se vulner¨® el derecho de Gorostiza a comunicarse en secreto con su cliente. El abogado pas¨® 314 d¨ªas en prisi¨®n y sali¨® en libertad en diciembre de 1993, dos meses antes de ser absuelto.
La sentencia fue recurrida por Pedro Cerrac¨ªn, letrado de la Asociaci¨®n V¨ªctimas del Terrorismo (AVT), y por la fiscal de la Audiencia Nacional Mar¨ªa Dolores M¨¢rquez de Prado.
En su sentencia, el Supremo afirma que Gorostiza no era abogado de De Juana Chaos, tal como mantuvo la Audiencia, ya que pidi¨® entrevistarse con cinco presos de ETA, ninguno de los cuales era De Juana Chaos. Para el Supremo, la abogada de De Juana era Arantxa Zulueta, la letrada que pidi¨® comunicar con ¨¦l, y fue en un momento posterior cuando Gorostiza y De Juana presuntamente hablaron de atentar contra los directores de prisiones.
"El acusado", prosigue la sentencia, "ni era el abogado defensor del interno De Juana Chaos ni hab¨ªa sido llamado expresamente por ¨¦l". La consecuencia de ello es que la comunicaci¨®n que aparece intervenida por decisi¨®n del director en funciones del centro penitenciario de Alcal¨¢-Meco no puede entenderse como celebrada entre el interno y su abogado defensor, y que hubiera necesitado una autorizaci¨®n judicial que no se requiri¨®.
El Supremo cita la ¨²ltima doctrina del Tribunal Constitucional, que distingue entre las "comunicaciones generales", entre el presos y todo tipo de visitantes, y las "espec¨ªficas", que mantiene el recluso con su abogado defensor.
Las primeras pueden ser intervenidas por el director de la c¨¢rcel, al amparo del. art¨ªculo 51.1 de la Ley Org¨¢nica General Penitenciaria, "por razones de seguridad, de inter¨¦s del tratamiento y del buen orden del establecimiento", mientras que las segundas, las "espec¨ªficas" son sometidas al r¨¦gimen especial del art¨ªculo 51.2 de la misma ley, que exige para la intervenci¨®n una autorizaci¨®n judicial y se produce en casos de terrorismo.
1 El magistrado Jos¨¦ Manuel Mart¨ªnez-Pereda, ponente de la sentencia del Supremo, destaca tambi¨¦n "la obligaci¨®n que pesa sobre el propio Gobierno y sobre la Administraci¨®n Penitenciaria de velar por la seguridad de los internos y sobre los propios funcionarios. "Por ello, y en presencia del fen¨®meno terrorista, la proporcionalidad de la medida resulta evidente" a?ade el ponente.
Otro de los motivos recurridos por el fiscal y la Asociaci¨®n V¨ªctimas del Terrrorismo fue la nulidad de las pruebas derivadas de las conversaciones. El Supremo ha estimado esta parte del recurso, al entender que al Audiencia Nacional dej¨® reducido el interrogatorio a los testigos a "puras cuestiones circunstanciales e irrelevantes".
Las preguntas de la fiscal M¨¢rquez de Prado dirigidas al. director de Alcal¨¢-Meco pretend¨ªan aclarar extremos tan importantes como si la grabaci¨®n de la conversaci¨®n fue ¨ªntegra o parcial, s¨ª se envi¨® copia al juzgado o si se remiti¨® la cinta original al tribunal.
?sas y otras preguntas sobre la identidad de personas mencionadas en la conversaci¨®n por su apodo y que podr¨ªan ser directores de prisiones ', "eran pertinentes y ten¨ªan verdadera importancia para el resultado del juicio", seg¨²n el Tribunal Supremo, que a?ade en su sentencia: "Ha existido una clara y patente denegaci¨®n de prueba sin causa justificada para ello".
Satisfacci¨®n de AVT
La Asociaci¨®n V¨ªctimas del Terrorismo expres¨® su satisfacci¨®n por la sentencia del Supremo. Para la AVT, la decisi¨®n del Supremo es "un importante avance jur¨ªdico en la lucha contra la trama criminal que rodea y sustenta a la banda terrorista". Adem¨¢s, esta asociaci¨®n anima a la Justicia a "continuar investigando el entorno de ETA que, en muchos casos disfrazado de legalidad, se?ala a ¨¦sta su estrategia asesina".
Tu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo
?Quieres a?adir otro usuario a tu suscripci¨®n?
Si contin¨²as leyendo en este dispositivo, no se podr¨¢ leer en el otro.
FlechaTu suscripci¨®n se est¨¢ usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PA?S desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripci¨®n a la modalidad Premium, as¨ª podr¨¢s a?adir otro usuario. Cada uno acceder¨¢ con su propia cuenta de email, lo que os permitir¨¢ personalizar vuestra experiencia en EL PA?S.
En el caso de no saber qui¨¦n est¨¢ usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contrase?a aqu¨ª.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrar¨¢ en tu dispositivo y en el de la otra persona que est¨¢ usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aqu¨ª los t¨¦rminos y condiciones de la suscripci¨®n digital.
Archivado En
- Reglamento penitenciario
- Txemi Gorostiza
- AVT
- Tribunal Supremo
- Audiencia Nacional
- V¨ªctimas terrorismo
- Presos
- Organismos judiciales
- Presos ETA
- Seguridad penitenciaria
- Presos terroristas
- Pol¨ªtica antiterrorista
- Prisiones
- Asociaciones
- Tribunales
- Poder judicial
- Centros penitenciarios
- ETA
- Lucha antiterrorista
- R¨¦gimen penitenciario
- Grupos terroristas
- Terrorismo
- Espa?a
- Justicia
- Pol¨ªtica