La Fiscal¨ªa pide al Constitucional que investigue las denuncias por torturas sufridas durante el franquismo
El Ministerio P¨²blico solicita que se aplique la Ley de Memoria y se abra una causa para garantizar ¡°el derecho a la justicia¡± de las v¨ªctimas, ¡°con independencia del resultado final del proceso¡±
La Fiscal¨ªa ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra el ¡°archivo de plano¡± de una querella por torturas sufridas por dos hermanos durante el franquismo, tras su detenci¨®n por la brigada pol¨ªtico-social de la Polic¨ªa en los a?os 70. La decisi¨®n recurrida fue adoptada por la Audiencia de Barcelona el pasado septiembre, teniendo en cuenta precisamente la doctrina del Constitucional hasta la fecha, ya que el ¨®rgano de garant¨ªas ha venido archivando desde 2021 diversos casos de esta naturaleza ¡ªcuando llegaban hasta esta instancia en forma de recursos de amparo¡ª porque considera que la Ley de Amnist¨ªa de 1977 impide someter esos episodios a investigaci¨®n judicial. La Fiscal¨ªa, sin embargo, estima que la falta de investigaci¨®n de este tipo de hechos supone una vulneraci¨®n del derecho a la tutela judicial efectiva ¡°en su vertiente de acceso a la jurisdicci¨®n¡±. Y pide que la Ley de Memoria se aplique para garantizar ¡°el derecho a la justicia¡± de las v¨ªctimas, aunque finalmente eso no se traduzca en una ¡°persecuci¨®n penal¡± de los culpables.
La impugnaci¨®n de dicho archivo ¡ªpreparada por la Fiscal¨ªa dedicada a los asuntos del Constitucional en coordinaci¨®n con la Unidad de Derechos Humanos y Memoria Democr¨¢tica de la Fiscal¨ªa General del Estado¡ª se apoya en ¡°el nuevo escenario normativo que supone la entrada en vigor de la ley de Memoria Democr¨¢tica¡±, aprobada en 2022. Los fiscales subrayan que en esta ley se establece expresamente ¡°el derecho a la justicia de las v¨ªctimas del golpe de Estado, la guerra y la dictadura, as¨ª como la obligaci¨®n de investigar las violaciones de los derechos humanos perpetradas en aquel per¨ªodo¡±.
La presentaci¨®n de este recurso ha sido acogida como un hecho muy positivo en la Secretar¨ªa de Estado de Memoria Democr¨¢tica. Su titular, Fernando Mart¨ªnez, ha manifestado a EL PA?S que la decisi¨®n de la Fiscal¨ªa supone ¡°un paso important¨ªsimo de cara a la aplicaci¨®n del derecho a la investigaci¨®n de las violaciones de los derechos humanos durante la guerra y la dictadura¡±.
La Fiscal¨ªa, a su vez, subraya que el Constitucional ¡°no se ha pronunciado a¨²n sobre el alcance y significado del derecho a la investigaci¨®n¡± establecido en el art¨ªculo 29.1 de la Ley de Memoria Democr¨¢tica. El recurso de amparo sostiene que, en esta situaci¨®n, el reconocimiento y aplicaci¨®n de dicho derecho ¡°trasciende del caso concreto porque plantea una cuesti¨®n jur¨ªdica de relevante y general repercusi¨®n social¡±.
La petici¨®n de amparo afirma tambi¨¦n que en actuaciones anteriores la Fiscal¨ªa ya hab¨ªa sostenido el criterio de que, en aplicaci¨®n de la nueva ley, es necesario llevar a cabo ¡°una investigaci¨®n judicial efectiva cuya finalidad ¨²ltima no tiene por qu¨¦ ser la persecuci¨®n penal¡±. La funci¨®n esencial del recurso, a?ade la impugnaci¨®n presentada, es ¡°garantizar a las v¨ªctimas sus derechos a la verdad, la justicia y la reparaci¨®n, con independencia del resultado final del proceso¡±.
Los fiscales defienden, en suma, que con su recurso se ofrece una interpretaci¨®n de la norma ¡°con enfoque de derechos humanos e integradora de los principios vertebradores del derecho internacional de los derechos humanos y de los tratados y convenios sobre la materia¡±, de acuerdo con las exigencias del art¨ªculo 10.2 de la Constituci¨®n. Dicho precepto establece que las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades ¡°se interpretar¨¢n de conformidad con la Declaraci¨®n Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por Espa?a¡±.
En una sentencia de 2021, el Constitucional ¡ªentonces con mayor¨ªa conservadora, al contrario que ahora¡ª dej¨® pr¨¢cticamente cerrada la puerta a la investigaci¨®n penal de los cr¨ªmenes del franquismo, a trav¨¦s de un auto en el que inadmiti¨® a tr¨¢mite un recurso de amparo presentado por el exsecretario general del PCE Gerardo Iglesias por las detenciones y torturas que sufri¨® entre 1964 y 1974. Tres magistrados formularon un voto particular en contra de este rechazo a la investigaci¨®n de cr¨ªmenes del franquismo. Gerardo Iglesias plante¨® luego un recurso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) bas¨¢ndose en dichos votos particulares, asunto que sigue pendiente de sentencia.
Dos de aquellos magistrados ¡ªMar¨ªa Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol¡ª consideraron que el Constitucional s¨ª deb¨ªa entrar en el fondo del asunto para discutir, entre otros aspectos, hasta qu¨¦ punto la Ley de Amnist¨ªa de 1977 y la prescripci¨®n de los delitos suponen una barrera infranqueable para investigar estos casos. La entonces vicepresidenta del tribunal, Encarnaci¨®n Roca, sostuvo, a su vez, en su voto particular que el recurso deber¨ªa haberse admitido ¡°con independencia del resultado¡±, tras comprobarse la relevancia del debate.
La resoluci¨®n del Constitucional subray¨®, en cambio, la circunstancia de que Iglesias plantease indagar sobre ¡°hechos ocurridos hace m¨¢s de 40 a?os¡±, cuando ya se han ¡°agotado los plazos m¨¢ximos de prescripci¨®n determinados expresamente en el momento de cometerse¡±. Consider¨® asimismo que deb¨ªan respetarse principios constitucionales b¨¢sicos, como el de legalidad y el de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras desfavorables a los presuntos responsables.
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