El Supremo decide no imputar a Serra ni a Garc¨ªa Vargas en el 'caso Crillon'
El Tribunal Supremo ha confirmado que Narc¨ªs Serra, ex vicepresidente del Gobierno, y Juli¨¢n Garc¨ªa Vargas, ex ministro de Defensa, no figurar¨¢n como imputados en el caso del informe Crillon -supuesta investigaci¨®n de las actividades privadas del ex presidente de Banesto Mario Conde-. La Sala Segunda de este tribunal ha rechazado el recurso interpuesto por el fiscal Luis Ben¨¦ytez Merino para que incluyera a los dos ex miembros del Gobierno en la causa en condici¨®n de inculpados.La Sala, integrada por los magistrados Jos¨¦ Augusto de Vega, Ram¨®n Montero Fern¨¢ndez-Cid y Jos¨¦ Antonio Mart¨ªn Pall¨ªn, considera que el hecho de que una persona sea acusada de un delito no es suficiente para considerarla imputada.
El Tribunal Supremo entiende que el magistrado instructor del caso tiene "un razonable margen", para apreciar los hechos. Seg¨²n este razonamiento, el juez deber¨ªa inculpar a Serra y Garc¨ªa Vargas s¨®lo si considerase "veros¨ªmil o fundada" la denuncia presentada por Luis Rold¨¢n, ex director general de la Guardia Civil.
Rold¨¢n denunci¨® ante el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garz¨®n que el informe Crillon se pag¨® con 100 millones de pesetas procedentes de los fondos reservados asignados al Cesid. Rold¨¢n asegur¨® tambi¨¦n que el informe hab¨ªa. sido encargado por Serra a la agencia norteamericana de detectives privados Kroll.
Aforados
Garz¨®n remiti¨® el caso al Tribunal Supremo por no ser competente en cuestiones relacionadas con delitos cometidos por personas aforadas -aqu¨¦llas que s¨®lo pueden ser juzgadas por el Tribunal Supremo en raz¨®n de su cargo-, como es el caso de Serra o Garc¨ªa Vargas. Posteriormente, el Supremo consider¨® imputado al propio Rold¨¢n, quien hab¨ªa denunciado los hechos, y no a los denunciados Serra y Garc¨ªa Vargas.
El fiscal Ben¨¦ytez recurri¨® dicha decisi¨®n por considerar incoherente "conceder la cualidad de imputado a quien denuncia unos hechos s¨®lo porque aparezca como cooperador y, en cambio, denegar tal cualidad a los denunciados".
La Sala Segunda del Supremo rechaz¨® a principios de julio la pretensi¨®n de Mario Conde de actuar como perjudicado.
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