Espartaco, multado por el 'afeitado' de un toro de su ganader¨ªa
El torero Juan Antonio Ruiz Espartaco, propietario de la ganader¨ªa de Los Guateles, ha sido sancionado con tres millones de pesetas de multa y la suspensi¨®n por dos meses para lidiar en la comunidad aut¨®noma de Andaluc¨ªa por manipulaci¨®n fraudulenta de las astas de un toro de su propiedad, de nombre Ruise?or II, lidiado por Paco Ojeda en la Feria de Sevilla de 1994. As¨ª se recoge en una resoluci¨®n del pasado 23 de junio por la Consejer¨ªa de Gobernaci¨®n, y contra la que el ganadero ya ha interpuesto un recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andaluc¨ªa.Los hechos se remontan al 18 de abril de 1994, d¨ªa en el que los toros de Los Guateles estaban anunciados en la Feria de Sevilla en un cartel con los diestros Jos¨¦ Mari Manzanares, Paco Ojeda -que reaparec¨ªa en los ruedos-. y Miguel B¨¢ez Litri. En el reconocimiento previo de las reses, los veterinarios dictaminaron que los toros presentados con los n¨²meros 48, 60 y 2 mostraban s¨ªntomas de posible manipulaci¨®n no autorizada de las astas. A pesar de ello, el representante del ganadero, Rafael Moreno, exigi¨® la lidia de los toros bajo su responsabilidad.
Finalizado el festejo, la autoridad decidi¨® enviar al Laboratorio de An¨¢lisis de Astas del Ministerio de Justicia e Interior los pitones de dos toros: el n¨²mero 48, de nombre Desprendido, lidiado en primer lugar, y el n¨²mero 60, de nombre Ruise?or II, lidiado en quinto lugar. Ambos hab¨ªan dado positivo en el an¨¢lisis biom¨¦trico de las astas. El estudio realizado en Madrid confirm¨®, seg¨²n la resoluci¨®n, que el ¨²ltimo de los toros citados evidenciaba manipulaci¨®n artificial de sus astas.
En marzo pasado, la Delegaci¨®n de Gobernaci¨®n de Sevilla comunic¨® a la entidad mercantil Espartaco SL la apertura del expediente sancionador, contra el que aqu¨¦lla present¨® un pliego de descargos basado en tres puntos que fueron rechazados, seg¨²n consta en la resoluci¨®n: incompetencia de la consejer¨ªa para instruir e imponer sanciones graves en materia de espect¨¢culos taurinos; nulidad del expediente por infracci¨®n de las normas que regulan el procedimiento sancionador, y posible afecci¨®n de la res del denominado "s¨ªndrome del prurito del cuerno del ganado de lidia".Falta graveNo obstante, la Consejer¨ªa de Gobernaci¨®n considera "claramente acreditada la existencia de manipulaci¨®n fraudulenta de las astas del toro Ruise?or II", y a?ade que la citada infracci¨®n est¨¢ tipificada como falta grave, y como tal puede ser sancionada con multa de 25.000 a 10.000.000 de pesetas y suspensi¨®n para lidiar por t¨¦rmino de seis meses.
?sta es la primera sanci¨®n que se deriva de la actuaci¨®n de la administraci¨®n en la Feria de Sevilla de 1994, aunque todo parece indicar que no ser¨¢ la ¨²ltima a tenor de los diversos expedientes abiertos en su d¨ªa por supuesta. manipulaci¨®n de las astas.
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