La situaci¨®n familiar determinar¨¢ las ayudas
La cuantificaci¨®n de las ayudas parte de la fijaci¨®n de las m¨¢ximas correspondientes a cada una de las clases de incapacidad previstas por la legislaci¨®n de la Seguridad Social. El importe de las ayudas se establecer¨¢ mediante la aplicaci¨®n de coeficientes correctores sobre las cuant¨ªas m¨¢ximas previstas en atenci¨®n a la situaci¨®n econ¨®mica de la v¨ªctima, el n¨²mero de personas que dependan econ¨®micamente de ella y el grado de afectaci¨®n.
La Secretar¨ªa de Estado de Justicia insiste en el contenido social y realista del proyecto y critica la "demagogia" del anteproyecto del Partido Popular, cuyo coste ese acercaba al bill¨®n de pesetas, seg¨²n las estimaciones de Justicia.
Los diversos casos previstos son:
Incapacidad temporal. La cantidad a percibir ser¨¢ la equivalente al doble del salario m¨ªnimo interprofesional diario vigente, durante el tiempo en. que el afectado se encuentre en tal situaci¨®n despu¨¦s de, transcurridos los seis primeros meses.
Lesiones invalidantes. La cantidad a percibir como m¨¢ximo se referir¨¢ al salario m¨ªnimo interprofesional mensual vigente en la fecha en que se consoliden las lesiones o da?os de la salud, y depender¨¢ del grado de incapacitaci¨®n de acuerdo con la siguiente escala:
- Incapacidad permanente: Cuarenta mensualidades.
- Incapacidad permanente total: Sesenta mensualidades.
- Incapacidad permanente absoluta: Noventa mensualidades.
- Gran invalidez: Ciento treinta mensualidades.
Casos de muerte. La ayuda m¨¢xima a percibir ser¨¢ de 120 mensualidades del salario m¨ªnimo interprofesional vigente cuando se produzca el fallecimiento.
En los delitos contra la libertad sexual que produzcan da?os a la salud mental de la v¨ªctima, el importe de la ayuda sufragar¨¢ el tratamiento terap¨¦utico.
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