Las familias de fallecidos por delitos violentos recibir¨¢n 7,5 millones
Los familiares de las v¨ªctimas mortales por delitos violentos recibir¨¢n del Estado una ayuda de 7,5 millones, un proyecto de ley cuya aprobaci¨®n est¨¢ prevista para el Consejo de Ministros de ma?ana. La norma que regula las ayudas a las v¨ªctimas de delitos violentos pretende definir un marco jur¨ªdico para las v¨ªctimas del terrorismo y extender sus beneficios a aquellos otros casos de afectados por delitos dolosos[con intencionalidad] cuyas secuelas sean graves y que no dispongan de medios econ¨®micos.
El proyecto de ley, que todav¨ªa est¨¢ pendiente de eventuales retoques, regula las ayudas econ¨®micas a las v¨ªctimas de delitos violentos y la asistencia general a las v¨ªctimas de todo tipo de delitos. Los susceptibles de generar ayudas p¨²blicas ser¨¢n aqu¨¦llos cuyo resultado sea la muerte, graves lesiones corporales o danos graves en la salud f¨ªsica o mental. Las ayudas oscilan entre los 7,5 millones -120 mensualidades del salario m¨ªnimo interprofesional- en caso de muerte y los 2,5 millones -40 mensualidades- en caso de incapacidad permanente parcial.La ley se refiere a los delitos violentos y dolosos cometidos en Espa?a, lo que excluye los delitos de imprudencia, cuya inclusi¨®n har¨ªa econ¨®micamente inviable esta iniciativa legislativa, como se declara en la exposici¨®n de motivos.
El concepto legal de "ayuda p¨²blica" previsto en esta ley se distingue de figuras afines, especialmente la de indemnizaci¨®n". El concepto de beneficiario se extiende a quien sufre directamente las lesiones corporales o los da?os en su salud, as¨ª como a las personas que dependan del fallecido.
La concesi¨®n de la ayuda se condiciona, como regla general, a que se haya producido en firme la resoluci¨®n judicial que ponga fin al proceso penal. En la exposici¨®n de motivos se admite que los plazos con los que trabaja la justicia penal hacen que la soluci¨®n sea insatisfactoria en aquellos casos en los que, por la precaria situaci¨®n de la v¨ªctima, se necesite ayuda econ¨®mica en el momento en que se ha cometido el delito. En esos casos, la ley prev¨¦ la concesi¨®n de ayudas provisionales.
La secretaria de Estado de Justicia, Mar¨ªa Teresa Fern¨¢ndez de la Vega, se?al¨® anteayer el car¨¢cter social de esta ley, amparada por convenios y recomendaciones de organismos internacionales y en la legislaci¨®n comparada.
En la exposici¨®n de motivos se se?ala que el Estado debe acercarse al problema social y reparar en lo posible el da?o padecido por la v¨ªctima, y se alude al "abandono social de la v¨ªctima a su suerte tras el delito, su etiquetamiento y falta de apoyo psicol¨®gico".
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